AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE LOS ARROYOS
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Transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de las siguientes ordenanzas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local:
-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de recogida de basuras
-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro domiciliario de agua potable y alcantarillado.
Al no haberse presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo tomado por el Pleno de esta Corporación de 28 de Septiembre de 2.022, según lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Siendo su parte dispositiva como sigue:
- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.
Artículo 6 º. 2 .- Cuota Tributaria.
A tal efecto se aplicarán las siguientes tarifas ( anuales ):
- Por vivienda | 75 Euros |
- Por Hoteles, Hostales y Bares-Restaurantes | 160 Euros |
- Por locales, Comercios y casas rurales | 120 Euros |
- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.
Artículo 5.2 º.- Cuota Tributaria
La cuota tributaria a exigir por la prestación de abastecimiento de agua se determinará en función de la cantidad de agua utilizada.
A tal efecto , se aplicarará la tarifa de 0,40 euros por metro cúbico de agua consumida y la cuota anual por alcantarillado y conservación de red de depuraciónde agua será de 5 euros por acometida.
Contra el presente acuerdo de aprobación de la modificación de las ordenanzas, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de 2 meses contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa
En Valverde de los Arroyos , a 7 de Diciembre de 2.022.Fdo. El Alcalde,José Luis Bermejo Mata