AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE
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Teniendo en cuenta que se pretende realizar una obra en el claustro del Castillo de Jadraque (Guadalajara).Visto el informe de secretaria de fecha 27/01/2022.
Considerando que se trata de una delegación especial, según el artículo 43. 5 a) del R.O.F. de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
«a) Relativas a un proyecto o asunto determinado. En este caso la eficacia de la delegación, que podrá contener todas las facultades delegables del alcalde, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto.
De acuerdo con el artículo 21.1.3 y el 23.3 y el artículo 43.5 a) del R.O.F de las entidades locales
RESUELVO:
PRIMERO. Delegar en D º Jesús de Melado García , las siguientes atribuciones, mientras que dure el proyecto de la OBRA DEL CLAUSTRO del Castillo hasta que las obras sean r realizadas.
1.- Actos los actos administrativos necesarios para la realización del proyecto de la OBRA CLAUSTRO del Castillo, no solamente la iniciación del expediente , en materia de contratación.
CONTRATACIÓN:
- Adjudicación de los contratos sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y firma de documentación para su formalización.
- Aprobación del gasto y adjudicación de contratos.
- Incoación y actos de instrucción en procedimientos de imposición de penalidades, incautación de garantías y resolución de contratos.
- Suspensión de plazos de contratación.
- Requerimientos a licitadores.
- Aceptación de la propuesta de la mesa de contratación a que hace referencia el artículo 150. 2 de la Ley 9/2017.
- La emisión del informe relativo a la adopción de medidas cautelares en los recursos especiales en materia de contratación del artículo 49. 2 de la Ley 9/2017.
- Firma de la memoria técnica o proyecto de obra.
2.-Comunicaciones para recabar informes de otras Administraciones y organismos, y para publicar cualquier acto o disposición en los diarios y boletines oficiales y demás medios informativos, en su caso.
3.-Formalización de documentos derivados de expediente de contratación :escrituras públicas, contratos , convenios formalizados en documento administrativo, licencias y autorizaciones.
4.-La resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los actos que dicten en el ejercicio de sus competencias, así como la revocación y rectificación de errores en los términos establecidos en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.-Resolución de expedientes sancionadores que concluyan con la imposición de multas leves y graves cuya competencia esté atribuida por la legislación correspondiente al Alcalde que estén relacionados con la OBRA DEL CLAUSTRO del Castillo de Jadraque (Guadalajara).
En los casos de vacante, enfermedad o ausencia de los titulares de la delegación, la misma será asumida por el Alcalde-Presidente, durante el tiempo mínimo imprescindible de duración de la sustitución.
SEGUNDO.- Dar traslado del presente acuerdo a D º Jesús del Melado García efectos de su conocimiento, entendiéndose su aceptación si, en el plazo de tres días desde la recepción de la notificación, no se oponen a la misma de forma expresa.
TERCERO.- Insertar el presente acuerdo en el tablón de edictos municipal, en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia, para general conocimiento y con las oportunas advertencias legales, sin perjuicio de su efectividad a partir del día de la fecha del presente acuerdo..
CUARTO. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que se celebre.
En Jadraque a 11 de febrero de 2022 El Alcalde-Presidente .Fdo.: Héctor Gregorio Esteban