AYUNTAMIENTO DE ALOVERA
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El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 26 de mayo de 2022, acordó aprobar inicialmente el expediente de Modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2022, ordenando una información pública durante quince días, lo que se realizó mediante anuncio en el Tablón de la Sede Electrónica y Boletín Oficial de la Provincia núm. 115 de 15 de junio de 2022, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo sin presentarse ninguna reclamación, quedará automática y definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo, publicándose la parte dispositiva del acuerdo.
Finalizado el plazo establecido de quince días, no se ha presentado ninguna reclamación.
Aprobado definitivamente el expediente de Modificación de la Plantilla de Personal 2022, de conformidad con los artículos 169.3 y 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el contenido íntegro de la parte dispositiva del acuerdo definitivo:
“MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO. 1592/2022.- Considerando la necesidad de regularizar la realización de un gasto que viene siendo tradicional en tiempos normales como la celebración del Día de la Paella, se torna necesaria su inclusión como subvención nominativa en las bases de ejecución del presupuesto.
Considerando la necesidad de adquirir mayor flexibilidad en la ejecución del presupuesto de gastos.
Considerando que se emitió Memoria de la Alcaldía.
Considerando que se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Considerando que se emitió informe de Intervención.
Realizada la tramitación legalmente establecida y visto el Informe de Secretaría, se propone al Pleno la adopción del acuerdo conforme a la redacción que consta en el expediente:
-En el acta constan sucintamente las intervenciones de los sres. concejales e íntegras en el vídeo acta-
Enterados del asunto y suficientemente debatido, EL AYUNTAMIENTO PLENO, con el voto a favor de los cinco concejales asistentes del Grupo Alternativa Alovera, el voto a favor de los tres concejales del Grupo Popular, el voto a favor de los dos concejales del Grupo Ciudadanos y el voto a favor del concejal del Grupo Municipal Vox, once votos a favor, y el voto en contra de los tres concejales asistentes del Grupo Municipal PSOE y el voto en contra de los dos concejales del Grupo Unidas Podemos Izquierda Unida Alovera, cinco votos en contra, votando los diecisiete concejales que lo componen, ACUERDA:
PRIMERO.- Modificar la Base 21 de las Bases de ejecución del presupuesto, de modo que el umbral en él previsto se incrementa de 300,00€ a 600,00€, IVA incluido.
SEGUNDO. Modificar la Base 38 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de manera que su redacción queda sustituida por la que sigue:
<< Las subvenciones nominativas recogidas en el presupuesto de 2022 que por su naturaleza no son objeto de concurrencia y que responden a actividades de interés público o utilidad social o con fines asistenciales, son las que se recogen en la siguiente tabla:
APLICACIÓN |
BENEFICIARIO |
C.I.F. |
PROYECTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE 2022 |
334 48210 |
ASOCIACIÓN MUSICAL VILLAHERMOSA DE ALOVERA |
G19183243 |
Financiar los gastos y desarrollar la banda de música de Alovera. |
6.000€ |
341 48410 |
CLUB DEPORTIVO CLUB DE FÚTBOL ALOVERA |
G19120815 |
Garantizar la continuidad de las actividades del club y potenciar las actividades deportivas |
5.000€ |
338 4800 |
CARITAS ALOVERA |
G1900138G |
Fomento de causas benéficas y campañas solidarias. |
3.000€ |
Los importes de las subvenciones que figuran consignados en el Presupuesto tienen carácter limitativo quedando, no obstante, los importes que se concedan, condicionados a los que resulten de la presentación de los distintos proyectos por parte de las asociaciones o entidades beneficiarias.”>>
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, por quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Alovera, a 8 de julio de 2022.- La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.