DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
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El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 24 de julio de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“12.- (Expediente 4319/2023). Mantener el acuerdo Plenario de fecha 31 de agosto de 2011, de delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno, en materia de expropiaciones relacionadas con la Red Provincial de Carreteras.
Dª Aránzazu Pérez Gil expone la siguiente Propuesta:
El Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de julio de 2019, adoptó mantener el siguiente acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 31 de agosto de 2011:
“DELEGACION DE COMPETENCIAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO EN MATERIA DE EXPROPIACIONES RELACIONADAS CON EL PLAN DE CARRETERAS.-
La Srª Presidenta da cuenta de que la ejecución de los proyectos de obras de carreteras, de la red provincial de titularidad de esta Diputación Provincial de Guadalajara requiere, en muchos casos, la expropiación de bienes y la adquisición de los derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición, o modificación de servidumbres, etc.
La Ley de Expropiación Forzosa establece en su artículo 2.1. que la Expropiación Forzosa sólo podrá ser acordada por el Estado, la Provincia o el Municipio. Cuando expropie la Provincia o el Municipio corresponde, respectivamente, a la Diputación Provincial o al Ayuntamiento en Pleno, adoptar los acuerdos en materia de expropiación que, conforme a la Ley o al Reglamento de Expropiación Forzosa, tengan carácter de recurribles vía administrativa o contenciosa.
Estando previsto en la normativa vigente la posibilidad de que el Pleno delegue atribuciones a favor de la Junta de Gobierno, no cabe la delegación genérica sino que es preciso concretar el ámbito de los asuntos a que se refiera, las facultades concretas que se delegan, y las condiciones específicas para el ejercicio de las mismas.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC); y en los artículos 71, 114 a 118 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), en relación con el artículo 33.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL).
Visto el informe del Servicio de Contratación de Obras Públicas y Civiles de fecha 22 de agosto de 2011, y habiendo sido dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa de Infraestructuras, Medio Ambiente, Contratación, Cooperación Municipal y Turismo, en fecha 26 de agosto de 2011, se eleva propuesta al Pleno.
Constan en acta las intervenciones de los Grupos políticos.
Finalizadas las intervenciones de los grupos políticos y sometido a votación por la Srª Presidenta el Pleno de la Corporación por veintitrés (23) votos a favor, ninguno en contra y una (1) abstención del Grupo I.U., acuerda:
PRIMERO.- Delegar la competencia en materia de expropiación forzosa para la ejecución de proyectos de obras de carreteras, de la Red Provincial de titularidad de esta Diputación Provincial de Guadalajara a favor de la Junta de Gobierno”.
Por todo ello, se eleva al Pleno la siguiente propuesta:
ÚNICO.- Mantener el acuerdo plenario de fecha 31 de agosto de 2011 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno en materias de expropiaciones relacionadas con el Plan de Carreteras.
Sometida a votación por la Presidencia, la propuesta queda aprobada, en los términos transcritos, por veinticinco (25) votos a favor de los Grupos Socialista, Popular y Vox, ningún voto en contra y ninguna abstención.”
De conformidad con el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se advierte que la presente Certificación se expide a reserva de los términos que resulten de la aprobación definitiva del acta de la sesión que la contiene. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido el presente certificado, por orden del Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación y con su Visto Bueno.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Guadalajara, 25 de julio de 2023. EL PRESIDENTE, José Luis Vega Pérez