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Cogolludo
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Escariche
Escopete
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Estriégana
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Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
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Guadalajara
Gualda
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Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
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Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
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Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
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Mantiel
Maranchón
Marchamalo
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Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
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Jueves, 10 Febrero 2022 08:02

RESOLUCIÓN 04/02/2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SOBRE EL RECONOCIMIENTO, EN CONCRETO, DE LA UTILIDAD PÚBLICA DE LA INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DENOMINADA TELESTO SOLAR 9 DE 37,95 MWP, INFRAESTRUCTURAS AUXILIARES Y DE EVACUACIÓN

343

Resolución 04/02/2022, de la Dirección General de Transición Energética, sobre el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica denominada Telesto Solar 9 de 37,95 MWp, infraestructuras auxiliares y de evacuación en San Andrés del Rey y Budia (Guadalajara) (Ref: 2703/01103).
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CONSEJERIA DESARROLLO SOSTENIBLE


343

Visto el expediente incoado en la Dirección General de Transición Energética, y el informe del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas, para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica denominada “Telesto Solar 9”, con las siguientes características:

  • Peticionario: SOLARIA PROMOCIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO, S.L.U. CIF: B87878518.
  • Denominación del proyecto:
    • Planta Fotovoltaica Telesto Solar 9 de 37,95 MWp, (Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202002970 de 11/02/2021).
    • Adenda al Proyecto de ejecución: Planta Fotovoltaica Telesto Solar 9 de 37,95 MWp, (Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202002970 de 26/04/2021).
    • Adenda al Proyecto de ejecución: Planta Fotovoltaica Telesto Solar 9 de 37,95 MWp, (Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202002970 de 20/07/2021).
    • Adenda al Proyecto de ejecución: Planta Fotovoltaica Telesto Solar 9 de 37,95 MWp, (Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202002970 de 27/08/2021).
    • Subestación San Andrés 220/30 kV, San Andrés del Rey (Guadalajara). Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202003079 de 26/10/2020
    • Línea de evacuación de 220 kV SET SAN ANDRÉS-SET EL PERAL, TT.MM. San Andrés del Rey y Budia (Guadalajara). Autor: Josu Barredo Egusquiza, Nº visado 202003121 de 28/10/2020).
  • Denominación del estudio de impacto ambiental: Plantas Solares Fotovoltaicas San Andrés 138 MWp e infraestructuras de evacuación TT.MM San Andrés del Rey (PSFs) y San Andrés Rey y Budia (Evacuación), Guadalajara. (Autor: ideas medioambientales, 30/10/2020).
  • Características principales de las instalaciones:

Planta solar fotovoltaica “Telesto Solar 9): Instalación solar fotovoltaica con estructura fija biposte inclinada 30º, potencia instalada 37,95 MWp, compuesta por:

  • 97.300 módulos de 390 Wp (37.947 kWp) instalados con estructura fija biposte.
  • 10 Inversores de potencia entre 3.593 kVA y 3.125 kVA cada uno (función de la temperatura de servicio). Potencia total inversores 35,930 MWn, limitados mediante un sistema PPC a la capacidad de acceso de 29,63 MWn otorgada por REE.
  • 5 Centros de transformación de 7200 kVA.
  • 5 Líneas subterráneas de alta tensión 30 kV 497, 3143, 678, 2158 y 3133 m respectivamente, que enlazarán los centros de transformación con la Subestación eléctrica San Andres que forma parte de las infraestructuras comunes de evacuación con otras plantas, que se describen posteriormente.
  • Ubicación de las instalaciones: Polígono 506, parcelas 15,16, 19,21,22,23,24,25,26,28,29,30,31,32,33, Polígono 507, parcelas 1,2,3,4,6,7,9,11,14,15,16, del Término municipal de San Andres Del Rey (Guadalajara).

Infraestructuras de evacuación (ST y LAAT): Esta infraestructura de evacuación (Escalón 2) es compartida con otras 2 instalaciones de producción (Telesto Solar 2 y Telesto Solar 3) y está formada por:

  • Subestación transformadora 30/220 kV-San Andres:

Subestación Transformadora

Ubicación.

Pol 501, Parcela 52  San Andres del Rey

Año:

2020

Tipo:

Ais (220 Kv) / Celdas De Interior (30 Kv)

Sistema 1(220Kv)

Posición 1.1 (Uso O Destino)

Pos. Línea transformador

Posición 1.2 (Uso O Destino)

Pos. Conexión a transformador de potencia

Sistema 2 (30 Kv)

Posición 2.1 (Telesto Solar 2)

Pos. Cuatro celdas de línea

 

Pos. Una celda de acometida de transformador

 

Pos. Una Celda de servci auxili

Posición 2.2 (Telesto Solar 3)

Pos. Cuatro Celdas de línea

 

Pos. Una Celda de acometida de transformador

Posición 2.3 (Telesto Solar 9 )

Pos. Cuatro celdas de línea

 

Pos. Una celda de acometida de transformador

Trasformadores:

(Potencia/ Tipo/Relación De Transformación)

T1

140 Mva / Baño De Aceite / 220/30 Kv Ynd11

T2

115 Mva / Baño De Aceite / 220/30 Kv Ynd11

 

  • Línea eléctrica de alta tensión 220KV de S.T San Andrés a S.E El Peral:

Línea De Alta Tensión de 220 kV.

Ubicación:

San Andrés del Rey y Budía.

Año:

2020

Tipo de conductor:

Simplex 337-AL1/44-ST1A (LA-380 Gull)

Nº Circuitos:

1

Tipo de instalación:

aérea

Longitud:

7.295 m

Tensión:

220 kV

Origen (Coordenadas 30 UTM ETRS89):

515373, 4497879

Fin (Coordenadas 30 UTM ETRS89):

 

521607, 4500894

 

Otras características:

  1. apoyos
  • Otras infraestructuras comunes de evacuación: La planta fotovoltaica arriba descrita efectúa parte de su evacuación de forma compartida, en varios escalones, con otras instalaciones de producción fotovoltaica.
    • Escalón 1, que es compartido con otras 12 instalaciones de producción (Telesto Solar 2, Telesto Solar 3, Titan Solar, Mimas Solar, Dione Solar, Telesto Solar 10, Tethys Solar,Telesto Solar 7, Rhea Solar, Telesto Solar, Telesto Solar 4 y Thermisto Solar) y está formado por la subestación eléctrica 220 kV-EL PERAL y la línea de alta tensión 220 kV que une la SE-EL PERAL y ST-UMA. Dichas instalaciones comunes de evacuación se tramitarán junto con la instalación de producción Telesto Solar 10.
    • Escalón 0, que es compartido con otras 12 instalaciones de producción (Telesto Solar 2, Telesto Solar 3, Titan Solar, Mimas Solar, Dione Solar, Telesto Solar 10, Tethys Solar,Telesto Solar 7, Rhea Solar, Telesto Solar, Telesto Solar 4 y Thermisto Solar) y está formado por la subestación transformadora 220/400 kV-UMA y la línea de alta tensión 400 kV que une la ST-UMA y ST-TRILLO. Dichas instalaciones comunes de evacuación se tramitarán junto con la instalación de producción Telesto Solar 10.
  • Presupuesto de ejecución material: 17.072.251,88 € (PF) + 3.068.125,00 € (ST) + 863.726,88 € (LAAT) = 21.004.103,76 €
  • Evacuación: Comunicaciones favorables de contestación de acceso y conexión coordinado a la red de transporte en la subestación TRILLO 400 kV, de REE de generación renovable.
  • Finalidad: Producción de energía eléctrica por generación fotovoltaica, su transformación y evacuación final a la red de transporte de 400 kV.

ANTECEDENTES DE HECHO.

PRIMERO: Mediante resolución de 03/02/2021, de la Dirección General de Transición Energética, se avocó la competencia para la instrucción del procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción, y reconocimiento en concreto de utilidad pública, de determinados expedientes de instalaciones de producción de energía eléctrica obrantes en la Delegación Provincial de Guadalajara, entre las que se encuentra la instalación del asunto.

SEGUNDO: Con fecha de 13/05/2021, publicada en el DOCM Nº 92 de 14/05/2021, se emite resolución de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto plantas solares fotovoltaicas San Andrés de 138 MWp e infraestructuras de evacuación (expediente Pro-Gu-21-0595), situado en los términos municipales de San Andrés del Rey y Budia (Guadalajara), cuya promotora es Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico S.L.U. La declaración de impacto ambiental considera viable el proyecto desde el punto de vista ambiental, siempre que se realice conforme al Estudio de Impacto Ambiental presentado y a las prescripciones establecidas en la misma.

TERCERO: Mediante resolución de 27/09/2021 de la Dirección General de Transición Energética (ref.: 2703/01103), se otorgó autorización administrativa previa de las instalaciones de referencia a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U.

CUARTO: Con fecha 02/08/2021 Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U. presentó solicitud de autorización administrativa de construcción y de reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones de referencia, la necesidad de ocupación se limita a bienes y derechos afectados por las instalaciones de evacuación.

QUINTO: La documentación aportada junto a la solicitud de reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública fue sometida a información pública, insertándose en los siguientes medios:

  1. Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 10/08/2021.
  2. Tablón de anuncios electrónico de la JCCM, entre los días 11/08/2021 y 22/09/2021.
  3. Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de 09/08/2020.
  4. Diario de tirada provincial “NUEVA ALCARRIA” de 09/08/2021.
  5. Estuvo en exposición en el tablón de edictos de los ayuntamientos afectados.

Durante el trámite de información pública, Dª Elena García Ramos presenta alegación indicando, en resumen, que la construcción de la línea producirá unas limitaciones en la propiedad de la finca que afectarían a un proyecto en curso de una explotación ganadera de cría y cebadero de ganado. Por ello solicita la modificación de la línea de tendido eléctrico a otra ubicación o la valoración e indemnización adecuada, por los daños causados con motivo de la ejecución de la línea, en caso de llevarse a cabo.

En relación a dicha alegación, el promotor expone:

  • Que en el proyecto se ha intentado producir la menor afección posible.
  • Que la servidumbre impuesta sobre la finca tendrá una vigencia aproximada de entre 25 y 35 años, y en todo caso, durante la vida útil de la línea, no imposibilita seguir realizando las actividades acordes con su naturaleza o el uso que indica a un proyecto futuro de explotación ganadera de cría y cebadero de ganado.
  • Que la servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica comprenderá lo establecido en el artículo 158 del Real Decreto 1955/2000.
  • Que la finca sólo está afectada por la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de cita proyección, como así establece el art. 162 del real Decreto 1955/2000.
  • Que, en cuanto a la posibilidad de edificar construcciones en un futuro, advertir que se deberá estar a lo dispuesto en la normativa urbanística y agraria, debiendo respetar la distancia de retranqueo de los linderos, que prácticamente coincidiría con la servidumbre de vuelo de esta línea eléctrica, por tanto, no le afectaría apenas para esas construcciones.
  • Así mismo indicar que se ha puesto en contacto con la alegante para intentar llegar a un acuerdo por las afecciones causadas e indemnizar por la afección causada, y en caso de no llegar a dicho acuerdo, en el momento procedimental oportuno, será el Jurado de Expropiaciones quien concluya el Justiprecio a abonar.

SEXTO: En cumplimiento con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000 se ha informado a otras Administraciones públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general que fueron identificadas por el peticionario como bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación, a fin de que por estas se emita el correspondiente informe. Dicho trámite fue realizado con la autorización administrativa de construcción.

SÉPTIMO: En el expediente consta certificación de acuerdos alcanzados e intento de acuerdo con los propietarios afectados por la solicitud de declaración de utilidad pública de la instalación de referencia con los que no se ha llegado a dicho acuerdo. Las fincas de las que se hayan obtenido acuerdos con los propietarios no serán incluidas en el anexo I de dicha resolución, pues no hay necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados ni implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

OCTAVO: Mediante resolución de 24/01/2022 de la Dirección General de Transición Energética (ref.: 2703/01103), se otorgó autorización administrativa de construcción de las instalaciones de referencia a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U.

NOVENO: El Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas ha emitido informe favorable a reconocer la Utilidad Pública de las instalaciones eléctricas de referencia.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Esta Dirección General de Transición Energética es el órgano competente para la autorización administrativa previa y de construcción de este tipo de instalaciones según lo establecido en el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

SEGUNDO: Justificación de la resolución.

El expediente contiene la documentación necesaria para el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación y se ha realizado la tramitación según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19/06/2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalación de energía eléctrica y demás normativa de aplicación.

Añadir que, tal como establece el artículo 162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la servidumbre de paso de energía eléctrica no impide al dueño del predio sirviente cercarlo o edificar sobre él, dejando a salvo dicha servidumbre, siempre que sea autorizado por la Administración competente, que tomará en especial consideración la normativa vigente en materia de seguridad.

Al respecto de la extinción de las servidumbres más allá de la vida de la instalación, el artículo 155, causas de la extinción de la servidumbre de paso, del citado Real Decreto 1955/2000, establece:

“La servidumbre establecida para la ejecución de una instalación eléctrica regulada por este Real Decreto se extinguirá:

  1. Por la retirada de la instalación. Sin embargo, no se producirá la extinción por la adición, cambio o reparación de sus elementos.
  2. Por la falta de uso de la misma sin causa justificada durante un plazo de nueve años desde que se haya interrumpido el servicio.
  3. Por revocación o extinción de la autorización sobre dicha instalación.
  4. Por las demás causas previstas en el Código Civil.”

En relación con el contenido del expediente indicar:

  1. Respecto a las alegaciones presentadas por Dª Elena García Ramos.

En relación a la petición de no realizar la instalación en terrenos de su propiedad indicar que:

  1. Indicar que la simple negativa a la instalación y cambio de trazado, sin que se acredite motivo objetivo (no se aporta documentación justificativa que acredite futuro proyecto de una explotación ganadera de cría y cebadero de ganado), no puede tenerse en consideración, para ello es necesario justificar técnicamente dicho cambio. El recurrente no presenta una propuesta alternativa, en los términos establecidos en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Además, el conflicto entre el interés general en el servicio eléctrico y los intereses privados ya ha sido ponderado por el legislador cuando ha declarado la utilidad pública de estas instalaciones eléctricas.

En este sentido, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico en su artículo 54 declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, dicha declaración llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52  de la Ley 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. De acuerdo a lo anterior, los titulares de dichas instalaciones tienen el derecho a solicitar el reconocimiento en concreto de la utilidad pública.

  1. En relación con la valoración e indemnización adecuada en caso de llevarse a cabo, esta administración considera que la valoración debe realizarse en el momento procedimental pertinente correspondiente al procedimiento expropiatorio, donde, en su caso, se concretará la indemnización procedente por la afección a las fincas afectadas. En dicho procedimiento expropiatorio se le indemnizará por ello, o bien mediante acuerdo con el promotor o si no hay acuerdo, dicha indemnización se determinará de conformidad con lo previsto en el capítulo III del Título II de la Ley de Expropiación Forzosa. Durante el procedimiento de justiprecio podrán efectuarse las alegaciones que se estimen por convenientes acerca de la cuantía de la indemnización.

Respecto del conjunto de alegaciones, informes y condicionados presentados, a la vista de la documentación aportada, se entiende que no existe ninguna que impida otorgar la autorización administrativa previa y de construcción solicitadas.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada.

Vistos el Decreto 87/2019; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; el Decreto 80/2007; el Real Decreto 1955/2000; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante de aplicación.

En su virtud:

RESUELVE: Reconocer la Utilidad Pública de las instalaciones eléctricas de referencia, a favor de SOLARIA PROMOCIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO, S.L.U., que llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, relacionados en el anexo I, exceptuando de dicha declaración en concreto de utilidad pública los bienes demaniales, si los hubiese(se incluirán en dicho listado únicamente con carácter informativo), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, de 26 de diciembre, lo que llevará implícita la necesidad de ocupación o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente llevará implícito la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso, servicio público o patrimoniales del Estado, o de la Comunidad Autónoma, o de usos públicos, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre públicas, haciendo constar la conveniencia de que la promotora, en todo lo posible, realice las ubicaciones finales de obra en coordinación con los propietarios y evaluando las afecciones a sus propiedades para tratar de minimizar las afeccionen a las instalaciones e infraestructuras existentes.

Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando los sujetos recurrentes (o sus representantes) tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente trámite electrónico disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:  https://www.jccm.es, código RKGU (apartado “Tramitación Online”).

Aquellas personas interesadas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Toledo, 4 de febrero de 2022. El Director General de Transición Energética. Fdo.: Manuel Guirao Ibáñez

 

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DENOMINADA TELESTO SOLAR 9, INFRAESTRUCTURA AUXILIAR Y DE EVACUACIÓN. LÍNEA SAN ANDRÉS (SET SAN ANDRÉS – SET EL PERAL)

Nº PARCELA DATOS DE LA FINCA TITULAR APOYOS VUELO ZONA DE NO EDIFICABILIDAD OC. TEMPORAL CAMINOS DE ACCESO A APOYOS
PROYECTO REF. CATASTRAL PGNO. PARC. TÉRMINO MUNICIPAL USO DEL SUELO PARAJE ENUM. SUP. (m²) LONG. VUELO (m) SUP. (m2) SUP. (m2) SUP. (m2) LONG. CAMINO (m) SUP.OT (m2)
2 19301A501000510000BJ 501 51 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano CAMINO DEL OLIVAR ANA MERCEDES FERNANDEZ MARTINEZ     79,8 1581,8 476,1      
4 19301A501090100000BI 501 9010 San Andrés del Rey  Vía de comunicación de dominio público CAMINO DEL OLIVAR AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY      7 157 70,1      
7 19301A504090090000BW 504 9009 San Andrés del Rey  Vía de comunicación de dominio público CNO VIEJO BUDIA AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY      84,1 2195,1 520      
8 19301A504000300000BL 504 30 San Andrés del Rey  Pastos CAMINO VIEJO AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY  T-3 133,4 151,5 2489,7 1361,1 1600 17,2 51,6
9 19301A504000340000BO 504 34 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CHAMACO REMEDIOS ALBA DE MINGO SANCHO (HEREDEROS)     0 332 259,5      
10 19301A504000350000BK 504 35 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CHAMACO Titular Catastral: ELENA GARCIA RAMOS / Titular Registral: FLORENCIA RAMOS ALBA     0 785,4 612,7      
12 19301A505090020000BM 505 9002 San Andrés del Rey  Vía de comunicación de dominio público CNO DE ARRETURAS AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY      6,3 201,3 30      
15 19301A505000440000BK 505 44 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON REMEDIOS ALBA DE MINGO SANCHO (HEREDEROS) T-5 94,5 169,7 3418,2 1703,3 1600 112 333,8
16 19301A505000450000BR 505 45 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY      59 1353,6 589,5      
17 19301A505000460000BD 505 46 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON Titular Catastral: MIGUEL Y DEMETRIO MORENO ALBA / Titular Registral: DEMETRIO, MIGUEL MORENO ALBA Y CRISTINA MORALES PERUCHA     87,6 2263,8 875      
18 19301A505000470000BX 505 47 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON MARIA JUANA MEDEL GARCIA (HEREDEROS)     93,9 2019,1 939,1      
19 19301A505000480000BI 505 48 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON Titular Catastral: VICTORIA SANZ MEDEL / Titular Registral: VICTORIA SANZ MEDEL Y CIRIACO GARCIA CHICO T-6 86,5 58,4 976,9 521,6 1600 11,4 33,2
20 19301A504000520000BW 504 52 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano LAS NAVAZAS MIGUEL ANGEL Y FRANCISCO JAVIER MARTIN RAMOS     26,2 672,6 370,8      
21 19301A505000490000BJ 505 49 San Andrés del Rey  Labor o Labradío secano EL CERRON ANGELA SANZ MEDEL     0 68,1 123,3      
22 19301A504090020000BI 504 9002 San Andrés del Rey  Vía de comunicación de dominio público COD_VP_1906601_CÑ_REAL_SORIANA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA      47 1429,8 443,9      
23 19301A505090010000BF 505 9001 San Andrés del Rey  Vía de comunicación de dominio público COD_VP_1906601_CÑ_REAL_SORIANA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA      0 0,7 54      
24 19066A520090020000AB 520 9002 Budia  Vía de comunicación de dominio público COD_VP_1906601_CÑ_REAL_SORIANA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA      18,2 579,6 181,9      
25 19066A520000190000AO 520 19 Budia  Labor o Labradío secano GALIANA Titular Catastral: JOSE ANTONIO, FLORENCIO Y CARLOS ALONSO RAMON Y HNO ALONSO GARCIA / Titular Registral: ANICETO, ANTONIO E ISABEL ALONSO GARCIA T-7 94,5 379,5 9781,8 3801,2 1600 219,1 658,7
28 19066A519090010000AK 519 9001 Budia  Vía de comunicación de dominio público CNO POSTIGUEROS AYUNTAMIENTO DE BUDIA      5,51 117,2 55,1      
29 19066A519000190000AH 519 19 Budia  Labor o Labradío secano VALIENTE Titular Catastral: RAFAEL POVEDA CARRION / JUAN JOSE LEDESMA POVEDA     22,4 589,4 396      
33 19066A519000230000AW 519 23 Budia  Labor o Labradío secano CALLEJUELA Titular Catastral: JOSE ANTONIO, FLORENCIO Y CARLOS ALONSO RAMON Y HNO ALONSO GARCIA / Titular Registral: ANICETO, ANTONIO E ISABEL ALONSO GARCIA     0 42,3 143      
34 19066A519090030000AD 519 9003 Budia  Vía de comunicación de dominio público CNO CALLEJUELA AYUNTAMIENTO DE BUDIA      13,6 395 124,3      
35 19066A519000320000AP 519 32 Budia  Labor o Labradío secano PEÑA VALIENTES Titular Catastral:  HEREDEROS DE MAGDALENA CUEVAS ALFARO (ANGELA Y JOAQUINA GARCÍA CUEVAS)     49,8 1294,6 507,3      
42 19066A017090060000SP 17 9006 Budia  Vía de comunicación de dominio público CR GU-932 YELAMOS DIPUTACION DE GUADALAJARA      10,8 577,8 78,3      
43 19066A017003090000SR 17 309 Budia  Pastos FTE PERAL EN INVESTIGACION ART 47      15 943 156      
46 19066A017000250000SD 17 25 Budia  Pastos FTE PERAL HNO POVEDA GARCIA     17,8 694,8 0      
47 19066A017000270000SI 17 27 Budia  Pastos FTE PERAL MARIA TERESA BERMEJO CUEVAS     0 188,2 99,4      
48 19066A017090050000SQ 17 9005 Budia  Vía de comunicación de dominio público CAMINO AYUNTAMIENTO DE BUDIA      9,2 546,3 160,7      
51 19066A017000280000SJ 17 28 Budia  Pastos FTE PERAL MARIA TERESA BERMEJO CUEVAS     31,3 1228,6 55,1      
52 19066A017000290000SE 17 29 Budia  Pastos FTE PERAL HNO POVEDA GARCIA     0 219,4 142,4      
53 19066A017000300000SI 17 30 Budia  Pastos FTE PERAL Titular Catastral: HNO CUEVAS CALVO / CARMEN CUEVAS CALVO     0,6 471,4 17,8      
56 19066A017090020000SB 17 9002 Budia  Vía de comunicación de dominio público CAMINO AYUNTAMIENTO DE BUDIA      6,1 196,8 64,7      
58 19066A017000370000SW 17 37 Budia  Pastos FTE PERAL JULIA ESCRIBANO GARCIA (HEREDEROS) T-12 28,4 54,7 1116,7 456,8 770,5 0 4,9
61 19066A017000480000ST 17 48 Budia  Pastos PILAREJO FRANCISCA CAMBRONERO BERMEJO (HEREDEROS)     16,2 492 70,2      
67 19066A017090100000SL 17 9010 Budia  Vía de comunicación de dominio público CAMINO AYUNTAMIENTO DE BUDIA      0 546,1 176,7      
69 19066A017000590000SI 17 59 Budia  Pastos PILAREJO Titular Catastral: HNO BERMEJO VIEJOBUENO / JULIANA BERMEJO VIEJOBUENO     0 783,5 538,5      
73 19066A513000040000AW 513 4 Budia  Labor o Labradío secano CERCA TINTO MARIA JESUS Y MARIA DEL CARMEN BERMEJO CUEVAS     72,6 1492,1 727,4      
76 19066A512090030000AM 512 9003 Budia  Vía de comunicación de dominio público CNO LOS CERROS AYUNTAMIENTO DE BUDIA      14,9 332,2 142,7      
77 19066A512000430000AM 512 43 Budia  Labor o Labradío secano CNO OLMEDO VICTORIANO CUEVAS MARIN     124,2 3132,3 1204,9      
78 19066A512090010000AT 512 9001 Budia  Vía de comunicación de dominio público CNO OLMEDA AYUNTAMIENTO DE BUDIA      4,2 104 42      
79 19066A514100220000AX 514 10022 Budia  Labor o Labradío secano VALDELAGUA Titular Catastral: IRENE BERMEJO CUEVAS (HEREDEROS) / Titular Registral: PEDRO Y LUIS GALI BERMEJO T-16 74,9 104,2 2040,5 1046,55 995,6 57,6 175,2
85 19066A514090040000AH 514 9004 Budia  Vía de comunicación de dominio público CAMINO AYUNTAMIENTO DE BUDIA      5,4 119 53,7      
89 19066A515000060000AR 515 6 Budia  Labor o Labradío secano PUMAREJOS JULIAN CUEVAS ALVAREZ T-20 86,5 222,7 3231,5 2229,3 1973,8 124,3 368

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