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Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
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Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
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Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
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Illana
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Irueste
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Jirueque
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Luzaga
Luzón
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Mantiel
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Marchamalo
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Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
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Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Yebra
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Lunes, 19 Junio 2023 08:06

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES ENCLAVADAS DENTRO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE LORANCA DE TAJUÑA

2052

Subvenciones
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AYUNTAMIENTO DE LORANCA DE TAJUÑÁ


2052

CÓDIGO BDNS: 694279

1. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las asociaciones ubicadas en el término municipal de Loranca de Tajuña (Guadalajara) por actividades desarrolladas durante el ejercicio 2023.

2. Beneficiarios

Podrán acudir a esta convocatoria aquellas asociaciones legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, de carácter vecinal, recreativo, cultural, deportivo, juvenil, educativo, Asociación de Padres y Madres de alumnos, etc. que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que, teniendo su sede en la localidad, desarrollen su actividad dentro de la misma. Por lo que no se considerarán en ningún caso entidades beneficiarias aquellas Entidades de Conservación y Mantenimiento ni las Juntas de Compensación.

3. ACTIVIDADES subvencionables

3.1. Podrá solicitarse subvención para la realización de las siguientes actividades:

  • Organización de Actividades culturales, educativas, deportivas, .... de todo tipo realizadas durante los años 2021 y 2022: música, teatro, danza, historia, artes plásticas, actividades literarias, cinematográficas, radiofónicas, vídeo, informáticas, fotografía, recuperación de tradiciones y costumbres locales, y cualesquiera otras de igual finalidad.
  • Actuaciones dirigidas a la acción social.
  • Semanas y Jornadas culturales, Conmemoraciones, etc.
  • Festejos Populares.
  • Y cualesquiera otras actuaciones que fuesen necesarias.

3.2. La subvención que, en su caso, se conceda, financiará los gastos que ocasionen las actividades que se hayan realizado o se vayan a realizar a y los medios que se precisen para llevar a cabo los proyectos. En ningún caso se destinarán a sufragar comidas o cenas -salvo derivada con motivo de alguna Fiesta Popular Tradicional-, gastos de alojamiento o estancia, inversiones en infraestructuras, obras o acondicionamiento de locales utilizados por las Asociaciones, actos políticos, viajes o excursiones que no tengan un fin estrictamente cultural o formativo.

3.3. La ayuda que se conceda será destinada a la actividad subvencionada. La aplicación de la subvención a una finalidad distinta dará lugar a la revocación.

4. Solicitudes y Documentación

4.1. Las Asociaciones que opten a la convocatoria de las Subvenciones Ordinarias deberán presentar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud, según Anexo I.
  • Programa de actividades para las que se solicita subvención y presupuesto, según Anexo II.
  • Certificado indicativo del número de Asociados a 1 de enero de 2023.

4.2. La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de la correspondiente convocatoria a tal efecto.

5. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia, y en el Tablón de Edictos Municipal.

Si finalizado el plazo de presentación de solicitudes los solicitantes no acompañan toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, se requerirá a aquellos para que, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente de su notificación, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos, con el apercibimiento de que, si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, archivándose sin más trámite.

6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Para la adjudicación de subvenciones se tendrá en cuenta:

  1. El número de asociados a 1 de enero de 2021, se aportará certificado por la Asociación (hasta 10 puntos).
  2. La naturaleza y calidad de la actividad o actividades programadas (hasta 3 puntos).
  3. La incidencia social de la programación (hasta 2 puntos).
  4. La periodicidad o regularidad en la realización de actividades (hasta 1 punto). Las actividades que se organicen conjuntamente no se consideraran a efectos de esta convocatoria, como excursiones entendiéndose el viaje como elemento necesario para la realización de la actividad.
  5. En cuanto a la valoración anterior en su punto 1º “La naturaleza y calidad de la actividad” se atenderá preferentemente a aquellas actividades que repercutan directamente en una mayor difusión del pueblo de Loranca de Tajuña en el ámbito provincial y regional.

La concesión o denegación de las mismas será notificada con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 40 y 42 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7. RESOLUCIÓN DE Adjudicación. MODIFICACIÓN

7.1. No podrá ser adjudicada subvención alguna a las asociaciones y entidades que tuvieran pendiente de justificación cualquier otra ayuda concedida por este Ayuntamiento.

Asimismo, los requisitos exigidos para la obtención de la subvención deberán mantenerse hasta el momento de realización de la actividad subvencionada.

7.2. Una vez recaída la resolución de concesión, el beneficiario podrá solicitar la modificación de su contenido, si concurren las circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

La solicitud de la modificación deberá presentarse antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad.

7.3. Concedida una subvención, a solicitud del interesado podrá acordarse por el órgano concedente su modificación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos; apreciados con carácter discrecional:

  • Que las circunstancias que justifiquen la modificación no hayan dependido de la voluntad del beneficiario.
  • Que las condiciones, elementos o circunstancias que se tuvieron en cuenta para conceder la subvención, se han visto modificados por lo que es necesario proceder a una revisión de la subvención concedida.
  • Y cualesquiera otros que sean necesarios su apreciación.

8. PRESUPUESTO Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

Las subvenciones otorgables se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 330.480 del Presupuesto Municipal del año 2023 prorrogable.                                                 

La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento será compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

9. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

9.1. La subvención concedida se ingresará en el número de cuenta indicado por la Asociación, tras una vez recaída la resolución de concesión.

9.2. A los efectos de justificación de la cantidad concedida será necesaria la aportación de la siguiente documentación: 

  1. Anexo III.
  2. Certificado del Secretario de la Asociación acreditativo de que la actividad objeto de la subvención ha sido realizada, que la cantidad concedida por el Ayuntamiento ha sido destinada a los fines sociales previstos en el proyecto subvencionado, que la Asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, que la suma de las ayudas concedidas no excede del coste del proyecto subvencionado y relación de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad, según el Anexo IV.
  3. Factura/s compulsada/s de los gastos habidos con motivo del desarrollo de los programas.

9.3. La subvención concedida se justificará por los beneficiarios en todo caso quince días antes del fin de cada ejercicio.

9.4. En caso de subvenciones ordinarias y periódicas esta documentación sólo necesaria presentarla una vez en cada ejercicio.

9.5. El órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero.

10. Reintegro

10.1. Procederá al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los siguientes casos, independientemente de las acciones penales que se pudiesen tomar al respecto:

  1. Incumplimiento de la obligación de justificación.
  2. Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
  3. Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
  4. Incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.
  5. La negativa u obstrucción a las actuaciones de control e información que se establecen en el apartado séptimo de esta convocatoria.
  6. En el supuesto de que la subvención concedida, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, superen el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
  7. Y cualesquiera otra dispuestas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

10.2. El órgano concedente podrá realizar los controles administrativos e inspecciones que considere oportunos, en cualquier momento, a fin de comprobar la veracidad de los datos consignados en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos para la percepción de la ayuda.

El beneficiario tendrá la obligación de colaborar en dicha inspección, proporcionando los datos requeridos y facilitando, en su caso, el acceso a dependencias con que se realizan las actividades.

11. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:

  1. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  2. Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  4. Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  5. Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en todo caso, se podrá acreditar al Ayuntamiento a obtener dichos datos.
  6. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, en los términos exigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al beneficiario en cada caso.
  7. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  8. Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.
  9. Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida.

12. COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES

La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

El beneficiario tendrá la obligación de comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de subvenciones, ayudas públicas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

En lo no previsto por las presentes bases resultará de aplicación lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

ANEXO I

Nombre de la Asociación: __________________________________________

Domicilio social: __________________________________________________ Año de fundación: _____________________ Teléfono: ___________________

C.I.F.: ______________________ Nº de socios a 31/01/2023: _____________

D./D. ª _____________________________________, en calidad de Presidente, con domicilio en C/ _____________________________________ n.º _______ Localidad ___________________________, Teléfono: ___________________

E X P O N E

Creyendo reunir los requisitos establecidos para la concesión de Subvenciones a Asociaciones de Loranca de Tajuña, para el programa de actividades del año en curso, conforme al acuerdo de la Asociación a la que represento en sesión celebrada el día ______________________ por el que nos comprometemos a:

  1. Acatar en su totalidad las bases de la presente Convocatoria de Subvención.
  2. Facilitar cuanta información nos sea requerida por el Ayuntamiento de Loranca de Tajuña, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la motivación de la Subvención.
  3. Que nos comprometemos a realizar el registro en la Contabilidad del ingreso de la Subvención percibida según establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El número de cuenta bancaria en el que puede abonarse la subvención es: _______________________________________________________________

El Presidente de la Asociación y el Secretario de la misma, declaran ser ciertos los datos reflejados en la presente solicitud.

En Loranca de Tajuña, a ________________ de _______________ de ______

 

 

El/la Presidente/a,                                                El/la Secretario/a,

Fdo.: _________________                                  Fdo.: _________________

ANEXO II

PROGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN Y PRESUPUESTO DE LAS MISMAS.

ACTIVIDADES

(Breve descripción)

Fechas previstas

Presupuesto de gastos

Presupuesto de ingresos (subvenciones y ayudas de instituciones públicas y privadas)

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL, euros INGRESOS

 

TOTAL, euros GASTOS

 

TOTAL, EUROS que se solicita al EXCMO AYUNTAMIENTO DE LORANCA DE TAJUÑA

 

En Loranca de Tajuña, a ________________ de _______________ de ______

 

 

El/la Presidente/a,                                                El/la Secretario/a,

Fdo.: _________________                                  Fdo.: _________________

ANEXO III

JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN CONCEDIDA

D./D. ª _________________________________________________________, en calidad de Presidente de la Asociación _____________________________ _______________________________________________________________

E X P O N E

Que habiendo recibido una subvención de _________ euros al amparo de la Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones enclavadas dentro del término municipal de Loranca de Tajuña correspondiente al año 2023

S O L I C I T O

Que se tenga por justificada dicha cuantía. A estos efectos se adjunta a la presente solicitud:

  • Factura/as compulsada/s de los gastos habidos con motivo del desarrollo de los programas, debidamente firmadas por el Presidente de la Asociación.
  • Certificado, expedido por el Secretario, acreditativo de los siguientes extremos:
  1. Que la actividad objeto de la subvención ha sido realizada.
  2. Que la cantidad concedida por el Ayuntamiento ha sido destinada a los fines sociales previstos en el proyecto subvencionado.
  3. Que la Asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
  4. Obtención o no de otras subvenciones para la misma finalidad procedente de cualquier ente público o privado, así como que la suma de las mismas no excede del coste del coste del proyecto subvencionado.

En Loranca de Tajuña, a ________________ de _______________ de ______

 

 

El Presidente,

Fdo.: ____________________________________

ANEXO IV

CERTIFICADO DEL SECRETARIO

D./D. ª _________________________________________________________,

en calidad de Secretario de la Asociación _____________________________ _______________________________________________________________

C E R T I F I C O

PRIMERO. Que la actividad objeto de la subvención ha sido realizada.

SEGUNDO. Que la cantidad concedida por el Ayuntamiento ha sido destinada a los fines sociales previstos en el proyecto subvencionado.

TERCERO. Que esta Asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

CUARTO. Que se han obtenido las siguientes subvenciones para la misma finalidad:

Ente público o privado que ha concedido la subvención

Denominación e importe del Proyecto subvencionado

Cuantía de la subvención concedida

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

QUINTO. Que la suma de las ayudas concedidas no excede del coste del proyecto subvencionado.

Y para que así conste y surta sus efectos expido la presente en Loranca de Tajuña a, _________________ de ________________________ de ______

 

El/la Presidente/a,                                                El/la Secretario/a,

Fdo.: _________________                                  Fdo.: _________________

En Loranca de Tajuña, a 14 de junio de 2023. Fdo. El Alcalde D. Enrique Calvo Montero

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