AYUNTAMIENTO DE CHECA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza reguladora de la limpieza de solares y del mantenimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público de Checa cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 3° Concepto de solar.
A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por solar cualquier terreno situado en suelo clasificado como urbano, aunque carezca de todo o algunos de los servicios urbanísticos imprescindible para su definición como solar con arreglo al TRLOTAU
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Checa, a 10 de enero de 2022. El Alcalde, Jesús Alba Mansilla.