AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Aprobado con carácter inicial por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, sesión ordinaria celebrada el día 3 de septiembre de 2021, la modificación del Texto del Reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones de juventud del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública durante un plazo de treinta día hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que todos los interesados puedan consultar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas.
Transcurrido el plazo sin que se produzca ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
Tras la elevación a definitivo del acuerdo provisional, o la adopción del acuerdo definitivo resolviendo las reclamaciones o sugerencias que en su caso se presenten, se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia el texto aprobado y entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el Art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El texto inicialmente aprobado de la modificación del Reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones de juventud del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara se encuentra expuesto al público en el tablón de Anuncios de Ayuntamiento, así como a disposición de los interesados en el Servicio de Atención Ciudadana, en la Plaza Mayor, 1 de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 horas.
Guadalajara, 20 de septiembre de 2021. El Alcalde-Presidente Alberto Rojo Blas