AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE
2673
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Tras la aprobación definitiva de la modificación parcial de la Ordenanza en cuestión el artículo 14 de la misma queda redactado como sigue:
«ARTÍCULO 14. Bonificaciones. Se establecen las siguientes bonificaciones: Se establece una bonificación del 10% de la cuota impositiva a favor de los sujetos pasivos que se encuentren empadronados en el municipio a 31 de diciembre del año anterior, con una antigüedad de al menos seis meses, tanto para los bienes de naturaleza urbana, como los de naturaleza rústica” » .
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Zarzuela de Jadraque, a cinco de agosto de 2022, Fdo. Alcalde, Miguel Ángel Moreno Casas