AYUNTAMIENTO DE YEBES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Yebes de fecha 08/07/2022, sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios, realización de actividades y utilización de las instalaciones deportivas de propiedad municipal en el Centro Deportivo Municipal de Valdeluz, cuyo texto íntegro se hace público en el anexo; en cumplimiento del art. 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente acuerdo, conforme dispone el art. 19 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
ANEXO
Artículo 5. Cuota tributaria.
5.2. Actividades y cursos.
Se incluye la siguiente tarifa:
ESCUELAS DEPORTIVAS (4) (2 CLASES SEMANALES DE 1 HORA) |
|||
MODALIDAD |
Nº MÍNIMO USUARIOS |
EMPADRONADOS |
NO EMPADRONADOS |
9. MULTIDEPORTE |
10 -12 |
165,00 €/temporada |
190,00 €/temporada |
Se incluye el siguiente subapartado:
ESCUELAS DEPORTIVAS (4) (2 CLASES SEMANALES DE 1,5 HORAS) |
|||
MODALIDAD |
Nº MÍNIMO USUARIOS |
EMPADRONADOS |
NO EMPADRONADOS |
1. GIMNASIA RÍTMICA |
10 - 12 |
180,00 €/temporada |
205,00 €/temporada |
Artículo 8. Normas de gestión.
Se da nueva redacción al apartado 2, para adaptarlo a las nuevas tarifas de la escuela de Gimnasia rítmica:
“2. Las tarifas de del epígrafe 5.2 referidas a las escuelas deportivas (excepto la Escuela municipal de Danza) podrán prorratearse a elección del sujeto pasivo en 3 pagos trimestrales, a satisfacer antes del inicio de la actividad de cada trimestre, y con arreglo a los siguientes importes:
- 1º trimestre: 65.- € empadronados y 80.- € para no empadronados.
- 2º trimestre: 50.- € empadronados y 55.- € para no empadronados.
- 3º trimestre: 50.- € empadronados y 55.- € para no empadronados.
La baja en la actividad antes del inicio del 2º o 3º trimestre dará derecho a la devolución de 50.- € por trimestre en el caso de empadronados y de 55.- € para no empadronados.
Las tarifas de la Escuela de Gimnasia Rítmica podrán prorratearse a elección del sujeto pasivo en 3 pagos trimestrales, a satisfacer antes del inicio de la actividad de cada trimestre, y con arreglo a los siguientes importes:
- 1º trimestre: 70.- € empadronados y 85.- € para no empadronados.
- 2º trimestre: 55.- € empadronados y 60.- € para no empadronados.
- 3º trimestre: 55.- € empadronados y 60.- € para no empadronados.
La baja en la actividad antes del inicio del 2º o 3º trimestre dará derecho a la devolución de 55.- € por trimestre en el caso de empadronados y de 60.- € para no empadronados.”
El resto de la ordenanza no sufre modificación.
En Yebes a 26 de agosto de 2022. El Alcalde, José Miguel Cocera Mayor