AYUNTAMIENTO DE MOHERNANDO
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito núm. 1/2022, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo al remanente de tesorería, siendo su resumen a efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
ESTADO DE GASTOS
Crédito extraordinario
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
MODIFICACIÓN |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
3.510,00 |
6 |
Inversiones reales |
3.210,00 € |
Suplemento de crédito
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
MODIFICACIÓN |
1 |
Gastos de personal |
700,00 € |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
11.300,00 € |
6 |
Inversiones reales |
928,98 € |
El importe total de la modificación de crédito asciende a 19.648,98 euros y se financia con cargo al Remanente líquido de Tesorería para gastos generales del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
IMPORTE |
8 |
Activos financieros |
19.648,98 |
Contra la aprobación definitiva de la presente modificación de créditos, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Mohernando a 27 de diciembre de 2022. El Alcalde. Fdo.: Iván González Calvo