AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Decreto de la Alcaldía
Asunto: Aprobación y bases de convocatoria de selección de personal laboral temporal para la ejecución del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla La Mancha durante el ejercicio 2022-202, y creación de Bolsa de Trabajo con vigencia durante dicho periodo.
Antecedentes y Fundamentos de Derecho
I.- En el marco de la Orden 146/2022, de 27 de julio, subvenciones para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus y se efectúa la convocatoria para 2022, y las que estén en situación de exclusión social, así como efectuar la convocatoria para 2022, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha propuesto la concesión a este Ayuntamiento una subvención para la contratación de 16 personas para la ejecución de los dos proyectos aprobados.
II.- En ejecución de dicha subvención, procede aprobar las bases y convocatoria del proceso selectivo de trabajadores distribuidos para 2 proyectos: Proyecto 1: Fomento urbano del municipio de Fontanar. - Proyecto 2: Fontanar en verde. Además, la bolsa de empleo podrá emplearse- de forma potestativa- por el Ayuntamiento en sus planes locales de empleo para lo cual se dictaría resolución separada con los requisitos de participación.
III.- Las Bases que forman parte de la Resolución, contienen todos los requisitos y detalles del proceso selectivo fueron aprobadas y publicadas en el BOP de Guadalajara nº242, de fecha 22 de Diciembre de 2022.
IV.- El Ayuntamiento de Fontanar no dispone de empleados públicos suficientes con las características concretas que deben tener los miembros de este tipo de Tribunal, por lo que se solicitó colaboración a otras Administraciones Públicas.
V.- La Alcaldía tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En virtud de lo expuesto,
DISPONGO:
PRIMERO. Anular la composición aprobada mediante Decreto nº89 de 29 de enero de 2023 tras detectar error material conforme el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y aprobar nueva composición de la Comisión de Selección de personal laboral temporal para la contratación de contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha conforme la Orden 146/2022, de 27 de julio, y Plan de Empleo Local que llevará a cabo el Ayuntamiento de Fontanar de acuerdo con los antecedentes y al siguiente detalle:
- Presidente: Dª. Silvia Hita Andrés.
- Presidente suplente: D. Eduardo de las Peñas Plana
- Secretario: Dª. Alma María Centeno Calderón
- Secretario suplente: D. José Javier Ruiz Ochayta
- Vocal: Dª. Marta Rubio Blasco
- Vocal: D. Manuel Álvarez García
- Vocal: Dª Araceli Tejedor Conde.
- Vocal suplente: Dª. Isabel López de la Fuente
- Vocal suplente: Dª. María Elena García Martín
- Vocal suplente: Dª. María Paz Guijarro Herranz
SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión que celebre.
TERCERO. Publicar la presente resolución en legal forma a los efectos oportunos.
CUARTO. Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa. Contra él se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, o bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que estime oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
En Fontanar a 3 de febrero de 2023. El Alcalde. Victor San Vidal Martinez.