AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 13 de octubre de 2022 sobre el expediente n.º 1067/2022, de modificación de créditos n.º 10/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales (136.885,37 euros), que se hace público con el siguiente contenido:
PARTIDAS QUE SE SUPLEMENTAN
A.P. | Denominación | Modificación | |
Á. de G. | Ec. | ||
3 | 2 | Actuaciones de Protección y Promoción Social. Gastos corrientes en bienes y servicios | 85.000,00 |
334 | 22799 | Promoción cultural. | 15.000,00 |
338 | 22699 | Fiestas populares y festejos | 70.000,00 |
1 | 2 | Servicios Públicos Básicos. Gastos corrientes en bienes y servicios | 10.000,00 |
1621 | 22799 | Contenedores podas/enseres | 10.000,00 |
9 | 6 | Actuaciones de Carácter General. Inversiones reales | 41.885,37 |
933 | 621 | Gestión del Patrimonio. | 41.885,37 |
TOTAL | 136.885,37 |
BAJA DE CRÉDITOS
A.P. | Denominación | Modificación | |
Á. de G. | Ec. | ||
9 | 6 | Actuaciones de Carácter General. Inversiones reales | 41.885,37 |
920 | 619 | Otras inversiones de reposición | 40.000,00 |
920 | 609 | Otras inversiones nuevas | 1.885,37 |
TOTAL | 41.885,37 |
El importe total de la modificación de crédito asciende a 136.885,37 euros y se financia con cargo al Remanente líquido de tesorería para gastos generales (RTGG)( 95.000 euros), y por bajas de otras partidas cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio (41.885,37 euros), por dicho importe.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Chiloeches, a 14 de noviembre de 2022. El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano