CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN GUADALAJARA
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VISTO el texto del Acta suscrita el día 27 de abril de 2021, de una parte por la representación de la parte empresarial y de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, por la que se aprueba la prórroga del actual Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara y las Tablas Salariales correspondientes al año 2021, con efectos desde el día 1 de enero de 2021 a 31 de diciembre de 2021, con código de convenio 19000155011981; acta que tuvo entrada el día 28 de abril de 2021 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo en relación con el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en el resto de normativa aplicable.
ACUERDO:
Primero.- Ordenar la inscripción de la prórroga del actual Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara y las Tablas Salariales correspondientes al año 2021, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En Guadalajara, a 7 de mayo de 2021. Delegada Provincial, María Susana Blas Esteban
TABLAS SALARIALES VIGENTES PARA EL 2021. |
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GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -A- |
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Niveles |
Salario mensual. |
Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 15). |
Salario anual con las tres pagas extraordinarias. |
1 |
1.383,94 |
469,86 |
19.844,97 |
2 |
1.334,43 |
466,45 |
19.148,52 |
3 |
1.269,12 |
461,94 |
18.229,64 |
4 |
1.183,76 |
456,05 |
17.028,64 |
5 |
1.138,53 |
452,93 |
16.392,34 |
GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -B- |
|||
Niveles |
Salario mensual. |
Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 15). |
Salario anual con las tres pagas extraordinarias. |
1 |
1.334,43 |
466,45 |
19.148,52 |
2 |
1.269,12 |
461,94 |
18.229,64 |
3 |
1.217,96 |
458,41 |
17.509,82 |
4 |
1.134,49 |
452,66 |
16.335,47 |
5 |
1.087,34 |
449,40 |
15.672,22 |
Plus manutención (art. 24) |
23,97 |
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Compensación en metálico de ropa de trabajo (art. 24) |
23,53 |
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Plus de idiomas (art. 24) |
22,58 |
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Plus segundo y sucesivos idiomas (art.24) |
11,29 |
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Seguro de muerte e invalidez |
30.528,61 |
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