AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, se hace público el acuerdo de modificación de la siguiente ordenanza municipal, que fue adoptado por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día treinta de septiembre de 2020 y que ha resultado definitiva por ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
En Mondéjar,a 25 de noviembre de 2020. El Alcalde, José Luis Vega Pérez
Expte. 340/2020. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios sociales asistenciales (tasa guardería).
1.- Modificar el Artículo 6. Cuota Tributaria, apartado B):
Redacción anterior:
B.- Servicio de Atención a la Infancia
- Media jornada completa curso completo, queda fijado en ochenta (80) euros.
- Jornada completa curso completo queda fijado en ciento sesenta (160) euros.
- Servicio extraordinario por día…………………………………. 2,00 euros/día.
- Servicio extraordinario por mes……………………………… 30,00 euros/mes.
Redacción que se propone:
B.- Servicio de Atención a la Infancia
B1. Curso Completo (Horario Mañana), queda fijado en ochenta euros y dieciocho céntimos (80,18).
B2. Meses sueltos(Horario Mañana), queda fijado en cien euros y ocho céntimos (100,08).
B3. Servicio extraordinario por día (dar comida aportada por padres) …… 2,00 euros/día.
B4. Servicio extraordinario por mes (dar comida aportada por padres)..….. 30,00 euros/mes.
B5. Matrícula………………………….. una mensualidad de la modalidad elegida (B1 o B2) .
B6. Cuota material anual………………………………………….. 23,18 euros/año.