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Miércoles, 03 Febrero 2021 08:02

PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA SUBASTA DEL COTO DE CAZA GU.10.326

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PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA SUBASTA DEL COTO DE CAZA GU.10.326
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AYUNTAMIENTO DE ANQUELA DEL PEDREGAL


255

Por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal del día 26 de enero de 2021, se aprueba el Pliego de Claúsulas económico adminisrativas que ha de regir el contrato de arrendamiento del aprovechamiento cinegético del Coto de Caza GU.10.326 del Término Municipal de Anquela del Pedregal.

Se procede a la exposición pública del anuncio de licitación, por subasta, para el arrendamiento del aprovechamiento cinegético del coto de caza GU.10.326, según señala la legislación vigente, que se regirá por el siguiente

 

PLIEGO DE CLAÚSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS :

1.- ENTIDAD ADJUDICATARIA: Ayuntamiento de Anquela del Pedregal.

 

2.- OBJETO DEL CONTRATO: Aprovechamiento cinegético del Coto de Caza GU-10.326, del Término Municipal de Anquela del Pedregal, con una superficie de 3.035,91 Has.

Las características del aprovechamiento hacen referencia a la modalidad de caza mayor y caza menor.

 

3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Tramitación ordinaria, por procedimiento abierto en subasta.

 

4.- BASE DE LICITACIÓN: 18.000,00 EUROS, al alza.

 

5.- GARANTÍAS: Provisional, el 5% del presupuesto de licitación y Definitiva el 10% del importe de adjudicación, excluido en Impuesto del Valor Añadido.

 

6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

Están capacitados para contratar las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera o técnica en los términos que determina la Ley de Contratos del Sector Público 9/17 de 8 de noviembre y el Real Decreto Legislativo 3/ 2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

 

7.- CONDICIONES TÉCNICO ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS.

La presente adjudicación se regirá por el presente Pliego de claúsulas económico administrativas que deberán regir la subasta, así como el pliego especial de condiciones técnico-facultativas, reflejadas en el Plan Técnico de caza, pendiente de aprobación por la Consejeria de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, quedando ambos sometidos a la siguiente normativa vigente:

  1. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Regimén Local.
  2. Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
  3. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y preceptos vigentes del Reglamento de aplicación aprobado por el Real Decreto 1098/2011, de 12 de octubre.
  4. Ley Órganica 10/95 de Código Penal, sobre alteración de precios en concursos y subastas públicas
  5. Ley 2/2018, de 15 de marzo, de Caza de Castilla La Mancha y su Reglamento de aplicación.
  6. Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales, Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias.
  7. Real Decreto 1997/1995, sobre Medidas para garantizar la Biodiversidad.
  8. Ley y Reglamento de Incendios Forestales.
  9. Órdenes anuales de caza de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
  10. Otras disposiciones en vigor relativas a la materia en especial Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de desarrollo.

 

8.- DURACIÓN DEL CONTRATO

El Contrato tendrá un vigencia de cinco años, dando comienzo en la temporada cinegética 2021-2022 y finalizando en la temporada cinegética 2025-2026.

 

9.-PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES : LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓ, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.

9.1 Lugar y Plazo de presentación: Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Anquela del Pedregal, sito en la Calle Centro, 18 , en horario de 10:00 a 14:00 horas de los martes, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletin Oficial de la Provincia hasta el día 28 de febrero de 2021.

También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición de envio en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por Fax o Telegrama la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición, en el caso que se recibiera fuera de plazo fijado en el anuncio de licitación.

No obstante, transcurridos tres días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

9.2 Formalidades: Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, denominados A y B, y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará y el nombre del licitador.

  1. SOBRE A, inscripción del aprovechamiento, con la siguiente documentación:
    1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del licitador y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
      1. Documento Nacional de Identidad del Licitador, cuando se trate de personas físicas  o empresarios individuales, por fotocopia compulsada, o Escritura de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro Correspondiente, cuando el empresario, fuera persona jurídica.
      2. Poder bastenteado por los servicios jurídicos o por letrados con ejercicio en ámbito del colegio profesional  cuando se actúe por representación.
      3. Domicilio en España, a efecto de notificaciones.
    2. Resguardo acreditarivo  de la constitución de la garantía provisional.
    3. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de la prohibiciones para contratar, establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
    4. La solvencia económica se acreditará: Para el caso de personas físicas con informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Las personas jurídicas, con presentación de las cuentas anuales o extractos de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde áquellas se encuentren establecidas.
  2. SOBRE B, denominado proposición económica, se ajustará al modelo contenido en la claúsula final y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: “ Proposición para tomar parte en la subasta pública para el arrendamiento del Coto de Caza GU.10.326, y que contendrá la siguiente documentación:

Cada licitador, únicamente, podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal.

 

10.- OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

La documentación del presente expediente se encontrará expuesta en la Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Anquela del Pedregal, sito en la Calle Centro, 18, en horario de 10:00 a 14:00 horas de los Martes.También se podrá solicitar por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

11.- MESA DE CONTRATACIÓN.- La Mesa de contratación estará integrada del siguiente modo:

  • Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal.
  • Concejales de la Corporación, al menos en número de 1.
  • El Secretario del Ayuntamiento.
  • El Interventor del Ayuntamiento.

 

12.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, en sesión no pública.

Si la Mesa de contratación observará defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane.

 

13.- APERTURA DE PROPOSICIONES.

La apertura de la proposiciones tendrá lugar el día 2 de marzo de 2021 y hora las 11:00, en acto público , en la Secretaria Municipal del Ayuntamiento, sito en la Calle Centro, 18, levantando acta del acto.

 

14.- ADJUDICACIÓN.

El órgano de contratación adjudicará el contrato de conformidad con la propuesta que eleve la mesa de contratación, pudiendo desviarse de la misma por Resolución motivada, de conformidad  con el TRLCSP.

El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la apertura de plicas, salvadas las irregularidades pertinentes en la documentación, o, en su caso, en la siguiente sesión que celebre la Corporación Municipal, antes del inicio de la temporada cinegética, a la oferta más ventajosa.

 

15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

La Administración y el adjudicatario deberán formalizar el contrato de adjudicación en Documento Administrativo, dentro de los 30 días siguientes al de la notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo dicho, el contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del adjudicatario, corriendo los gastos originados por este hecho por su cuenta.

El Contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares, si no estuviera incorporado al mismo.

 

16.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.

El adjudicario se hará cargo de los siguientes gastos:

  • Los Tributos regionales que se deriven del contrato (Matricula del coto de caza, tasa por aprovechamiento cinegético en M.U.P.
  • Colocación de tablillas, Redacción y/o revisión del Plan Técnico de Caza y cualquier otro relacionado con el expediente de subasta, adjudicación y contrato, que al efecto se formule.
  • Igualmente deberá asumir todos los gastos necesarios para poner los medios adecuados para la conservación objeto de la caza en el coto, debiendo adoptar las medidas exigidas para el cumplimiento del Plan Cinegético.

Todos estos pagos deberán ser liquidados por el adjudicatario en un plazo máximo de diez días naturales desde que el Ayuntamiento le notifique la pertinente liquidación de los mismos.

 

16.-DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO.

 En todo momento, el Ayuntamiento de Anquela del Pedregal podrá ejercer el derecho de Tanteo y Retracto, del que se hace reserva expresa.

 

17.- CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO

  • El arrendatario contratará un Seguro de Responsabilidad Civil, que tendrá que aportar en el momento de la firma del contrato, que  cubra los daños causados en caminos, vías de tránsito por los terrenos que integran el coto de caza de referencia (daños causados a personas, vehículos).
  • Los hijos del pueblo tendrán derecho a participar en las modalidades de caza mayor y caza menor, sin necesidad de pago alguno, si bien, deberán someterse a las normas e instrucciones fijadas por el arrendatario, no pudiendo practicarse la caza menor en el monte cuando esté abierta la veda de caza mayor.

En la modalidad de caza mayor, sólo tendrán derecho a participar en monterías y ganchos, previa solicitud al arrendatario y respetando las normas e instrucciones fijadas por éste.

En la modalidad de caza menor, si el Ayuntamiento necesitará alguna tarjeta para atender compromisos de la Corporación (invitaciones), las solicitará al arrendario, quien las pondrá a disposición de la Entidad sin cargo alguno.

  • El arrendatario no pondrá obstáculos en lo relativo a la explotación del aprovechamiento ganadero en las parcelas que integran el coto de referencia ( ovino, caprino ), de manera, que se pueden compatibilizar las dos actividades.
  • No se admite la repoblación de especies en la modalidad de caza menor.
  • De las gestiones administrativas del aprovechamiento cinegético en el coto de caza GU.10.326, se hará cargo el Ayuntamiento de Anquela del Pedregal (solicitud y devolución de precintos, tanto de corzo como de ciervo, memoria anual de capturas, solicitud de permisos excepcionales de caza, de acuerdo con el arrendatario, solicitud de monterías, ganchos, renovación del Plan Técnico de Caza.

Si a la hora de la devolución de los precintos, el arrendatario no entregará todos los entregados en su día por el Ayuntamiento, se le responsabilizará directamente ante la Dirección Provincial de la Consejería de Desarrollo Sotenible, e incluso, se le podrá imponer una multa o sanción, si así lo resuelve la Administración.

  • En esta primera temporada cinegética y debido a la situación que estamos padeciendo,provocada por el COVID-19, que existen restriscciones para el ejercicio de la caza se tendrá en cuenta la situación, y se puede llegar a negociar una rebaja en el precio de adjudicación.
  • El pago de la renta se hará en dos plazos : el primer 50% se hará efectivo en las Arcas Municipales entre los día 1 de enero y 28 de febrero del año correspondiente y el segundo 50% entre el día 1 de junio y 30 de julio del año correspondiente.

En esta primera temporada, el primer 50% del precio de adjudicación se hará efectiva entre los días 1 y 30 de abril de 2021.

 

18.- RÉGIMEN JURÍDICO

El contrato se sujetará a lo previsto expresamente en el presente pliego de condiciones y en el pliego especial de condiciones técnico-facultativas , y en lo no previsto en los mismos, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 7/1985, de 2 de abril y el RDL 781/1986, de 18 de abril, y demás legislación aplicable.

 

19.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

El presente  contrato tiene carácter administrativo y las prerrogativas de interpretar el mismo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento corresponden a la Corporación contratante, de froma y con arreglo a las normas establecidas en el articulo 114  del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, quedando sometido el contratista a la Jurisdicción administrativa a los Tribunales de Jurisdicción ordinaria, en su caso, correspondientes a este Ayuntamiento.

 

ANEXO

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D.                                                                                      , con N.I.F.

, y domicilio en

,enterado del Pliego de condiciones económico administrativas y particulares, así como de los demás documentos obrantes en el expediente, solicita en nombre propio o en representación de                                                                 con C.I.F., le sea adjudicado el aprovechamiento cinegético del Coto de Caza GU.10.326, por el cual ofrece la cantidad de                                         euros anuales; con estricta sujeción al pliego y demás normas que rigen la presente subasta.

Asimismo, se adjunta la documentación acreditativa de la personalidad del solicitante en fotocopia compulsadda, resguardo de haber constituido la fianza provisional y documento de no estar afectado por causas de incompatiblidad e incapacidad.

(Lugar, fecha y firma).

 

Anquela del Pedregal a 26 de enero de 2021. El Alcalde, Jesús García Herranz

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