Ayuntamiento de Viñuelas
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2016, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Estado de gastos |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
127.430,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
112.930,00 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de personal |
40.380,00 € |
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
66.300,00 € |
CAPÍTULO 3: Gastos financieros |
250,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
6.000,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
14.500,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones reales |
14.000,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
500,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
127.430 € |
Estado de ingresos |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
127.430,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
120.430,00 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos directos |
43.500,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos |
11.500 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
34.530,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
23.100,00 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales |
7.800,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
7.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
7.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
127.430,00 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS DE CARRERA.
• SECRETARIA INTERVENTOR, GRUPO A1.
B) PERSONAL EVENTUAL:
• 1 PLAZA PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES.
RESUMEN.
Funcionarios: 1.
Eventual: 1.
TOTAL PLANTILLA: 2.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Viñuelas a 12 de enero de 2016.– El Alcalde, Arsenio Pérez Ortega.