AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Brihuega (Guadalajara) de día 10 de diciembre de 2021 de modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ENTRADA A MONUMENTOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL Y VISITAS GUIADAS A BRIHUEGA, cuyo texto se transcribe en documento Anexo y se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
ANEXO
“VI. TIPO DE GRAVAMEN
Artículo 6º.-
La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija, señalada a continuación, de acuerdo con el siguiente detalle
- Entradas individuales
a) Sala noble del Castillo de Piedra Bermeja | 2 EUROS |
b) Antigua Iglesia de San Simón | 2 EUROS |
c) Museo de Historia | 2 EUROS |
d) Antigua Iglesia de San Miguel | 2 EUROS |
e) Entrada conjunta cuatro monumentos | 6 EUROS |
- Entradas grupales
a) Entrada a un monumento para un grupo cuyo número supere las 15 personas | 30 EUROS |
b) Entrada a los tres monumentos para un grupo cuyo número supere las 15 personas | 90 EUROS |
- Visitas guiadas
3.1 Las visitas guiadas por el Conjunto Histórico de Brihuega, propuestas por el Ayuntamiento se realizarán los sábados, domingos y festivos, con salida desde la Oficina de Turismo.
La duración de esta visita guiada es de dos horas e incluye el acceso con el guía a la Sala noble del Castillo, a la antigua Iglesia de San Simón y a la antigua Iglesia de San Miguel. El turista podrá visitar el Museo de Historia por su cuenta, una vez haya finalizado la visita guiada. Esta visita está dirigida tanto a individuales como a grupos, no superando el número establecido como se detalla a continuación:
Visitas guiadas individuales con entrada a los tres monumentos. El número mínimo de personas para la realización de las mismas es de I personas y el máximo 50 | 6 EUROS/Persona |
3.2 Las visitas guiadas a los campos de lavanda realizadas en autocar, tendrán salida desde el Parque de María Cristina, durante el periodo de floración de la planta.
Las visitas guiadas a los campos de lavanda realizadas en autocar. Esta visita tendrá una duración de una hora | 3 EUROS/Persona |
VIII. EXENCIONES
Artículo 8º.
Quedan exentos del pago de la tasa regulada en esta ordenanza para la entrada en monumentos:
- Los menores de 12 años
- Las personas titulares de la tarjeta ciudadana del Ayuntamiento de Brihuega.
- Quedarán exentos de pago tres días al año que se fijarán por resolución de la Alcaldía, siendo uno de ellos el día del Turista.
- Quedará exento el primer viernes de cada mes par.”
En Brihuega, a 11 de marzo de 2022. Fdo.: Luis Manuel Viejo Esteban, Alcalde-Presidente