AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Marchamalo, en Sesión Ordinaria celebrada el día cuatro de octubre de dos mil veintidós, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, sitas en Plaza Mayor, 1 19180 Marchamalo (Guadalajara), de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Asimismo, estará a disposición de los interesados que lo soliciten en la sede electrónica de este Ayuntamiento [https://marchamalo.sedelectronica.es].
Simultáneamente, se publicará el texto de la modificación de la Ordenanza en el portal web del Ayuntamiento [https://www.marchamalo.com] con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Si transcurrido el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado el acuerdo.
En Marchamalo, a 10 de octubre de 2022. Firmado por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría