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Angón
Anquela del Ducado
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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
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Burgos
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Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Martes, 27 Julio 2021 08:07

BASES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DE 4 PERSONAS EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA

2313

BASES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DE 4 PERSONAS EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA.
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AYUNTAMIENTO DE HUMANES


2313

PRIMERO. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El Plan Social de Empleo pretende dar respuesta a la situación de precariedad que sufren muchas personas en la Comunidad de Castilla la Mancha, agravada por la larga crisis económica y que deriva en la dificultad de encontrar un puesto de trabajo, en especial a las personas que han perdido sus trabajos como consecuencia de la crisis provocada por la Covid-19. Con este plan se pretende dar respuesta a corto plazo a la situación de estos vecinos con la intención de paliar su deteriorada situación personal y familiar. Este Plan se concibe como un espacio de encuentro en el que el Gobierno Regional de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha aúna y suma esfuerzos con la Diputación Provincial de Guadalajara y el Ayuntamiento de Humanes. Se pretende con ello, poder desarrollar proyectos de interés general o social que sirvan al mismo tiempo a los intereses del Ayuntamiento. De igual forma, el Fondo Social Europeo contribuye económicamente a este Plan que facilita el acceso al empleo y a la inserción en el mercado de trabajo de personas inactivas y de las que buscan trabajo, y que pretende evitar el desempleo, en particular, el de larga duración.

De conformidad con lo establecido en la Orden 64/2021 de 11 de Mayo de 2021 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo y con los recursos REACT-UE, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19 en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, se establecen las bases que han de regir para la selección de personal para los proyectos incluidos en el Plan, se efectúa la siguiente convocatoria que tiene por objeto la contratación a tiempo completo y con carácter temporal por un periodo general de 6 meses, de los siguientes proyectos y trabajadores:

-Trabajos realizados relacionados con Medio Ambiente y servicios múltiples (3 TRABAJADORES)

-Mantenimiento de las instalaciones de servicio público (1 TRABAJADOR)

Las tareas asignadas son aquellos trabajos consistentes en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con alto grado de supervisión.

Al presente concurso le será de aplicación lo previsto en la Orden de 11-05-2021 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, por la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, por la Ley 7/2007 de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público y por el Real decreto Legislativo 781/1986, por el se aprueba el texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

 

SEGUNDO. MODALIDAD DEL CONTRATO.

La modalidad del contrato es de duración determinada, por plazo de 180 días naturales, no prorrogable, a tiempo completo. Se establece un período de prueba de un mes.

 

TERCERO. REQUISITOS DE ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.

1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en los siguientes colectivos:

a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta y que hayan permanecido inscritos, al menos, 12 meses, dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha, y que, en el momento de su contratación y que pertenezcan a alguno de estos grupos:

1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 30 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.

2º. Demandantes de empleo no ocupados menores de 30 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los servicios sociales Básicos para su inclusión en el programa o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.

3º  Demandantes de empleo no ocupados entre 30 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha. 

4º   Demandantes de empleo no ocupados que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado; y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.

b) Demandantes de empleo no ocupados inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, en la fecha del registro de la oferta, que hayan perdido sus trabajos como consecuencia de la crisis provocada por la COVID-19, a partir de la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.

c) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

d) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo, en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación.

2. No obstante, podrán participar otras personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas en la oficina de empleo de referencia, siempre que en el ámbito territorial de actuación de la entidad no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

EXCLUSIONES:

a) Las personas mayores de 65 años y las menores de 30 años, con la salvedad incluida en el punto 1. apartado a) punto 2º y punto 4º, punto 1, apartado b), c) y d) y punto 2.

b) Padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones.

c) Haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Será causa de exclusión el informe no favorable de participación en cualquier Plan de Empleo de este Ayuntamiento.

 

CUARTO. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

1ª Las solicitudes requiriendo formar parte en la selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al Sra. Alcaldesa –Presidenta del Ayuntamiento de Humanes, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, y se presentarán en el registro de entrada de este ayuntamiento durante el plazo de 10 días naturales desde la publicación del anuncio de las bases y de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, la Página Web del Ayuntamiento y El Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Asimismo se formulará Oferta Pública de Empleo ante la Oficina de Empleo, tal como se estipula en el artículo 23 de la citada orden.

2º En la instancia los interesados deberán aportar la documentación necesaria para poder hacer la baremación (información sobre prestaciones, periodo de inscripción de la demanda, sobre la unidad familiar, nivel de rentas, condición de víctima de violencia de género, condición de discapacidad....).

3º Los interesados propuestos por la Oficina de Empleo deberán personarse en las oficinas municipales y rellenar la instancia si es que están interesados.

La solicitud deberá ir acompañada de Fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

- Documento Nacional de Identidad o, en su caso, de Tarjeta de Residencia.

- Acreditación de la inscripción en la Oficina de Empleo.

- Informe de vida laboral actualizado (Solicitar en Tfno. 901502050 o web: www.seg-social.es).

- Cualquier otra documentación necesaria para la baremación, según lo estipulado en el artículo 6 de la convocatoria.

 

QUINTO. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de instancias, la alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y otorgando plazo de subsanación, transcurrido el cual se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos. Dichas resoluciones, se publicarán en el tablón de edictos y en la sede electrónica del ayuntamiento.

 

SEXTO. COMISIÓN LOCAL DE SELECCIÓN.

En cuanto a la composición de la Comisión Local de Selección, de acuerdo con la Orden de 2 de enero de 2009, y La Ley 7/2007 de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público no podrán formar parte de la misma ni el personal de designación política, ni el los funcionarios interinos, ni el personal eventual. Además la pertenencia a los órganos de selección será a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie (art. 60 Ley /2007).

La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los art. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción de los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como, lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal por mayoría.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente estarán facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás incidencias, el tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sede en la Plaza España s/n, Humanes (Guadalajara).(Oficinas municipales)

El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el tribunal y tendrán voz pero no voto.

 

SÉPTIMO. SISTEMA DE SELECCIÓN. DESARROLLO DEL PROCESO.

1º En la resolución del Sra. Presidenta de la corporación a que se refiere la Base 5ª, se anunciará asimismo el día, hora y lugar en que se reunirá la Comisión Local de Selección a efectos de valoración de los méritos alegados por los concursantes y se hará público en el tablón de anuncios de la corporación.

2º El procedimiento de selección de los aspirantes constará de un concurso en el que se valorarán los siguientes aspectos:

  1. Se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia en desempleo, de acuerdo a la siguiente regla: Por cada periodo adicional de 3 meses en desempleo, por encima de los 12 meses que exige la Orden se otorgarán 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 años de desempleo. Se tendrán en cuenta los periodos de inscripción desde el 1 de Enero de 2015.
  2. La renta per cápita familiar se baremará de acuerdo a la siguiente tabla:

Renta Familiar

Puntos

Ingresos cero

2,5 puntos

De 1 Euro a 100

2 puntos

De 101 a 200

1,5 puntos

De 201 a 400

1 puntos

De 401 a 640

0,5 punto

Más de 640

0 puntos

Se valorarán las responsabilidades familiares: cónyuge, hijos/as tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida de, al menos, el 33%) y que carezcan de ingresos.

Por cada miembro a cargo de la unidad familiar se computará 0,3 puntos.

Miembros que componen la unidad familiar. Se entiende como tal al cónyuge e hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida de, al menos, el 33%) y que carezcan de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

Los hijos de más de 26 años, si conviven y tienen ingresos, deberán computar como persona adicional, imputando el 50% de su renta.

Cálculo de renta per cápita. La renta per cápita de la unidad familiar se calculará de la siguiente forma: la suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar, divididos entre 12 meses cuando la paga extraordinaria esté prorrateada o entre 14 meses, en caso contrario; el resultado de dicho cociente se dividirá, a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar (definida según el apartado anterior).

Los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos con la última declaración del IRPF. En el caso de personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE o con la declaración responsable emitida por el interesado.

Las pensiones de alimentos a favor de los hijos se considerarán un ingreso más de la unidad familiar.

Asimismo, para el cálculo de la renta per cápita se tendrá en cuenta la existencia de hipoteca de primera vivienda o alquiler, que se justificará con la documentación acreditativa de cualquiera de las dos circunstancias (certificado entidad financiera o recibo de alquiler, en su caso) descontándose su importe de los ingresos.

  1. Respecto a la Discapacidad de los solicitantes, se baremará de la siguiente forma:

Grado de discapacidad

Puntos

Igual al 33%

0,5

Del 33% al 66%

1

Del 66% en adelante

2

  1. Respecto al cobro de prestaciones, se baremará de la siguiente forma:

Cobro de Prestaciones

Puntos

Cobro de prestación por desempleo

0

Cobro de subsidio de desempleo

0,5

No cobra subsidio ni prestación por desempleo

1

f. Demandantes de empleo no ocupados inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, en la fecha del registro de la oferta, que hayan perdido sus trabajos como consecuencia de la crisis provocada por la COVID-19, a partir de la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Dicha circunstancia habrá de acreditarse ante la Entidad Local mediante documento de despido o certificado de la empresa anterior. 1 Punto

Obtenida la baremación final, en caso de empate, el artículo 25 de la Orden, que hace referencia a los criterios de selección, establece en su cuarto apartado que, en igualdad de condiciones, tendrán preferencia para participar en las correspondientes convocatorias de este programa de empleo las personas que no fueron contratadas en el marco de la última convocatoria efectuada respecto de cada una de ellas. Asimismo, respecto de los colectivos a que se refiere el artículo 6.1 a) y b) tendrán preferencia para participar en este programa de empleo, las personas mayores de 52 años.

Se aplicará el baremo que se defina el la Circular Circular 1/2021, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Social.

 

OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, la Comisión Local de Selección hará pública la relación de seleccionados por orden de puntuación en el tablón de edictos del ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al presidente de la corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.

Cuando los aspirantes no hubieran sido seleccionados, como consecuencia del número de plazas convocadas, serán tenidos en cuenta y llamados según el orden de puntuación en el caso de producirse bajas. A tal fin, la Comisión Local establecerá la correspondiente lista de espera, según las previsiones anteriores, haciéndola pública.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, inmediatamente los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes de otros países comunitarios deberán acreditar además los requisitos a que se refiere la Ley 17/1993 de 23 de Diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los Estados miembros de la Comunidad Europea.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación y de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

 

NOVENA.OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS CONTRATADAS

Son obligaciones de las personas contratadas:

a) Participar de forma activa en las acciones de motivación, orientación o formación que se le propusieran durante el contrato temporal, por parte de la entidad beneficiaria o la oficina de empleo de referencia.

De todas las acciones propuestas en el itinerario de inserción profesional que se diseñe para la persona contratada, ésta deberá asumir el compromiso de realizar al menos una de las siguientes, una vez finalizado el contrato o durante su ejecución, si fuera compatible:

1º. Participar activamente en la elaboración de su itinerario de inserción profesional.

2º. Realizar una acción de orientación concreta.

3º. Realizar una acción formativa (tales como formación profesional para el empleo, formación reglada y obtención de las competencias clave).

4º. Mejorar la cualificación a través de los procedimientos de acreditación de competencias.

5º. Realizar una acción para la obtención de un carnet profesional.

6º. Realizar una acción para la alfabetización informática.

El incumplimiento de este compromiso podrá dar lugar a la no participación en la siguiente convocatoria de este programa de empleo

b) No rechazar o desatender de forma injustificada las actividades propuestas desde la oficina de empleo de referencia.

c) Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en los proyectos objeto de subvención.

2. El incumplimiento de las obligaciones o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del programa y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

 

DÉCIMA.-INCIDENCIAS.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y las bases que agotan la vía administrativa, se podrá interponer  por los interesados  recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al Contencioso-administrativo en el plazo de de dos meses ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia ( art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En Humanes,23 de Julio de 2021.Fdo.La Alcaldesa-Presidenta,Elena Cañeque García

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN “PLAN DE EMPLEO 2021”

PROYECTO TRABAJOS RELACIONADOS CON MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS MÚLTIPLES.

PROYECTO MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE SERVICIO PÚBLICO.

 

APELLIDOS Y NOMBRE:

 

DNI/NIE:

F. NACIMIENTO:

TELÉFONO:

 

Mail:

Estudios terminados:

DIRECCIÓN:

 

LOCALIDAD:

 

C. POSTAL:

PROVINCIA:

MARCAR LO QUE CORRESPONDA

DATOS

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

 

 

DOCUMENTO NACIONAL IDENTIDAD

FECHA DE LA DEMANDA DE EMPLEO

 

Informe de tiempo ininterrumpido en situación de desempleo o autorización para consultar datos.

DISCAPACIDAD (GRADO)

     IGUAL AL 33%

     ENTRE EL 33% Y EL 66%

     SUPERIOR AL 66%

Resolución de discapacidad

VIOLENCIA

    SI            

    NO                     

Sentencia condenatoria, resolución judicial, medidas cautelares, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.

CUIDADOR DE PERSONA DEPENDIENTE O CONVIVE CON PERSONA DEPENDIENTE

     SI                                     

     NO

Resolución de bienestar social y certificado de convivencia, si no es cuidador

menor de 30 años / mayor de 65 años

     SI (responsabilidades familiares)

     SI (Informe servicios sociales)

     NO

acreditación responsabilidades familiares (libro de familia)

 

informe servicios sociales

NUMERO DE MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR (CÓNYUGE E HIJOS MENORES DE 26 AÑOS O PERSONAS DISCAPACITADAS QUE CONVIVAN Y CAREZCAN DE INGRESOS SUPERIORES AL 75 % DEL SMI. 

 

libro de familia y/u otra documentación que acredite el parentesco y la discapacidad.

INGRESOS DE LOS MIEMBROS ANTERIORES. 

Importe: __________________

 

PERCIBE ALGÚN TIPO DE PRESTACIÓN O SUBSIDIO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTADO ALGÚN MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR

     SI               

     NO

 

CERTIFICADO DEL SEPE O AUTORIZACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PARA CONSULTAR LOS DATOS

ALGÚN MIEMBRO EMPLEADO EN LA UNIDAD FAMILIAR O AUTÓNOMO

    SI                                    

    NO

3 últimas nóminas/pensión o declaración de la renta si es autónomo.

PERCIBE ALGÚN MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR PENSIONES O AYUDAS U OTROS INGRESOS

    SI                                    

    NO

3 ÚLTIMAS MENSUALIDADES DE LA AYUDA O INGRESO.

CARGAS FAMILIARES (CÓNYUGE E HIJOS MENORES DE 26 AÑOS O DISCAPACITADOS, QUE CAREZCAN DE INGRESOS)

    SI (Nº PERSONAS, EXCLUIDO EL SOLICITANTE)       

    NO            

Libro de familia y vida laboral todos la miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.

DEMANDANTES QUE HAYAN PERDIDO SUS TRABAJOS COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS DEL COVID-19.

     SI

     NO

Carta de despido o cese

En Humanes, a            de                      de 2021

Firma,

 

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE HUMANES

 

ANEXO II

AUTORIZACION PARA OBTENER Y CONSULTAR DATOS NECESARIOS PARA LA BAREMACIÓN Y/O CONTRATACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN EL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO 2021

SOLICITANTE ____________________________________________________________________ , con D.N.I. / N.I.E. Nº _____________________, con domicilio en la calle _____________________________________________ nº _____________ del municipio de ___________________________________________________, provincia de _____________________ .

Autorizo, tanto a este Ayuntamiento como a la Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha, a que obtengan los datos necesarios para poder baremar mi solicitud de participación en la convocatoria para la contratación de personas desempleadas amparo de lo establecido en Orden 64/2021, de 11 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y  Empleo, reguladora de las Bases para la concesión de  subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleados y en situación de exclusión social.

Esta autorización se extiende a la consulta y obtención en otros Organismos o Entidades Públicas o Privadas, de aquellos datos que se consideren necesarios para comprobar los extremos a tener en cuenta para la baremación de las solicitudes de participación en este Plan de Empleo, tales como Consejería de Bienestar Social de la JCCM, Instituto de la Mujer C-LM, Centros de la Mujer y Tesorería General de la Seguridad Social.

Los datos obtenidos estarán sujetos a la normativa contemplada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.

 

AUTORIZACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO CONSULTAR DATOS:

PARENTESCO

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

FIRMA AUTORIZACIÓN CONSULTA DATOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Humanes, a            de                      de 2021

Firma,

 

Información adicional

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  • Municipios: Humanes
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