AYUNTAMIENTO DE LUPIANA
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Aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de alojamiento en la casa de Turismo Rural “Villa de Lupiana”, por Acuerdo del Pleno de fecha 13 de mayo de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza fiscal municipal estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del ayuntamiento de Lupiana.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.
En Lupiana a 18 de mayo de 2022. Fdo.: La Alcaldesa. Blanca del Rio Baños