AYUNTAMIENTO DE PIOZ
894
El Pleno del Ayuntamiento de Pioz, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de marzo de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo al siguiente detalle:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1/2022 en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio 2020, de acuerdo al siguiente detalle:
Estado de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
342 |
600 |
Terrenos |
0 |
68.000 |
68.000 |
011 |
310 |
Intereses |
15.000 |
4.547 |
19.547 |
011 |
913 |
Agrupación de prestamos |
0 |
476.310 |
476.310 |
450 |
622 |
Ute Aguas de Pioz |
0 |
71.100 |
71.100 |
|
|
TOTAL |
|
619.957 |
|
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesoreria, en los siguientes terminos:
Estado de ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
|
|
8 |
87 |
87 |
Remanente de Tesorería Gastos Generales |
619.957 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
- El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
- La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://pioz.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Pioz, a 24 de marzo de 2022. Fdo. El Alcalde-Presidente Juan Antonio Pendás Zacarías