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Auñón
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Burgos
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Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
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Gárgoles de Arriba
Henche
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Hijes
Hita
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Lupiana
Luzaga
Luzón
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Millana
Milmarcos
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Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
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Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
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Peñalén
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Pinilla de Molina
Pioz
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Renera
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Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
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Sacecorbo
Sacedón
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Salmerón
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San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
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Saúca
Selas
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Setiles
Sienes
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Solanillos del Extremo
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Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
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Torremocha del Campo
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Viernes, 24 Febrero 2023 08:02

APROBACION EXPEDIENTE MODIFICACION POR PUJA A LA BAJA

598

ENAJENACION POR SUBASTA DE BIEN INMUEBLE MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE PUJA A LA BAJA
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


598

Por resolución de fecha de 14 de septiembre de 2022 se declaró desierto el procedimiento de enajenación de bien inmueble urbano sito en la calle Ponzano en Madrid, en el número 18.1º interior C, con una superficie construida de 43 metros cuadrados, tramitado en expediente n º 4903/2021

Ante la falta de concurrencia al procedimiento de enajenación por subasta con fecha de 31 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial Provincial nº 207, resolución aprobando la realización de modificaciones de los pliegos y demás documentación que únicamente afecten al procedimiento y forma de enajenación, sustituyendo la forma de enajenación de puja al alza, por la forma de puja a la baja.

A tales efectos, se encomendó además al Servicio técnico de arquitectura la fijación de un nuevo tipo para la subasta, así como el establecimiento de un tipo o límite inferior que impidiese que la enajenación pudiera ser antieconómica.

Con fecha 23 de diciembre de 2022 se emite nuevo informe técnico, dando puntual cumplimiento a lo solicitado.

El resto de las actuaciones tramitadas y no afectadas por dicha modificación se mantiene, en observancia del principio de conservación de actos postulado por la ley 39/2015 de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

En cumplimiento de lo ordenado, han sido ventiladas las correspondientes modificaciones en la memoria de necesidad, pliegos, anexos, fijando que el procedimiento de puja al alza se sustituye por el procedimiento de puja a la baja, que se acompañan en el expediente gestiona 4903/2021

Finalmente, visto los informes favorables de Intervención, de la secretaria y finalmente elevada propuesta de resolución de la Diputada de Economía y Hacienda, en el ejercicio de las funciones que tengo encomendadas como órgano de contratación con arreglo a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, LCSP

Por lo expuesto,

RESUELVO:

PRIMERO. APROBAR la modificación del expediente de enajenación, consistente en sustituir el procedimiento de subasta de Puja al alza por el procedimiento de subasta de puja a la baja de bien inmueble de titularidad de la Diputación Provincial de Guadalajara, sito en Madrid, en la calle Ponzano n.º 18. 1º Interior C, con una superficie construida de 43 metros cuadrados, descrito ampliamente en el informe técnico de valoración

SEGUNDO. APROBAR las modificaciones realizadas en la memoria de necesidad, pliegos, anexos, y demás documentación.

TERCERO. APROBAR como tipo superior el precio de asciende a la cantidad de 237.533, 88 € ( DOSCIENTOS TREINTA Y  SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS) euros.

APROBAR  como tipo límite inferior el precio de 173.209, 71 € (CIENTO SETENTA Y TRES MIL, DOSCIENTOS NUEVE EUROS, CON SETENTA Y UN CENTIMOS), fijado por informe técnico de 23 de diciembre de 2022, y  por debajo del cual no se podrán presentar ofertas económicas sobre el bien inmueble sujeto a subasta.

CUARTO. APROBAR la posterior publicación de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil del contratante, para que en el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el BOE se presenten las proposiciones que se estimen pertinentes.

En Guadalajara, a 8 de febrero de 2023. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara.D. Jose Luis Vega Pérez

Pliego de prescripciones técnicas para enajenación de bien inmueble

PRIMERO. Título.

El inmueble objeto de subasta se encuentra incluido en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial de Guadalajara con el número F00051 de Activo, con el carácter de bien patrimonial. Figura inscrito en el Registro de la Propiedad n.º 6 de Madrid a nombre del Hospital de Dementes de Guadalajara, dependiente de la Diputación Provincial de Guadalajara, al 100% en pleno dominio, por título de Herencia en virtud de escritura autorizada el día veinte de diciembre de mil novecientos setenta y ocho por el Notario de Guadalajara Don José Alberto García Burgos,que motivó la inscripción 2ª de fecha cuatro de agosto de mil novecientos ochenta y tres, obrante al Tomo 601, Libro 438, Folio 229, Finca 10,429.

SEGUNDO. Descripción detallada:

- Situación: C/ Ponzano, n.º 18. 1º Interior C Madrid Localización: Calle Ponzano nº 18, Pl:01, Pt: C

- Coeficiente de participación en la finca: 1,0590 -

- Superficie: superficie construida 43 m2.

- Linderos: Datos de escritura PISO PRIMERO INTERIOR DERECHA de la casa número dieciocho de la calle de Ponzano de Madrid.- Está situado encima del bajo interior derecha y debajo del segundo interior derecha.- la extensión superficial es de treinta y cuatro metros cuadrados y medio. - Linda por Nor-Este, con el descansillo de la escalera por donde tiene su entrada y con el patio posterior de la casa. - Por el Sur Este o derecha mirando desde la calle Ponzano, con la medianería de la casa número 17 de la calle Virtudes y con el patio posterior ser-este de la casa.- Por el Sur con la medianería de la casa número dieciséis de la Calle Ponzano y por el Oeste y Noroeste, con el piso primero exterior izquierda. - Consta de tres habitaciones, cocina y retrete.

- Frutos y rentas: Ninguno. -

Cargas o gravámenes: Libre de cargas y gravámenes. Según nota simple por su procedencia está sujeto a los estatutos de comunidad inscritos por la 22ª de la finca matriz.

- Documentación gráfica: Durante la visita efectuada el día 18/10/2021 por parte de los técnicos de la Diputación Provincial, se procede a medir el inmueble para el levantamiento del plano correspondiente. Al mismo tiempo se toman las fotografías que se incluyen en el Anexo del presente informe.

El piso se sitúa en la planta primera de la finca a la que pertenece y se accede al mismo desde el portal, atravesando después el patio principal y subiendo por la escalera a la que da acceso éste. Todas sus piezas son interiores recibiendo las luces desde dos pequeños patios a los que dan sus ventanas. La altura libre de suelo a techo es de 2,98 m. Se trata de una vivienda que en la actualidad está deshabitada y que se distribuye en las siete piezas siguientes con sus respectivas superficies útiles:

Pieza Superficie útil m2 Hall 2,46 Salón-comedor 6,85 Retrete 1,53 Cocina 2,53 Cuarto de baño 2,44 Dormitorio 1 6,76 Dormitorio 2 5,87 TOTAL 28,44 Según el plano levantado a esta superficie útil le corresponde una superficie construida privativa de 40,48 m2. La superficie construida de elementos comunes, según la ficha catastral, es de 4,00 m2.

En consecuencia, se concluye que la superficie construida total de la vivienda, incluidos elementos comunes son de 44,48 m2.

Tras la mera inspección ocular puede deducirse que la finca estructuralmente es de muros de fábrica de ladrillo, desconociéndose el material de los forjados. Sus cerramientos exteriores también son de muros de fábrica de ladrillo enfoscados y pintados. La carpintería exterior (ventanas) es de madera con vidrio simple. La puerta principal y las interiores son abatibles de madera. Paramentos interiores de yeso y pintados. Cocina, retrete y cuarto de baño alicatados hasta media altura. Cuenta con armarios empotrados con carpintería de madera. El pavimento de toda la vivienda es de baldosa hidráulica salvo los dos cuartos húmedos que son de baldosa cerámica .

- Antigüedad: Año de construcción: 1945.

- Estado de conservación: Según informe técnico no se aprecian patologías estructurales ni de salubridad (humedades, fugas) dignas de destacarse. No obstante, para una posible utilización inmediata se requeriría una intervención general en acabados y pintura, revisión de la instalación de electricidad, revisión de las instalaciones de fontanería y saneamiento y repaso general de la carpintería interior y exterior. Las características del inmueble descritas son las detectadas en la inspección ocular realizada, no habiéndose realizado pruebas para poder detectar posibles vicios ocultos. Se adjunta reportaje fotográfico del estado actual del bien inmueble (anexo V) - Datos catastrales y registrales: Referencia catastral: 0868115VK4706H0012IJ Datos Registrales: Tomo: 601, Libro: 438, Folio: 229, Finca: 10,429, Inscripción: 2ª.

TERCERO. Precio.

Como precio tipo de la licitación al alza, tras nuevo informe técnico de 23 de diciembre de 2022 el de 237.533,88 € euros, que se corresponde con el nuevo valor de tasación del bien. Asimismo, tras la modificación aprobada por resolución publica en el BOP Nº 207, de 31 de octubre de 2022, por la que se autoriza modificar el pliego de condiciones generales de contratación se sustituye el sistema de puja al alza por el sistema de puja a la baja, con lo que se admitirán posturas por debajo del tipo superior 237.533,88 € euros pero nunca por debajo del tipo inferior 173.209,71 euros que también ha sido fijado para evitar una enajenación antieconómica del bien. El tipo de licitación señalado y las ofertas económicas que sobre el mismo formulen los licitadores, así como la cantidad por la que se adjudique la subasta, se  entenderán con exclusión de cualesquiera tributos que puedan gravar la ejecución del contrato. En ningún caso se admitirán posturas que no cubran el tipo de licitación establecido como tipo limite inferior, rechazándose todas aquellas que no observen tal exigencia.

CUARTO. Pago del Precio. La cantidad que resulte como remate se abonará por el adjudicatario, junto a todos los impuestos y tasas que graven la transmisión, de una sola vez, abonándose dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se le notifique la adjudicación, mediante ingreso en la cuenta Caixa, número de cuenta ES36 2100 8665 9002 0001 7813 indicando en concepto, “pago subasta procedimiento puja al alza expediente gestiona 4903/2021

QUINTO. Gastos. Será de cuenta del adjudicatario cuantos gastos, impuestos o arbitrios se originen con ocasión de la enajenación incluidos los de publicación, otorgamiento de escritura y posteriores registrales.

Pliego de condiciones Generales que regulará la enajenación mediante subasta pública de bien inmueble de titularidad de la Diputación Provincial de Guadalajara por el procedimiento de “PUJA A LA BAJA” con presentación de posturas en sobre cerrado EXPEDIENTE GESTIONA 4903/2021.

CLÁUSULA 1ª.- Objeto, justificación de la subasta y calificación del Contrato.

Es objeto del contrato la enajenación como cuerpo cierto por procedimiento de “PUJA A LA BAJA” mediante subasta pública por el procedimiento indicado de “Puja a la baja” de un bien inmueble de titularidad de la Diputación Provincial de Guadalajara, sito en Madrid capital, ubicado en C/ Ponzano, n.º 18. 1º Interior C Madrid Localización: cuya descripción, características, cargas se contiene ampliamente detallada en el pliego de prescripciones técnicas administrativas que se acompaña.

La Subasta por el procedimiento de puja a la baja, permite la presentación de ofertas inferiores al tipo de la subasta fijado pero sin rebasar el límite o tipo inferior que también se fija en los presentes pliegos, en aras de evitar que la enajenación sea antieconómica.

Declarada por resolución del Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara de fecha 14 de septiembre de 2009 desierta la enajenación del bien inmueble descrito en el primer párrafo, la subasta se realizará tras las modificaciones autorizadas por resolución Decreto 2022-1259 de fecha 22 de abril de 2022, a través de la forma de subasta, por el procedimiento de puja a la baja justificada por las previsiones de los artículos 8.1.c); 137; 138 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Publicas, 33/2003, de 3 de noviembre, artículo 80 del Texto Refundido del Régimen Local, aprobado por RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril ,112.1 del Reglamento de Bienes de Entidades Locales, RD 1372/1986, de 13 de junio.

Los Art. 136 a Art. 141 de la Ley 33/2003 se ocupan de la "Enajenación de inmuebles" de las AAPP, aunque ninguno de ellos posee carácter básico, debiendo entenderse tan solo como legislación supletoria, en la medida de lo posible, a la legislación de régimen local (de bases o autonómica) o de patrimonio de las diversas Comunidades Autónomas

El contrato tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-.

Por su objeto se trata de un contrato excluido por la propia ley de contratos, consistente en la compraventa de bien inmueble, sujeto por ello a la legislación patrimonial, y más concretamente por los artículos 137 y 138 de la ley de patrimonio de las Administraciones Publicas, sin perjuicio de seguirse en la preparación y adjudicación en lo que a sea adecuado a su naturaleza por la propia ley de contratos.

Conviene recordar que el objeto del presente contrato no va dirigido sólo a los operadores económicos, quienes de modo habitual se sujetan a la ley de contratos del sector público, sino también a las personas físicas, que ostentan el derecho a relacionarse no necesariamente por vía electrónica, y a tales efectos se procede a tramitar la preparación y adjudicación del presente contrato, análogamente a lo que hace la Administración General de Estado para los contratos de venta de bienes inmuebles, en forma escrita que permita el acceso a todos los particulares que pudieran estar interesados, publicándose los diversos actos en el boletín oficial provincial y la convocatoria del procedimiento además en el Boletín Oficial del Estado y en el perfil del contratante

CLÁUSULA 2ª.- Tipo de Licitación, procedimiento de puja y publicidad

El presupuesto base de licitación será el valor del inmueble, que según nuevo informe técnico de veintitrés de diciembre de dos mil veintidós incorporado al expediente, asciende a la cantidad de 237.533,88 € (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS) euros, que constituye el nuevo tipo para la subasta. En cumplimiento de la resolución Decreto 2022-1259 de fecha 22 de abril de 2019, se sustituye el procedimiento de puja al “alza” por el de puja a la “baja”.

Asimismo, en atención al nuevo procedimiento de puja a la baja, se acuerda por la citada resolución, fijar un tipo o límite inferior que evite una enajenación antieconómica del bien.

A colación, el informe técnico de vientres de diciembre de dos mil veintidós, de modo motivado fija un límite o tipo inferior en 173.209,71 € (CIENTO SETENTA Y TRES MIL, DOSCIENTOS NUEVE EUROS, CON SETENTA Y UN CENTIMOS) por debajo del cual, no será posible realizar ofertas económicas, siendo desechadas en todo caso por la mesa de subasta.

Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de ofertas económicas no impedirá que el tipo superior de 237.533,88 euros pueda ser mejorado al alza por los licitadores.

La modalidad de la subasta se seguirá por lo previsto en el artículo 137 y 138 de la ley de patrimonio de las Administraciones Publicas, ley 33/2003, de 3 de noviembre, mediante el procedimiento de “puja a la baja”, y la adjudicación se efectuará a favor de quien presente la oferta económica más ventajosa, sin que ninguna puja rebase el límite inferior (art.137.2 LPAP). Los diversos actos se publicarán en el boletín oficial provincial y la convocatoria del procedimiento además en el Boletín Oficial del Estado y en el perfil del contratante

CLÁUSULA 3ª.- Capacidad para tomar parte en la subasta.

Podrán presentar proposiciones y ser adjudicatarios del bien inmueble las personas físicas y jurídicas, actuando por sí mismas o por medio de representantes, que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo previsto en el código civil.

Asimismo, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.

No podrán ser adquirentes quienes hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitados conforme a lo dispuesto en el RD Legislativo que aprueba el Texto Refundido de la ley de concursal 1/2020, de 5 de mayo. 

No podrán contratar con la Diputación Provincial de Guadalajara, quienes se encuentren incursos en prohibiciones de contratar previstas en el art.71.1 de la ley de contratos del sector público. La personalidad jurídica y capacidad de obrar de los empresarios se acreditará de la forma prevista en el presente pliego, cuya documentación obrará en el Sobre n º 1.

No podrán participar en la subasta, por si o por persona alguna intermedia, quienes razón de su cargo o destino ejerzan alguna competencia respecto a los bienes que vayan a ser objeto de la subasta.

La prueba de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 71 LCSP 2017, en su redacción dada por el RD-ley 14/2019, se realizará también por los medios establecidos en dicha Ley.

A tales efectos, quienes concurran al acto de enajenación habrán de afirmar, bajo su responsabilidad, no hallarse comprendidos en ninguno de los casos de incapacidad mencionados anteriormente.

Firmará imperativamente una declaración responsable (anexo II) de no hallarse comprendido en ninguna de las circunstancias reseñadas y se descubriera falsedad, de acordará la nulidad de la adjudicación, la cual llevará la perdida de la fianza a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, sin perjuicio de otras responsabilidades en que hubiera podido incurrir.

CLÁUSULA 4ª.- De la documentación y de la fianza

Los licitadores que estén interesados en participar en la subasta acreditarán su personalidad ante la Mesa de apoyo, presentando dentro de plazo establecido en el anuncio publicado en el BOE la siguiente documentación

4.1. Documentación administrativa

4.1.1. Persona física de nacionalidad española: Copia del documento en vigor que acredite la personalidad del licitador (DNI o Pasaporte) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar del artículo 71 de la ley de contratos del sector público (anexo I). Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social impuesta por las disposiciones vigentes. En caso de actuar en representación, deberán acreditarlo mediante poder notarial bastante.

4.1.2. Persona jurídica española: Todos los documentos exigidos para las personas físicas de nacionalidad española Fotocopia de la escritura de constitución y en su caso, modificación, inscrita en el Registro Mercantil cuando fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, en el que constasen las normas por las que se regula su actividad inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. Copia de la documentación acreditativa de la representación.

4.1.3. Persona física o jurídica no española: Copia del documento o pasaporte si es persona física y documento de constitución si es persona jurídica (lo señalado anteriormente) así como la documentación acreditativa de la representación de la misma. Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otros fueros Certificado de inscripción de la empresa en el registro mercantil o en el correspondiente registro de su ley nacional, si es persona jurídica. En todos los casos, la Mesa podrá exigir el cotejo de las copias presentadas, requiriendo al licitador la exhibición del documento o documentos originales de que se trate

4.2. Documentación Económica Oferta económica detallada (anexo IV) Fianza. Conforme a lo dispuesto en el artículo 137.6 de la ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas, para tomar parte en el procedimiento de licitación deberán constituir una fianza de un 5 por 100 del valor de tasación del bien (237.533,88 €) Podrá constituirse en la forma prevista en la cláusula quinta del presente pliego de condiciones.

CLAUSULA 5ª. Presentación de la documentación y oferta económica. Lugar, plazo y forma.

Lugar

La presentación de la documentación para participar en la subasta, así como la oferta económica se efectuará detallando en el sobre claramente y tal y como se refleja a continuación:

Correo ordinario

Diputación Provincial de Guadalajara

Secretaria “DOCUMENTACION SUBASTA BIEN INMUEBLE expediente gestiona 4903/2021”

Plaza Moreno 10, CP 19001

Guadalajara

De forma presencial:

Diputación Provincial de Guadalajara Registro de la Diputación Provincial

Secretaria “DOCUMENTACION SUBASTA BIEN INMUEBLE expediente gestiona 4903/2021”

Plaza Moreno 10, CP 19001

Guadalajara

Plazo de presentación de proposiciones

El plazo de presentación de documentación será de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el BOE.

En el caso de las proposiciones que se envíen por correo ordinario, el licitador podrá acreditar la entrega de la documentación en plazo, remitiendo copia del resguardo que justifique la fecha de entrega de la documentación en plazo, remitiendo copia del resguardo que justifique la fecha de entrega de la documentación de correos y comunicando a la Secretaria de la mesa de apoyo de la Diputación Provincial de Guadalajara la remisión de la oferta al correo contratacióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para que esta justificación sea válida la fecha de entrega de la documentación y de la comunicación deberán ser anteriores al plazo fijado para la presentación de ofertas. Asimismo, la documentación remitida por correo que cumpla el requisito anterior y que sea recibida en fecha posterior a la fijada, sólo podrá ser admitida si llegara en un plazo máximo de seis días desde la fecha establecida para la entrega de la documentación.

Forma de presentación

Se remitirá o presentará un solo sobre a la dirección indicada anteriormente y de acuerdo con los plazos señalados.

En el interior del sobre deberán introducirse dos sobres de la siguiente forma:

SOBRE N º 1. Documentación administrativa

Copia de la documentación que acredita la personalidad física o jurídica del licitador (DNI o Escrituras)

El original de la fianza, según la forma que el licitador haya optado

Anexo I – solicitud participación

Anexo II – declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, de no incurrir en incompatibilidad, y declaración de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social

Anexo III – autorización cesión datos personales

En el reverso del sobre deberá figurar nombre, apellidos y correo electrónico del licitador.

En el caso de no presentar el justificante de constitución de la fianza en este sobre, se rechazará la oferta no procediendo la apertura del sobre con la propuesta económica.

SOBRE N º 2. Documentación económica

1. Anexo IV, oferta económica debidamente cumplimentada y firmado En el anverso del sobre deberá figurar nombre, apellidos de licitador.

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA que se adjuntará como ANEXO IV

D./Dª ____, con domicilio a efectos de notificaciones en la dirección de correo electrónico ____, con DNI nº ____, en representación de D./Dª____ (o en nombre propio), con DNI nº ____, interesado en la licitación para la enajenación del bien patrimonial ____(indicar el bien de que se trate) hago constar que conozco el pliego de cláusulas administrativas que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el precio de ____ €.

Los gastos derivados del contrato tales como anuncios, impuestos (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), gastos de notaria e inscripción serán de cuenta del adquirente 

En ____, a ____ de ____ de ____.

Firma del licitador.»

2. La Fianza, justificante documental. Conforme a lo dispuesto en el artículo 137.6 de la ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas, para tomar parte en el procedimiento de licitación deberán constituir una fianza de un 5 por 100 del valor de tasación del bien

PODRAN SER CAUSAS DE EXCLUSION DE LA SUBASTA

No presentar las copias acreditativas de la personalidad y representación de los licitadores

No presentar el documento original de las copias aportadas en el caso de ser requerido por la Mesa para su cotejo

No presentar la fianza conforme dispone el pliego Remitir la fianza en el sobre N º 2

No poner nombre y apellidos en los sobres No remitir el anexo III

No remitir firmada la autorización para la cesión de datos personales

Remitir la documentación fuera de plazo

No tener entrada la documentación en el plazo marcado en el pliego

Las ofertas serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial.

Cada licitador no podrá suscribir más de una proposición/oferta para el presente contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen este contrato, sin salvedad o reserva alguna.

Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar la ley de contratos del sector público, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.

CLÁUSULA 6ª.- Garantía/Fianza

Dispone el artículo 137.6 de la ley de patrimonio de las administraciones publicas 33/2003, de 3 de noviembre, que la participación en un procedimiento de adjudicación de inmuebles requerirá la constitución de una garantía de un 5 por 100 del valor de tasación del bien.

La garantía podrá constituirse en las siguientes modalidades previstas en la legislación de contratos de sector público, indicándose a tales efectos los siguientes:

Efectivo, mediante transferencia efectuada a favor de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, entidad bancaria, Caixa, número de cuenta ES36 2100 8665 9002 0001 7813 indicando en concepto, “pago garantía participación subasta procedimiento puja al alza expediente gestiona 4903/2021”, y que será depositada por la Tesorería de la Diputación Provincial de Guadalajara.

Aval prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de la ley de contratos del sector público, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse por la Tesorería de la Diputación Provincial de Guadalajara.

Contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de la ley de contratos del sector publico establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro de caución deberá depositarse por la Tesorería de la Diputación Provincial de Guadalajara.

En el caso de Aval y certificado de seguro de caución, se presentará la documentación justificativa bien en papel en el registro de la Diputación Provincial de Guadalajara, bien por sede electrónica de la Diputación Provincial indicando número de expediente gestiona 4903/2021 participación subasta por el procedimiento “Puja al alza”, remitiendo asimismo correo electrónico con la documentación justificativa al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

CLÁUSULA 7ª.- Mesa de apoyo.

La Mesa de Apoyo estará formada por los siguientes miembros:

a) presidente: director/a asuntos económicos

En caso de sustitución por ausencia, será suplido por un técnico del servicio de contratación

b) Vocales:

-vocal con funciones jurídicas - secretaria de la Diputación Provincial de Guadalajara. En caso de sustitución por ausencia, ser suplido por asesor/a jurídica de la Diputación provincial de Guadalajara - vocal – Interventor de la Diputación Provincial de Guadalajara (…)

c) secretaria: directora de contratación de la Diputación Provincial de Guadalajara

El apartado 7 de la Disp. Adic. 2ª LCSP 2017 señala que la Mesa de contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma.

Actuará como secretario un funcionario de la Corporación.

En ningún caso podrá formar parte de las Mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas, personal eventual. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente.

La composición de la Mesa se publicará en el boletín oficial provincial de Guadalajara. 

CLÁUSULA 8ª. Del acto de enajenación, tipo de licitación y adjudicación

Una vez finalizado, el plazo de presentación de documentación y ofertas, se constituirá la mesa de apoyo a la enajenación en dos sesiones:

Primera Sesión: se celebrará a puerta cerrada con el único objetivo de revisar la documentación administrativa aportada por los licitadores en el sobre n º 1.

En el caso de que la documentación adolezca de algún defecto subsanable se comunicará al licitador mediante correo electrónico para que subsane y presente la documentación solicitada en el plazo de tres días hábiles.

Segunda Sesión: se reunirá en las dependencias de la Diputación Provincial de Guadalajara, sita en plaza moreno 10, Guadalajara, el día y hora se publicará con antelación suficiente en el boletín oficial provincial de Guadalajara, y una vez transcurrido el plazo de tres días hábiles para presentar la subsanación y documentación solicitada.

El objeto de la sesión es verificar la documentación aportada por los licitadores a los que en su caso se haya requerido para subsanar y apertura de las ofertas económicas contenidas en el sobre n º 2.

Este acto es público y estará sujeto a las limitaciones establecidas por las autoridades sanitarias en el momento de su celebración, para garantizar la seguridad y salud de los asistentes. Para poder asegurar las adecuadas medidas de distanciamiento, el licitador que desee asistir al acto público deberá de notificarlo mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ,indicando nombre, apellidos, nif .

La enajenación se realizará por el procedimiento de “Puja a la baja” con presentación de posturas en sobre cerrado, y entre los licitadores que hayan obtenido una calificación favorable. La presentación de pujas en ningún caso será inferior al límite o tipo inferior fijado de 173.209,71 €, en cuyo caso será rechazada. La oferta presentada será siempre igual o superior al límite inferior (173.209,71 €), siendo adjudicada a la oferta económica más alta de las presentadas por los licitados con calificación favorable, aun cuando esta fuere inferior del tipo de superior de tasación 237.533,88

La oferta económica presentada será pura y simple, no se entenderán incluidos en la misma gastos de naturaleza fiscal o cualesquiera otros derivados del procedimiento de enajenación del bien inmueble por subasta y que son atribuibles al adquirente. A tales efectos, una vez valorada ex ante la documentación general y/o subsanados los defectos u omisiones, la Mesa determinará los licitadores con calificación favorable, con pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y causas de su rechazo. A continuación, la adjudicación se realizará a favor de la oferta económica más ventajosa (art.137.2 de la ley 33/2003, de 3 de noviembre.

A la vista de la cual, la Mesa declarará mejor rematante al licitador que haya formulado la postura más elevada. Si existiera un empate entre las mejores ofertas se decidirá en el acto si estuvieran los licitadores presentes, abriéndose para ese concreto caso una “Puja al alza” presentando los licitadores de viva voz, las sucesivas posturas y ofertas, y adjudicándose provisionalmente el bien al que presentara una oferta económica más elevada. Si alguno de los licitadores empatados no estuviera presente, la adjudicación recaerá sobre el que primero hubiera presentado su oferta, para lo cual se atenderá a la fecha de entrada en alguno de los registros señalados en la convocatoria.

La enajenación del bien inmueble es una operación sujeta y no exenta de impuestos, a tales efectos del impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados, a la que estará obligado a liquidar el adquirente del bien en la comunidad autónoma de Madrid por emplazarse el bien en dicha comunidad, sin perjuicio del pago de cualesquiera otros impuestos, tasas o gastos que procedan por la transmisión cuyo abono asume el adjudicatario, salvo el impuesto por incremento de valor de terreno (plusvalías) que será de cuenta de la Administración.

La cantidad que resulte como remate se abonará por el adjudicatario, de una sola vez, abonándose dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se le notifique la adjudicación, mediante ingreso en cualquiera de las cuentas bancarias de titularidad provincial. Será de cuenta del adjudicatario cuantos gastos, impuestos o arbitrios se originen con ocasión de la enajenación incluidos los de publicación, otorgamiento de escritura y posteriores registrales. Una vez declarada la adjudicación provisional por la Mesa, se dará por finalizado el acto público, levantando acta firmada.

Finalizado el acto público de subasta, se abrirá un tramite de impugnación de las adjudicaciones provisionales, a cuyo efecto el/la presidente de la mesa invitará a los interesados a poner de manifiesto las posibles reclamaciones acerca del procedimiento de licitación y, en su caso, la impugnación del acto de adjudicación provisional, que serán resueltas en el mismo acto, con la debida motivación. De todo ello, se dejará debida constancia en el acta de la sesión. Una vez resueltas las incidencias y reclamaciones si las hubiere, la Mesa de apoyo a la Enajenación comunicará al Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara el resultado de la subasta, quien a su vez, en el ejercicio de las competencias que tiene asignadas legalmente asignadas por virtud de la Disposición adicional Segunda, ordinal noveno de la Ley de contratos del Sector Publico 9/2017, de 8 noviembre, no superando además el presupuesto base de licitación el diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto según consta en expediente, ni tampoco excediendo de los tres millones de euros y en aplicación también del artículo 34 de la ley de bases del régimen local 7/1985, de 2 de abril, mediante resolución elevará la adjudicaciones provisionales a definitivas

La resolución de adjudicación definitiva deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el boletín oficial provincial en el plazo de 15 días. La notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella en todo caso deberá figurar la siguiente:

a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.

b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta. 

c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, la proposición/oferta económica del adjudicatario determinante de que haya sido seleccionada En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la suscripción del contrato privado. Sin perjuicio de la necesaria elevación a escritura pública del contrato privado de compraventa.

CLÁUSULA 9ª. Derechos y obligaciones, pago del precio y formalización

Las partes tendrán los derechos y las obligaciones naturalmente derivados del objeto del contrato, con arreglo al presente Pliego, la ley de patrimonio de las Administraciones Publicas 33/2003, de 3 de noviembre, el Reglamento de bienes de las entidades Locales RD 1372/1986, de 19 de junio, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017- y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -RGLCAP-, o normativa que los sustituya, y artículos 1145, 1278, 1279 y ss del código civil, y resto de normativa que sea de aplicación

Dada la naturaleza del contrato privado compraventa de bien inmueble, no se establecen condiciones especiales de ejecución. Asimismo, resulta aplicable en materia de obligaciones las instituidas en el artículo 1145 y ss del código civil. “Por el contrato de compra y venta, uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella, un precio cierto, en dinero o signo que lo represente”

El adjudicatario recibirá notificación de adjudicación, donde se especificará el bien inmueble adjudicado, detallando el precio a pagar. Sin perjuicio de lo anterior, los demás gastos serán asumidos por el adjudicatario, incluidos los de publicidad en el BOE, en su caso.

El adjudicatario asumirá mediante declaración expresa incluida en el anexo I (solicitud de participación) los riesgos por daños que el bien inmueble pueda sufrir desde la resolución definitiva de adjudicación firme hasta la formalización del contrato privado de compraventa mediante escritura pública, salvo los que fueran imputables a la Administración por dolo o negligencia grave. Antes de la firma del contrato, en el plazo de quince días hábiles desde que reciba la notificación de adjudicación deberá efectuar el ingreso de la cantidad reclamada, y que reflejará la comunicación de adjudicación recibida en la c/c del banco CAIXA número de cuenta ES36 2100 8665 9002 0001 7813 indicando en concepto “Pago venta bien Inmueble - subasta expediente GESTIONA 4903/2021”.

Del importe total se descontará el deposito presentado para la licitación, que será imputado al pago. Si el adjudicatario renunciase a la adjudicación, o no atendiese a las obligaciones que le corresponden, perderá el depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización por las eventuales perdidas que se hubieren originado. En ambos supuestos, podrá procederse a la adjudicación al segundo mejor postor de la subasta. Posteriormente, se le remitirán dos originales del contrato de compraventa del bien inmueble, que deberá firmar y devolver a la misma dirección que presento la oferta. Una vez suscrito por el presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, le será devuelto un original.

Recibido el adjudicatario el original del contrato firmado por ambas partes, se deberá formalizar el contrato privado en escritura pública en un plazo no superior a quince días hábiles siguientes a la firma del contrato, salvo causas de fuerza mayor justificada. El otorgamiento de escritura publica se realizará ante notario de Guadalajara, que por reparto corresponda previa consulta al colegio notarial. La formalización del contrato deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el boletín oficial provincial.

Todos los gastos dimanantes de la formalización, así como de los anuncios oficiales serán de cuenta del adjudicatario. También lo serán los tributos de cualquier clase que deriven del contrato Transcurrido el plazo de quince días hábiles sin elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa, por causas no imputables a la Administración, se devengarán a cargo del comprador los gastos vinculados al bien inmueble, así como una penalización de 50 euros por cada día que transcurra de más, hasta la elevación a escritura pública del contrato privado. Asimismo, la declaración de asunción de riesgos firmada por el adjudicatario mantendrá sus efectos hasta la fecha de escritura del contrato de compraventa.

Los documentos originales de las fianzas constituidas por los licitadores, que no hubieran resultado adjudicatario, serán devueltos a los licitadores mediante correo certificado con acuse de recibo, una vez finalizado el acto de la subasta, o cualesquiera otros medios adecuados en derecho.

Tanto la fianza como el importe del remate del bien inmueble adjudicado, será considerado depósito constituido por el adjudicatario hasta la fecha de protocolización mediante escritura pública de la compraventa privada. Si el adjudicatario renunciase a la adquisición expresamente o tácitamente por no atender a las obligaciones que le corresponden, entendiéndose entre otros supuestos, que se produce dicha renuncia tácita a la adquisición, si en el plazo de un mes desde la firma del contrato privado de compraventa no ha procedido por causas al adjudicatario imputables a la elevación a escritura publica del citado contrato, perdiendo el depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización por las eventuales perdidas que se hubieren originado. En ambos supuestos, podrá procederse a la adjudicación al segundo mejor postor de la subasta.

CLÁUSULA 10ª. Modificación del contrato A tenor de lo dispuesto en el artículo 26 LCSP los contratos privados en cuanto a modificación, efectos y extinción se regirán por el derecho privado

CLÁUSULA 11ª.- Régimen Jurídico y Jurisdicción competente 

Este contrato tiene carácter privado. Su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en el presente pliego de cláusulas administrativas, siendo de aplicación en lo no previsto en el mismo las siguientes normas:

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) -RGPD-.

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales -LOPD/18-.

Ley de Patrimonio de las Administraciones Publicas 33/2003 de 3 de noviembre, (art.136 y ss)

Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, RD 1372/1986, de 13 de junio

Código civil (art.1145 cc, ..art, 1278,1279, 1289 cc, y concordantes)

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-.

Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -RGLCAP-.

Sin perjuicio, del resto de normas de aplicación En lo que respecta a su efectos, modificación y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado. En cuanto a la Jurisdicción competente.

El artículo 27 1. Dispone que “Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las siguientes cuestiones: b) Las que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas”. así previo agotamiento de la vía administrativa por medio de los recursos legalmente establecidos, y una vez firme la misma, las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación se sustanciaran en el orden jurisdiccional contencioso.

El artículo 27. 2. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver: a) Las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción de los contratos privados de las entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores, sean o no Administraciones Públicas, con excepción de las modificaciones contractuales citadas en las letras b) y c) del apartado anterior.

CLÁUSULA 12ª. Tratamiento de los datos de carácter personal como condición especial

La Diputación Provincial de Guadalajara velará por el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos de personales. No es necesario en el presente contrato dar cumplimiento al artículo 202.2 y 122.2 de la LCSP, puesto que se trata de un contrato privado de enajenación de un bien inmueble que se agota con la transmisión y pago, y que no deriva obligación de ejecución para el contratista por la que deba de acceder a datos personales. Sin perjuicio de lo anterior, los licitadores presentaran un anexo III autorizando la cesión de datos personales a los efectos que se pretenden en el presente contrato.

CLÁUSULA 13ª.- Cláusula de Confidencialidad

El adjudicatario y toda persona física o jurídica de él dependiente que, por razón del presente contrato acceda o pueda acceder a datos personales responsabilidad de esta Administración, sólo podrá tratar dichos datos siguiendo las instrucciones del responsable de tratamiento de esta Diputación Provincial, salvo que esté obligado al tratamiento de los citados datos en virtud del Derecho de la Unión Europea o de los Estados miembros.

ANEXOS

ANEXO I. MODELO SOLICITUD PARTICIPACION

ANEXO II. DECLARACION RESPONSABLE

ANEXO III. AUTORIZACION CESION DATOS PERSONALES

ANEXO IV. OFERTA ECONOMICA DETALLADA

ANEXO V. Descripción del Bien Objeto de Enajenación y enlace para visionado de fotos, declarando que conoce el bien inmueble íntegramente y renuncia a cualesquiera reclamaciones - Situación: Calle Ponzano n.º 18 Primero, 1º Interior C MADRID. - Linderos: ____. - Superficie aproximada: ____. - Títulos: ____. - Cargas y gravámenes: ____. - Valoración técnica: ____ - enlace a web para acceso a reportaje fotográfico El interesado manifiesta bajo su responsabilidad que ha tenido conocimiento íntegro del bien inmueble y de su estado por la presente descripción, el pliego de prescripciones técnicas, así como el acceso al enlace web, del reportaje fotográfico, renunciando a cualesquiera reclamaciones judiciales y/o extrajudiciales.

ANEXO I

INSTANCIA DE SOLICITUD DE PARTICIPACION EN SUBASTA PUBLICA A LA BAJA PARA ENAJENACION DE BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA

(Publicación del anuncio de la subasta, BOE Núm…………de …………./……./2020)

A la Sr. PRESIDENTE DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA

D. /Dª (Apoderado o representante):……………………………………con DNI:……………… en nombre propio o autorizando a (Autorizado): D…………………………………con DNI:…. …………………………. Persona Jurídica D./D.ª (Apoderado o representante): …………………………………….con DNI:…………..... actuando en representación de (Razón Social):……………………….con C.I.F………….... según escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo…………………….otorgado por………………………, con fecha……………….en la ciudad…………………………………………………………………………………………….. con domicilio en (Localidad/Provincia): …………………………………………………………... Calle/Plaza: ………………………………………………………………………………………….. Código postal:…………….. Teléfono de contacto (fijo y móvil)………………./……………….. Correo electrónico/fax:………(dato obligatorio)…………..

DECLARA:

1. Que solicita tomar parte en el procedimiento convocado por la DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA para la enajenación de bien inmueble, mediante subasta pública a la baja.

2. Que, por ello, adjunta a esta instancia el sobre cerrado con la documentación exigida en el pliego de condiciones y en cuyo anverso consta escrito lo siguiente: Nombre y apellidos o razón social de licitador: (Deberá ir firmado)

3. Asumirá mediante declaración expresa los riesgos por daños que el bien inmueble pueda sufrir desde la resolución definitiva de adjudicación firme hasta la formalización del contrato privado de compraventa mediante escritura pública, salvo los que fueran imputables a la Administración por dolo o negligencia grave.

Se remitirán los sobres a A/A SECRETARIA MESA DE APOYO, DIRECTORA DE CONTRATACION - EXPEDIENTE ENAJENACION POR SUBASTAS– BIEN INMUEBLE CALLE PONZANO (MADRID) - EXP GESTIONA 4903/2021

Sobre 1 Documentación administrativa

Que incluye el presente ANEXO I, y los anexos II, III según pliego condiciones

Sobre 2 incluye oferta económica ANEXO IV y justificante FIANZA

Que autorizo la notificación por correo electrónico SI (dato obligatorio para comunicaciones)

Y para que conste, firmo la presente solicitud, a efectos de poder tomar parte en la Subasta Pública convocada por la DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA .

En ……………., a……de…………..de 2022 Firmado. (Imprescindible)

 

ANEXO II

DECLARACION RESPONSABLE

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LICITAR MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA DE BIEN INMUEBLE DE TITULARIDAD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR EL PROCEDIMIENTO DE “PUJA A LA BAJA” con presentación de posturas en sobre cerrado EXPEDIENTE GESTIONA 4903/2021

RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de ………………………...…………………....………

DECLARA:

Bajo su responsabilidad

Que el firmante ostenta la representación de la empresa que presenta la oferta.

Que no se haya incurso, ni el/ella, ni la empresa que representa, en ninguno de los supuestos legales de prohibición, incapacidad ni incompatibilidad para contratar, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 71 de la LCSP

Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y, si las tiene, están garantizadas.

En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….

Fdo.:

 

ANEXO III

MODELO NORMALIZADO AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

IDENTIFICACIÓN DEL LICITADOR/POSTOR:

Apellidos:

Nombre:

D.N.I.:

F. Nacimiento:

Dirección:

Población:

C.P.:

Provincia:

Teléfono:

Email:

El licitador arriba reseñado, autoriza a la DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA, ORGANO DE CONTRATACION, a la utilización de sus datos de carácter personal, con y para los fines que más adelante se indican.

El licitador/postor autoriza el tratamiento de los datos personales suministrados voluntariamente a través del presente documento y a la actualización de los mismos.

Por el hecho de firmar la presente, acepto la cesión de mis datos personales a las mismas, para los fines de relacionados con la tramitación de actuaciones en el procedimiento de enajenación por subasta “mediante postura a la baja” expediente gestiona 4903/2021, incorporación a base de datos, documentos públicos y privados necesarios a los efectos de dar cumplimiento a la perfección y formalización del presente contrato, cesión a notarios, registros, y hacienda publica y/o recaudación de otras Administraciones territoriales en su caso, utilización de los mismos para las funciones de averiguación e inspección en su caso, utilización y tratamiento de datos en procedimientos de responsabilidad que del contrato privado de compraventa se deriven, así como en su caso traslado a los órganos competentes de otras Administraciones para tramitar eventuales responsabilidades que del presente contrato se deriven sin necesidad de comunicación de los mismos.

Firma del autorizante

 

ANEXO IV

OFERTA ECONOMICA

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª ____, con domicilio a efectos de notificaciones en la dirección de correo electrónico ____, con DNI nº ____, en representación de D./Dª____ (o en nombre propio), con DNI nº ____, interesado en la licitación para la enajenación del bien patrimonial ____(indicar el bien de que se trate) hago constar que conozco el pliego de cláusulas administrativas/condiciones generales y el pliego de prescripciones técnicas que sirven de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el precio de ____ €.

Los gastos derivados del contrato tales como anuncios, impuestos (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), gastos de notaria e inscripción serán de cuenta del adquirente.

En ____, a ____ de ____ de ____.

Firma del licitador.»

 

ANEXO V

DESCRIPCION BIEN INMUEBLE

-Situación: C/ Ponzano, n.º 18. 1º Interior C Madrid finca:

- Superficie: superficie construida 43 m2. (escritura)

- Linderos:

Datos de escritura PISO PRIMERO INTERIOR DERECHA de la casa número dieciocho de la calle de Ponzano de Madrid.

- Está situado encima del bajo interior derecha y debajo del segundo interior derecha.- la extensión superficial es de treinta y cuatro metros cuadrados y medio.

- Linda por Nor-Este, con el descansillo de la escalera por donde tiene su entrada y con el patio posterior de la casa.

- Por el Sur-Este o derecha mirando desde la calle Ponzano, con la medianería de la casa número 17 de la calle Virtudes y con el patio posterior ser-este de la casa.

- Por el Sur con la medianería de la casa número dieciséis de la Calle Ponzano

- Por el Oeste y Noroeste, con el piso primero exterior izquierda.- Consta de tres habitaciones, cocina y retrete

- Superficie aproximada: 43 metros cuadrados construidos.

- Títulos: Figura inscrito en el Registro de la Propiedad n.º 6 de Madrid a nombre del Hospital de Dementes de Guadalajara, dependiente de la Diputación Provincial de Guadalajara, al 100% en pleno dominio, por título de Herencia en virtud de escritura autorizada el día veinte de diciembre de mil novecientos setenta y ocho por el Notario de Guadalajara Don José Alberto García Burgos,que motivó la inscripción 2ª de fecha cuatro de agosto de mil novecientos ochenta y tres, obrante al Tomo 601, Libro 438, Folio 229, Finca 10,429.

- Cargas y gravámenes: No constan.

- Valoración técnica: Durante la visita efectuada el día 18/10/2021 por parte de los técnicos de la Diputación Provincial, se procede a medir el inmueble para el levantamiento del plano correspondiente. Al mismo tiempo se toman las fotografías que se incluyen en el Anexo del presente informe. El piso se sitúa en la planta primera de la finca a la que pertenece y se accede al mismo desde el portal, atravesando después el patio principal y subiendo por la escalera a la que da acceso éste. Todas sus piezas son interiores recibiendo las luces desde dos pequeños patios a los que dan sus ventanas. La altura libre de suelo a techo es de 2,98 m. Se trata de una vivienda que en la actualidad está deshabitada y que se distribuye en las siete piezas siguientes con sus respectivas superficies útiles:

Pieza Superficie útil m2 Hall 2,46 Salón-comedor 6,85 Retrete 1,53 Cocina 2,53 Cuarto de baño 2,44 Dormitorio 1 6,76 Dormitorio 2 5,87 TOTAL 28,44 Según el plano levantado a esta superficie útil le corresponde una superficie construida privativa de 40,48 m2. La superficie construida de elementos comunes, según la ficha catastral, es de 4,00 m2.

En consecuencia, se concluye que la superficie construida total de la vivienda, incluidos elementos comunes son de 44,48 m2.

Tras la mera inspección ocular puede deducirse que la finca estructuralmente es de muros de fábrica de ladrillo, desconociéndose el material de los forjados. Sus cerramientos exteriores también son de muros de fábrica de ladrillo enfoscados y pintados. La carpintería exterior (ventanas) es de madera con vidrio simple. La puerta principal y las interiores son abatibles de madera. Paramentos interiores de yeso y pintados. Cocina, retrete y cuarto de baño alicatados hasta media altura. Cuenta con armarios empotrados con carpintería de madera. El pavimento de toda la vivienda es de baldosa hidráulica salvo los dos cuartos húmedos que son de baldosa cerámica. .

- Antigüedad: Año de construcción: 1945.

- Estado de conservación: Según informe técnico no se aprecian patologías estructurales ni de salubridad (humedades, fugas) dignas de destacarse. No obstante, para una posible utilización inmediata se requeriría una intervención general en acabados y pintura, revisión de la instalación de electricidad, revisión de las instalaciones de fontanería y saneamiento y repaso general de la carpintería interior y exterior. Las características del inmueble descritas son las detectadas en la inspección ocular realizada, no habiéndose realizado pruebas para poder detectar posibles vicios ocultos.

Se adjunta reportaje fotográfico del estado actual del bien inmueble (anexo V)

- Datos catastrales y registrales: Referencia catastral: 0868115VK4706H0012IJ Datos Registrales: Tomo: 601, Libro: 438, Folio: 229, Finca: 10,429, Inscripción: 2ª.

- Valor de tasación para el procedimiento de puja a la baja

237.533,88 €, que se corresponde con el valor de tasación del bien emitido por el nuevo informe técnico. Tipo inferior de la subasta de 173.209,71 euros

Se anejan FOTOS publicadas el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara, enlace al tablón es: https://dguadalajara.sedelectronica.es/board/975040b6-f59b-11de-b60000237da12c6a/

El interesado manifiesta bajo su responsabilidad que ha tenido conocimiento íntegro del bien inmueble y de su estado por la presente descripción, el pliego de prescripciones técnicas, así como el acceso al enlace web al tablón de anuncios del reportaje fotográfico, renunciando a cualesquiera reclamaciones judiciales o extrajudiciales.

Y para que así conste,

Fdo. El solicitante

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00