Ayuntamiento de Cendejas de la Torre
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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de octubre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios públicos o realización de una actividad administrativa en régimen de derecho público. Cementerios locales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter loca.
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza rústica y urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Cendejas de la Torre, 6 de octubre de 2016.- El Alcalde, Joaquín Alda Molina.