AYUNTAMIENTO DE ALGORA
4168
Expediente n.º: 62/2022
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de fecha 26 de octubre de 2022, cuyo texto íntegro se hace público en ANEXO, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Algora, a 22 de diciembre de 2022; El Alcalde: Jesús Yela Layna
ANEXO texto íntegro del Acuerdo de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI):
“La modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles consiste en la introducción de la letra c) en el art. 2.3 con el tipo
del 1,3 para los bienes de características especiales”.