AYUNTAMIENTO DE RIBA DE SAELICES
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Transcurrido el plazo de posición al público y no habiéndose presentado reclamaciones, quedan elevados a definitivos los acuerdos provisionales del Ayuntamiento de fecha 5 de junio de 2020 de modificación de las tasa siguiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Reral Decreto 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refunddo de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El texto íntegro de la Ordenanza aprobada y modificada aparece en el anexo:
MODIFICACIÓN TASAS:
* Tasa cementerio municipal.
Contra el referido acuerdo podrán los interesados interponer recurso Contencioso- Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justoicia d eCastlla-La Mancha en el plazo de meses a contar desde la inserción de presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Riba de Saelices, 12 de diciembre de 2020.El Alcalde Ricardo Villar
ANEXO
* Tasa Cementerio Municipal.
Modificación del Artº 6. Cuota Tributaria.
6.B Sepulturas permanentes por 50 años... 851€
6.E Nicho en el barrio de Ribarredonda
Nicho para un cuerpo, por 50 años: 420€
Tasa enterramiento: 180€
Riba de Saelices, 12 de diciembre de 2020. El Alcalde. Ricardo Villar





