AYUNTAMIENTO DE COPERNAL
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De conformidad con el acuerdo del Pleno de fecha 07/02/2023, por medio del presente anuncio, se efectúa convocatoria de la subasta para la adjudicación del aprovechamiento cinegético de caza mayor del coto GU-10559 de titularidad municipal, ubicado en los T.M. de Copernal y parte de Hita y Espinosa de Henares, mediante subasta, que se está tramitando en este Ayuntamiento, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Copernal
2. Objeto del contrato: Aprovechamiento cinegético de caza mayor del coto de caza GU-10.559 situado en los T.M. de Copernal, Hita y Espinosa de Henares.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tramitación ordinaria, por procedimiento abierto en subasta.
4. Base de licitación: 23.000,00 euros, excluido el Impuesto del Valor Añadido, al alza por cada temporada cinegética, siendo un total de cinco temporadas.
5. Garantías: Provisional, el 5% del presupuesto de licitación total por las cinco temporadas y Definitiva el 10% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto del Valor Añadido.
6. Capacidad para contratar: Están capacitados para contratar las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera o técnica en los términos que determina la Ley de Contratos del Sector Público 9/17 de 8 de noviembre y el Real Decreto Legislativo 3/ 2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
7. Condiciones Técnico Económicas-Administrativas: La presente adjudicación se regirá por el Pliego de cláusulas económico administrativas aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Copernal y que deberán regir la subasta, así como el pliego especial de condiciones técnico-facultativas, reflejadas en el Plan Técnico de caza, aprobado mediante Resolución de fecha 01/02/2023 de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, quedando ambos sometidos a la siguiente normativa vigente:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y preceptos vigentes del Reglamento de aplicación aprobado por el Real Decreto 1098/2011, de 12 de octubre.
- Ley Orgánica 10/95 de Código Penal, sobre alteración de precios en concursos y subastas públicas.
- Ley 2/2018, de 15 de marzo, de Caza de Castilla La Mancha y su Reglamento de aplicación.
- Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales, Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias.
- Real Decreto 1997/1995, sobre Medidas para garantizar la Biodiversidad.
- Ley y Reglamento de Incendios Forestales.
- Órdenes anuales de caza de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Otras disposiciones en vigor relativas a la materia en especial Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de desarrollo.
8. Duración del contrato: El Contrato tendrá una vigencia de cinco años, dando comienzo en la temporada cinegética 2023-2024 y finalizando en la temporada cinegética 2027-2028.
9. Presentación de proposiciones: Lugar y plazo de presentación, formalidades y documentación: La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del Pliego.
9.1 Lugar y Plazo de presentación: Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Copernal, sito en la Plaza del Ayuntamiento número 1, en horario de 10:00 a 14:00 horas de los martes, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el día 14 de marzo de 2023. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición de envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por teléfono o correo electrónico la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición, en el caso que se recibiera fuera de plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos tres días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
9.2 Formalidades: Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, denominados A y B, y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará y el nombre del licitador.
A. SOBRE A, inscripción del aprovechamiento, con la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del licitador y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
1. Documento Nacional de Identidad del Licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada, o Escritura de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro Correspondiente, cuando el empresario, fuera persona jurídica.
2. Poder bastanteado por los servicios jurídicos o por letrados con ejercicio en ámbito del colegio profesional cuando se actúe por representación.
3. Domicilio en España, a efecto de notificaciones.
2. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional
3. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar, establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público, y Certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. La solvencia económica se acreditará: Para el caso de personas físicas con informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Las personas jurídicas, con presentación de las cuentas anuales o extractos de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.
B. SOBRE B, denominado proposición económica, se ajustará al modelo que figura al final y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: “Proposición para tomar parte en la subasta pública para el arrendamiento del Coto de Caza GU.10.559, y que contendrá la siguiente documentación: Cada licitador, únicamente, podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal.
10. Obtención de la documentación: La documentación del presente expediente se encontrará expuesta en la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Copernal, sito en la Plaza del Ayuntamiento número 1, en horario de 10:00 a 14:00 horas de los Martes. También se podrá solicitar por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
11. Mesa de Contratación: La Mesa de contratación será formada por el Pleno de la Corporación Municipal.
12. Calificación de la documentación y apertura de proposiciones: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, se convocará al Pleno de la Corporación Municipal para el día 21 de marzo de 2023 para proceder a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A y posteriormente a la apertura de la proposiciones de los sobres B.
13. Adjudicación: El órgano de contratación adjudicará el contrato de conformidad con la propuesta del Pleno de la Corporación Municipal. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la apertura de plicas, salvadas las irregularidades pertinentes en la documentación, o, en su caso, en la siguiente sesión que celebre la Corporación Municipal, antes del inicio de la temporada cinegética, a la oferta más ventajosa.
14. Formalización del contrato: El Ayuntamiento de Copernal y el adjudicatario deberán formalizar el contrato de adjudicación en Documento Administrativo, dentro de los 30 días siguientes al de la notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo dicho, el contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del adjudicatario, corriendo los gastos originados por este hecho por su cuenta. El Contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, si no estuviera incorporado al mismo.
15. Gastos a cargo del adjudicatario y del Ayuntamiento: El Ayuntamiento se hará cargo de los gastos relacionados con los Tributos regionales que se deriven del contrato (Matricula del coto de caza) así como de la Redacción y/o revisión del Plan Técnico de Caza. Por el contrario, el adjudicatario deberá asumir cualquier otro gasto relacionado con el expediente de subasta, adjudicación y contrato, que al efecto se formule así como los gastos por los daños causados sobre los cultivos y los necesarios para poner los medios adecuados para la conservación objeto de la caza en el coto, debiendo adoptar las medidas exigidas para el cumplimiento del Plan Cinegético.
16. Derecho de tanteo y retracto: En todo momento, el Ayuntamiento de Copernal podrá ejercer el derecho de Tanteo y Retracto, del que se hace reserva expresa.
17. Condiciones del arrendamiento: El Adjudicatario responderá de toda clase de daños que causen las especies cinegéticas de caza mayor en los terrenos objeto del aprovechamiento y fincas colindantes, especialmente en lo que se refiere a daños sobre cultivos, eximiendo al Ayuntamiento de cualquier responsabilidad civil y subsidiaria. En el caso en el que se estén produciendo daños sobre cultivos, causados por especies cinegéticas (caza mayor), en terrenos objeto del aprovechamiento, a petición del titular del cultivo, se podrá requerir al Adjudicatario para que tome las medidas adecuadas para evitar los mismos. En el caso de que dichos daños sigan produciéndose, el Ayuntamiento, como titular del coto de caza, podrá autorizar a los dueños de los cultivos para tomar medidas extraordinarias de carácter cinegético, única y exclusivamente en los terrenos en los que se hayan ocasionado los daños, para proteger sus cultivos. El Adjudicatario queda obligado a la contratación de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 300.000,00 euros, que responda de las obligaciones derivadas del ejercicio de la actividad cinegética en los terrenos objeto del aprovechamiento. El Adjudicatario deberá realizar el aprovechamiento con cumplimiento estricto de la legislación de caza y conforme al Plan Técnico de caza aprobado por la Administración competente. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el pliego o el impago en las fechas previstas dará lugar a la resolución inmediata del contrato sin indemnización alguna. El arrendatario no pondrá obstáculos en lo relativo a la explotación del aprovechamiento ganadero en las parcelas que integran el coto de referencia (ovino y/o caprino), de manera, que se pueden compatibilizar las dos actividades. De las gestiones administrativas del aprovechamiento cinegético en el coto de caza GU.10.559, se hará cargo el Ayuntamiento de Copernal (solicitud y devolución de precintos, memoria anual de capturas, solicitud de permisos excepcionales de caza, de acuerdo con el arrendatario, solicitud de monterías, ganchos, renovación del Plan Técnico de Caza). Si a la hora de la devolución de los precintos, el arrendatario no entregará todos los entregados en su día por el Ayuntamiento, se le responsabilizará directamente ante la Dirección Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible, e incluso, se le podrá imponer una multa o sanción, si así lo resuelve la Administración. El pago de la renta se hará efectivo mediante transferencia bancaria, por anticipado cada temporada de caza, entre los días 1 al 20 de marzo, salvo la primera temporada que será a la firma del contrato.
18. Régimen jurídico: El contrato se sujetará a lo previsto expresamente en el pliego de condiciones y en el pliego especial de condiciones técnico-facultativas, y en lo no previsto en los mismos, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 7/1985, de 2 de abril y el RDL 781/1986, de 18 de abril, y demás legislación aplicable.
19. Jurisdicción y competencia: El presente contrato tiene carácter administrativo y las prerrogativas de interpretar el mismo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento corresponden a la Corporación contratante, de forma y con arreglo a las normas establecidas en el artículo 114 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, quedando sometido el contratista a la Jurisdicción administrativa a los Tribunales de Jurisdicción ordinaria, en su caso, correspondientes a este Ayuntamiento.
“ANEXO MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D._________________________, con N.I.F. _____________________, y domicilio en _________________________________________________,enterado del Pliego de condiciones económico administrativas y particulares, así como de los demás documentos obrantes en el expediente, solicita en nombre propio o en representación de con C.I.F., le sea adjudicado el aprovechamiento cinegético del Coto de Caza GU.10.326, por el cual ofrece la cantidad de _______________ euros anuales; con estricta sujeción al pliego y demás normas que rigen la presente subasta. Asimismo, se adjunta la documentación acreditativa de la personalidad del solicitante en fotocopia compulsada, resguardo de haber constituido la fianza provisional, declaración de no estar afectado por causas de incompatibilidad e incapacidad y certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Lugar, fecha y firma).”
En Copernal, a 14 de febrero de 2023. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: José Antonio de la Torre Blas