AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
406
Con fecha 8 de febrero de 2021 el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado la siguiente Resolución:
DECRETO DE LA ALCALDÍA
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 124.5 y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de Modernización del Gobierno Local, y el artículo 43.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales,
HE RESUELTO:
Primero.- Avocar las competencias efectuadas en materia de Obras Públicas y Mantenimiento de las vías públicas, mediante Resolución de esta Alcaldía de 25 de junio de 2019, en D. Jaime Sanz Tejedor y delegar las mismas en el Concejal D. Rafael Pérez Borda, con efectos del día 8 de febrero de 2021; con facultades para gestionar los servicios, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en las citadas materias y que sean competencia de esta Alcaldía, así como la resolución de los recursos administrativos y la suspensión del procedimiento respecto de las facultades delegadas.
De acuerdo con lo anterior la Concejalía Delegada que ostenta D. Rafael Pérez Borda pasa a denominarse Concejalía de Urbanismo, Obras Públicas y Vivienda, y la Concejalía de D. Jaime Sanz Tejedor, Concejalía de Servicios Urbanos, Zonas Verdes y Movilidad.
Denominándose a partir del día de la fecha el Área de gobierno de ambas Concejalías como: Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Infraestructuras, Limpieza y Sostenibilidad.
Segundo.- Avocar las competencias efectuadas en materia de Poblado de Villaflores, mediante Resolución de esta Alcaldía de 25 de junio de 2019, en D. Santiago Baeza San Llorente y delegar las mismas en el Concejal D. Rafael Pérez Borda, con efectos del día 8 de febrero de 2021; con facultades para gestionar los servicios, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en las citadas materias y que sean competencia de esta Alcaldía, así como la resolución de los recursos administrativos y la suspensión del procedimiento respecto de las facultades delegadas.
Tercero.- Dar cuenta de las anteriores modificaciones al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Cuarto.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la firma del presente Decreto.
En Guadalajara, a 15 de febrero de 2021. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas