AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES
1453
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 17 de marzo de 2023 sobre el expediente n.º 312/2023, de modificación de créditos n.º 3/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales (385.354,59 euros), que se hace público con el siguiente contenido:
Crédito extraordinario
A.P. |
Denominación |
Modificación |
|
Á. de G. |
Ec. |
||
1 |
6 |
Servicios públicos básicos. Inversiones reales |
54.000,00 |
160 |
622 |
Instalación equipamiento mejoras calidad de agua |
54.000,00 |
3 |
6 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Inversiones Reales |
76.354,59 |
337 |
609 |
Construcción Quiosco Mapa |
57.854,59 |
338 |
619 |
Mejoras en el recorrido de los encierros |
18.500,00 |
|
|
TOTAL |
130.354,59 |
Suplemento de crédito
A.P. |
Denominación |
Modificación |
|
Á. de G. |
Ec. |
||
1 |
4 |
Servicios Públicos Básicos. Transferencias Corrientes. |
50.000,00 |
1621 |
463 |
Mancomunidad Vega del Henares. Recogida de Residuos. |
50.000,00 |
4 |
2 |
Actuaciones de Carácter Económico. Gastos corrientes en bienes y servicios. |
125.000,00 |
4412 |
223 |
Transporte de Viajeros. Plan Astra. |
125.000,00 |
2 |
2 |
Actuaciones de Protección y Promoción Social. Gastos corrientes en bienes y servicios |
20.000,00 |
231 |
22799 |
Asistencia Social Primaria. Servicio Ayuda a Domicilio y estudio residencia |
20.000,00 |
3 |
2 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos corrientes en bienes y servicios |
60.000,00 |
338 |
22699 |
Fiestas populares |
60.000,00 |
|
|
TOTAL |
255.000,00 |
El importe total de la modificación de crédito asciende a 385.354,59 euros y se financia con cargo al Remanente líquido de tesorería para gastos generales (RTGG), por dicho importe.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Chiloeches, a 21 de abril de 2023. El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano