AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
1 |
2 |
Alumbrado público. Material, suministros y otros |
50.000 € |
45.000€ |
95.000€ |
1 |
4 |
Recogida de residuos. A Diputaciones, Consejos o Cabildos insulares |
35.000€ |
30.000€ |
65.000€ |
|
|
TOTAL |
85.000€ |
75.000€ |
160.000€ |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
||
|
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|||
Cap. |
Art. |
Conc. |
|
|
8 |
87 |
870 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
75.000€ |
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TOTAL INGRESOS |
75.000€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Espinosa de Henares, a 17 de enero de 2023. Fdo. El Alcalde. D. Eduardo Navarro Álvarez.