MANCOMUNIDAD RIBERAS DEL TAJO
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En cumplimiento de lo previsto en las Bases de la Convocatoria del proceso arriba indicado aprobadas por Decreto de la Presidencia de 27 de diciembre de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 246 de 29 de diciembre de 2022, se procede a publicar el Decreto de la Presidencia de 15 de junio de 2023 por la que se resuelve el citado procedimiento selectivo y que se reproduce íntegramente a continuación como Anexo del presente Anuncio.
En Trillo, a 15 de junio de 2023.-El Presidente, Francisco Moreno Muñoz
Anexo:
«Antecedentes y fundamentos de Derecho
I.- Con fecha 9 de junio de 2023 se ha hecho pública en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de esta Mancomunidad la certificación del Secretario de la Corporación cuyo tenor literal es el siguiente:
“Primero.- Que en cumplimiento de lo previsto en la Base 10.3 de la Convocatoria del procedimiento selectivo por concurso y turno libre de 1 plaza de personal laboral fijo de agente de empleo y desarrollo local del proceso de estabilización de empleo público temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público aprobada por Decreto de la Presidencia 23/2022, de 21 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 101 de 26 de mayo de 2022, el Anuncio de la Baremación formulada por el Tribunal de Selección de dicho proceso en sesión de 26 de mayo de 2023, así como de la apertura del plazo de alegaciones (https://mancriberasdeltajo.sedelectronica.es), ha sido publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Mancomunidad desde el día 1 de junio de 2023 hasta el 5 de junio de 2023, ambos incluidos. Esta publicación se acredita asimismo con el certificado emitido automáticamente por dicha Sede que se reproduce más abajo.
Segundo.- Que ni durante el plazo indicado en el apartado anterior ni a la fecha de emisión del presente certificado se han recibido alegaciones con relación al citado anuncio. En consecuencia y conforme a la citada Base, la lista se entiende elevada a definitiva sin necesidad de nueva resolución.»
II.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (RIPPT), las resoluciones de los Tribunales de Selección vinculan a la Administración, sin que concurran supuestos en los que pudiera proceder su revisión conforme a lo dispuesto en el Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Procede pues continuar con la tramitación prevista.
III.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Base 11 de las reguladoras de la Convocatoria, aprobadas por Decreto de la Presidencia de esta Mancomunidad de 27 de diciembre de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 246 de 29 de diciembre de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado nº 4, de 5 de enero de 2023, en relación con lo establecido en el artículo 33 y concordantes RIPPT, procede resolver el procedimiento selectivo, determinando el aspirante aprobado requiriéndole la presentación de la documentación indicada en la citada Base 11, así como la constitución de la Bolsa de Empleo Temporal prevista en la Base 14 de la Convocatoria, en relación con la Disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Conforme a la Base 12 de la Convocatoria no procede el establecimiento de un periodo de prueba de acuerdo a lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dado que el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la entidad, bajo cualquier modalidad de contratación.
IV.- La Presidencia tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1.n) de los Estatutos en relación con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL).
En virtud de lo expuesto, se RESUELVE:
Primero.- Se declara que, conforme a lo acordado por el Tribunal de Selección la baremación del proceso selectivo de 1 plaza de personal laboral fijo de agente de empleo y desarrollo local del proceso de estabilización de empleo público temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público aprobada por Decreto de la Presidencia 23/2022, de 21 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 101 de 26 de mayo de 2022, y conforme a las Bases de la Convocatoria, aprobadas por Decreto de la Presidencia de esta Mancomunidad de 27 de diciembre de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 246 de 29 de diciembre de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado nº 4, de 5 de enero de 2023, es la siguiente:
DNI | Nombre | A.1.1 | A.1.2 | Total Bloque A | B.1 | B.2.1 | B.2.2 | B.3 | Total Bloque B | TOTAL PUNTOS |
XXXX0915G | FRANCISCO JOSE FERNANDEZ GARCIA | 66,80 | 0,00 | 66,80 | 6,00 | 15,00 | 0,00 | 5,00 | 26,00 | 92,80 |
XXXX5928N | REBECA FERNANDEZ GARCIA | 0,00 | 21,17 | 21,17 | 6,00 | 15,00 | 0,00 | 0,00 | 21,00 | 42,17 |
XXXX8884V | PALOMA MUÑOZ ARGILES | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 10,00 | 0,00 | 15,00 | 0,00 | 25,00 | 25,00 |
XXXX6303E | PAULA VELASCO RIO | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 6,00 | 0,00 | 15,00 | 0,00 | 21,00 | 21,00 |
XXXX4852T | BARTOLOME SAEZ OCHOA | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 15,00 | 0,00 | 15,00 | 15,00 |
XXXX7082B | ANA NIETO GARCIA | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 4,00 | 0,40 | 3,30 | 0,00 | 7,70 | 7,70 |
Segundo.- En consecuencia, se declara que el aspirante aprobado en el proceso referido en el dispositivo anterior, ha sido el siguiente:
Don Francisco-José Fernández García, con DNI Nº XXXX0915G.
Tercero.- Se requiere al aspirante indicado en el dispositivo anterior para que en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, aporte la documentación señalada en la Base 11 de la Convocatoria, con el apercibimiento expreso de que conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 RIPPT, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán ser nombrados/as ni contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En el supuesto de no cumplimentarse en tiempo y forma este requerimiento, se procederá a dictar una nueva resolución declarando aprobado a la siguiente persona aspirante por el orden indicado en el dispositivo Primero.
Cuarto.- En el supuesto de la correcta cumplimentación de lo indicado en el dispositivo anterior, se autoriza la formalización del correspondiente contrato de personal laboral fijo al aspirante aprobado, y conforme a lo exigido en el artículo 55 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, con el preceptivo acto de acatamiento de la Constitución española, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y del resto del ordenamiento jurídico y la toma de posesión al puesto de trabajo, y conforme a lo previsto en la Base 10.9 de la Convocatoria, en el plazo máximo de 1 mes desde la publicación del nombramiento. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, acreditadas y aceptadas por esta administración, no tomen posesión, perderán todos sus derechos derivados del acto de nombramiento.
Quinto.- Se constituye la Bolsa de Trabajo Temporal de la plaza laboral de agente de empleo y desarrollo local de esta Mancomunidad ordenada conforme a la puntuación en la baremación definitiva del procedimiento selectivo que se reproduce a continuación y que se regirá en su vigencia y funcionamiento por lo previsto en la Base 14 de la Convocatoria:
DNI | Nombre | TOTAL PUNTOS |
XXXX5928N | REBECA FERNANDEZ GARCIA | 42,17 |
XXXX8884V | PALOMA MUÑOZ ARGILES | 25,00 |
XXXX6303E | PAULA VELASCO RIO | 21,00 |
XXXX4852T | BARTOLOME SAEZ OCHOA | 15,00 |
XXXX7082B | ANA NIETO GARCIA | 7,70 |
Sexto.- Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas
Séptimo.- Contra esta resolución se podrá interponer por la persona interesada demanda ante el Juzgado de lo Social de Guadalajara que corresponda por turno, en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación (artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social), sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.»