AYUNTAMIENTO DE MILMARCOS
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha de 20 de enero de 2023 de ampliación de créditos del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 02/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:
Ampliaciones de crédito según Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|||||
Progr. 165 337
|
Económica 22100 22609
|
Energía elect Actividades culturales |
7.500,00 2.665,00
|
||||
|
|
|
TOTAL GASTOS |
10.165,00 |
|||
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior , en los siguientes términos:
Presupuesto de Ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
Importe/€ |
87 |
Aplicación remanente liquido de tesorería |
10.165,00 |
total |
10.165,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, conforme al artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Milmarcos a 27 de marzo de 2023 El Alcalde fdo: Fernando Marchán Moreno