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Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Miércoles, 07 Junio 2023 08:06

PUBLICACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DURON (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE 22 DE DICIEMBRE.

1978

PUBLICACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DURON (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE 22 DE DICIEMBRE.
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AYUNTAMIENTO DE DURÓN


1978

Considerando que con fecha 16 de septiembre de 2022 se procedió a la formalización de Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A., y este Ayuntamiento de Durón, con el objeto de llevar a cabo la ejecución de actuaciones en el marco del Real Decreto 1159/2020, conforme al expediente municipal tramitado con referencia 21/2022.

De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al siguiente contenido:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DURON (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE 22 DE DICIEMBRE.

En Toledo, en la fecha indicada en las firmas,

REUNIDOS

De una parte, Don Juan Ramírez García mayor de edad, con domicilio a estos  efectos en la C/Mesones nº 7, 19143 Durón, Guadalajara.

De otra parte, Don José Manuel Martín Aparicio, mayor de edad, con domicilio  a estos efectos en Paseo Cristo de la Vega, s/n, 45071, Toledo.

INTERVIENEN

El Sr. Ramírez García, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE  DURON, Entidad Local provista de CIF núm. P1912900F y con domicilio en la  C/Mesones nº 7, 19143 Durón, Guadalajara. Actuando en su condición de titular de la  Alcaldía-Presidencia del referido Ayuntamiento, cargo para el que fue elegida según resulta  del Acta de la Sesión constitutiva del Pleno de fecha 15 de junio de 2019, en el ejercicio  de las atribuciones que ostenta al amparo de lo previsto en el artículo 21.1.b) y s) de la Ley  7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 

El Sr. Martín Aparicio, en nombre y representación de la AGENCIA DEL AGUA  DE CASTILLA LA MANCHA, organismo autónomo de la Junta de Comunidades  Castilla la Mancha, provisto de C.I.F. núm. S4500400I y con domicilio en Paseo Cristo de  la Vega, s/n, 45071, Toledo. Actuando en méritos de la Delegación de Atribuciones  efectuada por la Presidencia de la Agencia del Agua en favor de la Dirección Gerencia de  la Agencia del Agua, mediante Resolución de fecha 20 de octubre de 2021 publicada en el  núm. 207 del DOCM de fecha 27 de octubre de 2021 y por la cual, entre otras se delegó la  atribución prevista en el art. 9.4.c) de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la  Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. Ostentando el cargo de Director Gerente  del referido Organismo Autónomo en virtud del Decreto 189/2019, de 23 de julio,  publicado en el núm. 147 del DOCM de fecha 25 de julio de 2019.

Se reconocen todas las partes, competencia y capacidad legal suficiente, para  suscribir el presente convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

I. Mediante Resolución de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto  Demográfico, de fecha 30 de diciembre de 2020, se otorgó mediante procedimiento de  concesión directa una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., para  la ejecución de diversas obras y actuaciones de mejora del entorno socio-económico de los  núcleos colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía. por importe de  40.000.000,00 euros.

La referida subvención se rige por lo previsto en el Real Decreto 1159/2020, de 22  de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Agencia  del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., para la ejecución de diversas obras y actuaciones  de mejora del entorno socioeconómico de los núcleos colindantes con los embalses de  Entrepeñas y Buendía, publicado en el núm. 334 del BOE de 23 de diciembre de 2021.

El referido Real Decreto en su artículo 1, dispone que el objeto del mismo es regular  la concesión directa de una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A.,  que se configura como Administración Hidráulica de esta comunidad autónoma, para que  lleve a cabo la ejecución de obras y actuaciones en el ámbito socio-económico que  redunden en la mejora del entorno de los municipios ribereños, comprendidos dentro de la  Asociación de Municipios Ribereños de los embalses de Entrepeñas y Buendía. Y en su  artículo 3 señala que la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., que deberá  ejecutar, por si misma o a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural,  aquellas obras y actuaciones acordadas, por valor de 40 millones de euros, que respondan  a las siguientes categorías:

Actuaciones de abastecimiento de agua potable.

  • Actuaciones de saneamiento.
  • Actuaciones de mejora de caminos e infraestructuras de la Administración Hidráulica.
  • Actuaciones en cauces orientadas a la mejora del estado ecológico y de la conectividad  de las masas de agua superficiales.
  • Establecimiento de vegetación de ribera, actuaciones ligadas al agua y a los valores  endógenos del territorio que contribuyan al desarrollo rural y a la lucha contra la  despoblación.

II. El Ayuntamiento de Durón es el organismo de gobierno del propio municipio  de Durón, uno de los 22 municipios integrantes de la Asociación de Municipios Ribereños  de los embalses de Entrepeñas y Buendía. Y por tanto uno de los beneficiarios finales de  las actuaciones a realizar por la Agencia del Agua de Castilla La Mancha, con cargo a la  citada subvención.

Como uno de los beneficiarios finales de las indicadas actuaciones, el  Ayuntamiento de Durón, a través de las Órdenes de Estudio elaboradas en el marco del  Contrato de Servicios para la Redacción de las Órdenes de Estudio de los Proyectos Relativos a Actuaciones contempladas en el Real Decreto 1159/2020, de 22 diciembre, con  número de expediente: 2021/004899 (PICOS 5601TO21SER00009) de la Agencia del  Agua de Castilla La Mancha, O.A., ha solicitado la realización de Actuaciones relativas al  Ciclo Integral del Agua en su término municipal, actuaciones incardinables dentro de las  Actuaciones de Abastecimiento y Saneamiento, todas ellas previstas en el art. 3 del Real  Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre.

III. El Ayuntamiento de Durón en virtud de lo establecido en el artículo 25.2. c) de  la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce en los  términos establecidos por la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre  otras competencias propias, las referidas en materia de abastecimiento y saneamiento.  Señalando al efecto, que tiene la obligación legal de prestar los correspondientes servicios  públicos básicos al amparo del artículo 26.1 de la citada ley.

IV. La AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A., dispone, al  amparo de los artículos 5, 6 y 8 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la  Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de competencias propias para la  programación, promoción, aprobación, ejecución y explotación de obras hidráulicas  declaradas de interés regional, incluyendo, en todo caso, las relativas a abastecimiento de  agua, saneamiento, depuración, encauzamiento y defensa de márgenes de ríos en áreas  urbanas y aprovechamientos hidráulicos en general, señalando al efecto que las  actuaciones a realizar en abastecimiento en baja y saneamiento han sido declaradas de  interés regional de conformidad con el citado artículo 5, mediante Decreto 61/2022, de 12  de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha,  publicado en el núm. 137 del DOCM de fecha 19 de julio de 2022.

V. El artículo 57.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del  Régimen Local, prevé que, para la cooperación económica, técnica y administrativa para  asuntos de interés común, las administraciones locales, pueden suscribir convenios  administrativos, que serán de carácter voluntario, bajo las formas y los términos previstos  en las leyes, tanto con la Administración General del Estado, como con las  Administraciones de las Comunidades Autónomas.

En este sentido, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector  Público, de aquí en adelante LRJSP, regula el régimen jurídico de los Convenios en sus  artículos 47 al 52. Señalando el artículo 47.1 que los convenios son los acuerdos con efectos  jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades  de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con  sujetos de derecho privado para un fin común. Y dentro de los tipos de Convenios que  recoge citado artículo, prevé, entre otros, los convenios interadministrativos, que son los  firmados entre dos o más Administraciones Públicas, o bien entre dos o más organismos  públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes de distintas  Administraciones públicas, y que podrán incluir la utilización de medios, servicios y recursos de otra Administración Pública, organismo público o entidad de derecho público vinculado o dependiente, para el ejercicio de competencias propias o delegadas.

VI. Asimismo, el artículo 35 Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la  Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha prevé que, en la licitación de obras en las  que intervengan conjuntamente la Administración regional y la Administración local, la  concreción de las actuaciones a ejecutar por cada uno de los entes públicos intervinientes  se materializará bajo la forma de convenio entre las Administraciones públicas  competentes.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes formalizan  el presente Convenio, el cual se regirá por lo dispuesto en las siguientes.

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto.

El objeto de este Convenio es determinar la forma de cooperación económica y técnica  entre la Agencia del Agua de Castilla La Mancha, O.A, y el Excmo. Ayuntamiento de  Durón, para la proyección, ejecución y financiación de las Actuaciones relativas al Ciclo  Integral del Agua, a ejecutar por la Agencia del Agua el propio término municipal de  Durón, en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre.

SEGUNDA. Trabajos.

Comprenden las actuaciones en el Ciclo Integral del Agua que se describen en las fichas  anexos diferenciando aquellas actuaciones que se pretenden ejecutar vía contrato mixto de  suministro, obra y servicio y aquellas otras que serán objeto de licitación individualizada.

TERCERA. Presupuesto y financiación.

El total de Actuaciones en el Ciclo Integral del Agua, objeto del presente Convenio,  implican unos costes estimados de 539.284,40 euros, incluido IVA. Y se financia  íntegramente, con cargo a la aplicación presupuestaria 56010000/G/512A/69000,  financiada con el Fondo 0000001850 correspondiente a la subvención otorgada por el  Ministerio, e incluida en el Proyecto de Gasto con Nº de elemento PEP,  OOAA/0000001665 de la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, con el  siguiente desglose de anualidades:

ANUALIDAD/TIPO

Incluidas en Contrato Mixto

Iniciadas / Ejecutadas

Con proyecto / No iniciadas

TOTAL

2021

0

0

0

0

2022

0,00

0

0

0,00

2023

359.522,94

0

0

359.522,94

2024

179.761,46

0

0

179.761,46

TOTAL

539.284,40

0

0

539.284,40

Los citados importes son estimativos, pudiendo ser reajustados tanto al alza como a la baja,  en función del coste real de las actuaciones una vez realizadas.

Las eventuales bajas en la adjudicación de los contratos que se derivan de este convenio y  que pudieran acaecer fruto de su licitación, podrán destinarse a su vez a los eventuales  incrementos de costes, que pudieran acaecer fruto de las liquidaciones o modificaciones  de los mismos.

Asimismo, los reajustes al alza que superen los importes señalados serán también  financiados por la Agencia del Agua, condicionados a la existencia de crédito adecuado y  suficiente en la indicada aplicación presupuestaria financiada con la subvención otorgada  por el ministerio.

Y en todo caso, la modificación de las actuaciones objeto del convenio o la medición final  que impliquen un incremento del coste total de las actuaciones contempladas en el  convenio, debería ser objeto de una adenda a suscribir por las partes del mismo, en su caso,  si se incrementa el gasto en más de un 10%, previa autorización del Consejo de Gobierno  de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (artículo 21.f de la Ley 8/2021).

CUARTA. Obligaciones de la Agencia del Agua, O.A.

Son obligaciones asumidas por la Agencia del Agua.

a) Financiar íntegramente las actuaciones objeto del presente Convenio conforme a lo  establecido en la cláusula precedente.

b) La licitación de los trabajos objeto del presente Convenio y demás operaciones  vinculadas.

c) Informar al Ayuntamiento, de la marcha de los trabajos objeto del mismo.

d) Convocar al Ayuntamiento, al acto de recepción total, una vez finalizadas, de cada  uno de los trabajos objeto del mismo.

e) Una vez recepcionados cada uno de los trabajos objeto del Convenio, proceder a su  entrega al Ayuntamiento.

QUINTA. Obligaciones del Ayuntamiento de Durón:

Son obligaciones asumidas por el Consistorio de Durón:

a) Dar su conformidad a los proyectos de ejecución de las actuaciones, una vez estén  elaborados y previo al inicio de la licitación de las obras en ellas proyectadas, a los  efectos realizar el pertinente trámite de consulta previa previsto en el artículo 173 del  Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido  de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

b) Garantizar y hacer efectiva la disponibilidad de los terrenos necesarios para la  adecuada ejecución de las actuaciones objeto del presente Convenio, así como la de  los inmuebles de su titularidad que entren dentro del mismo, realizando cuantas  actuaciones sean precisas a tal fin con sus eventuales usuarios, sean éstos de la  naturaleza que sean.

c) Designar a una persona de referencia que sirva de apoyo técnico a la ejecución de las  actuaciones.

d) Asumir todo gasto derivado de cualquier tributo que surja durante la ejecución del  presente convenio y sean necesarios para la debida finalización de las obras.

e) Recepcionar las actuaciones una vez finalizadas y puestas a su disposición,  incorporándolas al patrimonio del Ayuntamiento a todos los efectos, y en particular a  los de su mantenimiento y conservación.

SEXTA. Desarrollo de las actuaciones.

Por la Agencia del Agua, se procederá a la preparación, adjudicación y ejecución de los

Contratos Administrativos que sea precisos para la ejecución de las actuaciones solicitadas.

Por parte del Ayuntamiento, se deberá dar la conformidad a los proyectos de ejecución de  las actuaciones, una vez estén elaborados y previo al inicio de la licitación de las obras en  ellas proyectadas, si fuera menester, así como acreditar la disponibilidad de los terrenos e  inmuebles que sean necesarios.

Finalizadas las ejecuciones parciales de cada una de las actuaciones, por la Agencia del  Agua se comunicará al Ayuntamiento la fecha de recepción, a efectos de su asistencia al  acto, así como una vez recibidas, requerirá al ayuntamiento para proceder a su entrega,  hecho que se producirá en el plazo máximo de un mes desde su finalización.

SÉPTIMA. Destinatario final.

El destinatario final del resultado de las actuaciones, en términos de inmueble objeto de  las mismas, es el Ayuntamiento de Durón, como titular del objeto de aquellas.

Dicho evento, se producirá desde la misma fecha de la recepción a que se refiere la  cláusula sexta anterior, adquiriendo el pleno dominio de todos los bienes a los que se  concrete la actuación objeto del presente convenio y subrogándose en cuantos derechos y  obligaciones hubiese adquirido la Agencia del Agua del Castilla-La Mancha hasta  entonces, quedando liberada la Administración autonómica, de toda responsabilidad u  obligación que pudieran surgir a partir de dicha fecha.

No obstante, lo anterior, será la Agencia del Agua de Castilla La Mancha, durante el  periodo de garantía de la actuación correspondiente, la competente para exigir al  contratista cuantas responsabilidades contractuales resultaren procedentes. Una vez  transcurrido dicho periodo será el Ayuntamiento el que como titular dominical pleno de  las actuaciones recepcionadas, podrá ejercer cuantos derechos tenga por conveniente.

De igual forma, finalizadas las actuaciones, el Ayuntamiento se compromete y obliga a  proceder a su inclusión en el libro de inventario de bienes municipal, así como a la  inscripción en cuantos registros resulte obligado legalmente.

OCTAVA. Vigencia del Convenio.

El plazo de vigencia de este Convenio tendrá una duración a contar desde el día de su  suscripción y finalizará por todo el 31 de diciembre de 2024, o hasta su finalización con  entrega de las actuaciones al Ayuntamiento, en caso de producirse en fecha anterior.

No obstante, en cualquier momento anterior a su finalización, las partes firmantes podrán  acordar unánimemente su prórroga por periodo total de hasta DOS (2) AÑOS o su  extinción.

NOVENA. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento de este Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento,  formada por un representante de cada Entidad firmante, y un Secretario, designados en el  plazo de 15 días siguientes a la suscripción del presente convenio.

La Presidencia de la Comisión la ostentará el representante de la Agencia, y las funciones de la Secretaría las realizará un funcionario/a de ésta, que tendrá voz, pero no voto

DÉCIMA. Funciones de la Comisión de Seguimiento.

Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:

  1. Realizar un seguimiento general de la ejecución de las actuaciones objeto del presente  Convenio.
  2. Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse tanto en lo que se refiere al contenido de este Convenio como respecto de las actuaciones que conforman su objeto.
  3. Aprobación de eventuales modificaciones de las Actuaciones objeto de convenio, en cualquier aspecto relativo tanto a su proyección como a su ejecución material

Para el desempeño de sus funciones, la Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces sean procedentes, recabando, cuando sea preciso, los pertinentes informes a los equipos técnicos correspondientes, y levantando la correspondiente acta de la sesión correspondiente.

En todo lo no previsto en el presente Convenio, la Comisión de Seguimiento se regirá por la regulación que para los órganos colegiados establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

DECIMOPRIMERA. Causas de resolución del Convenio y Penalidades.

Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio la imposibilidad sobrevenida  de cumplir el fin para el que fue suscrito o el incumplimiento de lo estipulado en el mismo,  así como el acuerdo de las partes.

En este sentido, se entiende por causa sobrevenida, entre otras, que, iniciado el  procedimiento de contratación de cualquiera de las actuaciones objeto de este convenio,  resulten desiertos por no haber oferta alguna para su adjudicación.

Así mismo, se establece como penalidad, el incumplimiento del Ayuntamiento de la  recepción de cada una de las actuaciones, una vez expirado el plazo para su recepción, a  contar desde la fecha en que la Agencia del Agua haya comunicado al Ayuntamiento, que  las actuaciones están listas para su recepción, y sin perjuicio de las responsabilidades que  se deriven frente a los futuros contratistas de cada una de ellas.

Expirado el plazo para su recepción, sin que el ayuntamiento haya procedido a la recepción  de las actuaciones, la Agencia del Agua de Castilla la Mancha queda facultada para la  imposición de multas coercitivas del 10% sobre el importe final de cada actuación no  recepcionada y por cada mes de retraso en su recepción.

DECIMOSEGUNDA. Publicidad.

En cuantas ocasiones se publicite por las partes en los medios de comunicación o por  cualquier otro medio el presente Convenio, deberán éstas referenciar a todas las  Administraciones firmantes del mismo.

DECIMOTERCERA. Jurisdicción competente

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las cuestiones litigiosas surgidas  sobre la interpretación, ejecución, modificación y resolución deberán solventarse de mutuo  acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento constituida. Si no  resultará posible alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y  competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo, de conformidad con lo  previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

En prueba de conformidad y para el fiel cumplimiento de lo acordado, se suscribe el  presente Convenio, en Toledo y considerándose como fecha de formalización del mismo la  de la última de las firmas electrónicas incorporadas al mismo.

ANEXO I

ACTUACIONES A EJECUTAR EN DURÓN

Relación de actuaciones a ejecutar en Durón en función de su tipología y medio de  ejecución.

TIPOLOGÍA

DESCRIPCIÓN

INVERSIÓN

GRUPO

TOTAL MUNICIPIO

Abastecimiento

Renovación de

contadores

inteligentes (187)

y red de

abastecimiento

(1.385 m).

164.793,20

Contrato

mixto

 

 

 

 

 

 

 

539.284,40

Saneamiento

Renovación de red

de saneamiento

(1.605 m) y

EDAR.

361.359,32

Contrato

mixto

Documentación

Estudio técnico de

actuaciones en el

municipio.

13.131,89

Contrato

mixto

ANEXO II

RELACIÓN DE ACTUACIONES POR MUNICIPIO

ACTUACIONES EN DURÓN:

Ciclo Integral del Agua

Sustitución de contadores. ud 187

Renovación de la red de abastecimiento. m 1.385

Renovación de la red de saneamiento. ud 1.605

Estación depuradora de aguas residuales urbanas. ud 1

Estudio técnico de actuaciones en el municipio. ud 1

Importe: 539.284,40

CICLO INTEGRAL DEL AGUA

ABASTECIMIENTO

Se han estimado 187 contadores (112 en arqueta existente y 75 en arqueta nueva), 1 concentrador, más el mantenimiento durante 5 años.

En renovación de la red de abastecimiento se estima la sustitución de 1.385 m de tubería.

El importe total de abastecimiento sería de 164.793,20 €.

SANEAMIENTO

El importe total de saneamiento sería de 361.359,32 €.

DOCUMENTACIÓN

Se ha tenido en cuenta un estudio técnico de las actuaciones del municipio con un importe estimado de 13.131,89 €.

Se ha considerado la renovación de 1.605 m de tubería de saneamiento.

Se considera una EDAR para el núcleo.

El importe total estimado para las actuaciones del ciclo integral del agua sería de 539.284,40 €.

En Durón, a 2 de junio de 2023. El Alcalde, Fdo.: Juan Ramírez García.

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