AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DEL PINAR
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 11 del Reglamento 3/1995, de 7 de Junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder, por el Pleno de este Ayuntamiento, a la elección de Juez de Paz Titular y de Juez de Paz Sustituto de esta localidad, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de oficina durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Alcolea del Pinar, a 30 de marzo de 2021. El Alcalde. Fdo.: Alberto Guerrero Lafuente