AYUNTAMIENTO DE MILLANA
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Aprobada inicialmente la modificación y nueva regulación de la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Abastecimiento público domiciliario de Agua Potable en el municipio de MILLANA, por Acuerdo del Pleno de fecha 02.11.2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 DÍAS, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://millana.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
En Millana, a 2 de noviembre de 2022. La Alcaldesa, Fdo: María Soledad Lope Pardo