MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL SORBE
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En la Intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el 169,1, del mismo texto y 38 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se ha expuesto, a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria núm. 1/2021, de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, aprobado inicialmente por la Asamblea General en sesión celebrada el día 19 de mayo de 2021, y que afecta al vigente presupuesto de la Entidad, cuyo resumen es el siguiente:
ESTADO DE GASTOS
Denominación |
Aplicación |
Tipo modificación |
Importe modificación |
Obras de Renovación de conducción nº1. Tramo entre P.K. 28.868 y P.K. 30.667 |
16110.6192 |
Suplemento |
1.223.427,45 |
Línea de ayuda para fomento al consumo responsable de agua y ayuda a los Ayuntamientos Mancomunados para una actuación inmediata en la red de abastecimiento de sus municipios. |
459 762 |
Crédito extraordinario |
2.000.000,00 |
Reposición zonas verdes afectadas por obras de renovación de conducción nº 1. Tramo entre caseta 1.3.85 y partidor de Marchamalo. |
16110619 |
Crédito extraordinario |
13.635,00
|
Adquisición de material para promoción del consumo responsable de agua |
91222601 |
Suplemento |
10.000,00 |
|
TOTAL |
|
3.247.062,45 |
Dichos gastos se financiarán con cargo al remanente líquido de tesorería, según el siguiente detalle:
ESTADO DE INGRESOS
Concepto |
Denominación |
Importe |
87010 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
3.247.062,45 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación núm. 1/2021, de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, se podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171,1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Guadalajara, a siete de julio de dos mil veintiuno. Fdo.: José García Salinas, Presidente.