AYUNTAMIENTO DE VALDEAVELLANO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Valdeavellano adoptado en fecha 20 de Diciembre de 2022, del expediente nº03/2022 de transferencia de créditos entre partidas de distinto Área de Gasto que no afectan a gastos de personal, el cual se hace público con el siguiente detalle:
PARTIDA |
DENOMINACIÓN |
AUMENTO |
DISMINUCIÓN |
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920.226.04 |
Jurídicos, contenciosos |
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239,71 € |
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337.626 |
Equipos para proceso información. Aula digital mayores |
239,71 € |
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TOTALES |
239,71€ |
239,71 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Valdeavellano, a 27 de Enero de 2023. Fdo.El Alcalde, Fernando Ruiz Calvo.