AYUNTAMIENTO DE TRILLO
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Por acuerdo de Pleno de fecha 24 de febrero de 2021 y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público de treinta días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 42 de 2 de marzo de 2021 y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Trillo, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del Servicio Público de Escuela Infantil de Trillo, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El art. 8 queda redactado de la manera siguiente:
“La recaudación de las liquidaciones que se practiquen y cuotas periódicas que resulten, se realizará con carácter general, mediante el sistema de domiciliación bancaria para el pago de las tasas”.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Trillo, a 22 de abril de 2021. El Alcalde, Jorge Peña García