AYUNTAMIENTO DE PEÑALEN
1883
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2023-0180 de fecha 19 mayo de 2023 la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Auxiliar de Ayuda a domicilios, del tenor literal siguiente:
Nombre y Apellidos
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D.N.I |
Inocenta Rojo Rojo |
***6855** |
Judit Arantxa Gil Martínez |
***3895** |
Asimismo, mediante la citada Resolución, se ha aprobado la composición del Tribunal que ha de juzgar las correspondientes pruebas:
Miembro |
Identidad |
Presidente |
Manuel Álvarez García (Diputación Provincial de Guadalajara) |
Suplente |
José Javier Ruiz Ochayta (Diputación Provincial de Guadalajara) |
Vocal |
M. Rosa Jiménez Morales (Diputación Provincial de Guadalajara) |
Suplente |
Isabel López de la Fuente (Diputación Provincial de Guadalajara) |
Vocal |
Javier Cuervo Fernández (Delegación Provincial De Hacienda y AAPP) |
Suplente |
Juan Aylagas Alonso (Delegación Provincial De Hacienda y AAPP) |
Vocal |
Ángel Luis Villavieja Romero (Ayuntamiento Molina de Aragón) |
Suplente |
Concepción Carrasco Ibar (Ayuntamiento Molina de Aragón) |
Secretario |
María Elena García Martín (Diputación Provincial de Guadalajara) |
Suplente |
Eduardo de las Peñas Plana (Diputación Provincial de Guadalajara) |
La baremación de méritos se efectuará en la Diputación Provincial de Guadalajara, el día y hora determinado por el tribunal.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento de Peñalén, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara , a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en fuera de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Peñalen, a 22 de mayo de 2023. La Alcaldesa, Ester Rubio Sanz