AYUNTAMIENTO DE HITA
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Aprobada inicialmente el Reglamento Municipal sobre el cargo de Cronista Oficial de la villa de Hita, por Acuerdo del Pleno de fecha 9 de septiembre de 2020, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://hita.sedelectronica.es ].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
En Hita, a 23 de septiembre de 2020. Alcalde-Presidente. José Ayuso Blas