AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES
3705
En cumplimiento de la Resolución de Alcaldía de 13 de diciembre de 2021 de rectificación de error aritmético y del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 3 de noviembre de 2021 sobre el expediente n.º 1183/2021, de modificación de créditos n.º 6/2021 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales por importe total de 76.500,00 euros, que se hace público con el siguiente contenido:
Suplemento de crédito
A.P. | Denominación | Modificación | |
Á. de G. | Ec. | ||
1 | 2 | Servicios Públicos Básicos. Gastos corrientes en bienes y servicios | 10.000,00 € |
1 | 6 | Servicios Públicos Básicos. Inversiones reales. | 15.000,00 € |
2 | 2 | Actuaciones de protección y promoción social. Gastos corrientes en bienes y servicios | 6.000,00 € |
3 | 1 | Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos de personal. | 6.000,00 € |
3 | 2 | Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos corrientes en bienes y servicios | 13.500,00 € |
9 | 1 | Actuaciones de Carácter General. Gastos de personal. | 16.000,00 € |
9 | 2 | Actuaciones de Carácter General. Gastos corrientes en bienes y servicios | 10.000,00 € |
TOTAL | 76.500,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Chiloeches, a 13 de diciembre de 2021. El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano