AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Con fecha 16 de septiembre, el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado el siguiente
DECRETO
Con fecha 12 de marzo de 2020 por Decreto de Alcaldía Presidencia se acordó la suspensión y uso de todas las instalaciones culturales municipales, vistas las circunstancias excepcionales sobrevenidas a causa del virus COVID-19 y en estricto desarrollo de las medidas y recomendaciones efectuadas por el Gobierno central, que posteriormente decretó el estado de alarma.
Según lo dispuesto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en las que se encuentra el municipio de Guadalajara, se ordenó por Decreto la apertura del Museo Sobrino con fecha 13 de mayo.
En sentido análogo conforme a la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y el anexo modificado de esta última por Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, por Decreto se procedió a la apertura de la sala de lectura el 7 de junio de la Biblioteca Municipal Suárez de Puga
No obstante lo anterior, en el día de hoy, dadas las circunstancias epidemiológicas concurrentes se ha dictado la Resolución de la Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara de 16 de septiembre de 2020 por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión del COVID-19 ante brotes comunitarios COVID-19 en el municipio de Guadalajara, suponiendo restricciones, en consonancia y en virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 letra g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local, por el presente
RESUELVO
PRIMERO.- Establecer el aforo de los teatros de la ciudad, como máximo, al 50% de su capacidad.
SEGUNDO.- Establecer el aforo del Museo Sobrino, como máximo, al 50% de su capacidad.
TERCERO.- Establecer el aforo de la Biblioteca Municipal Suárez de Puga, como máximo, al 50% de su capacidad .
CUARTO. Ordenar el cierre y la suspensión de uso de la sala de estudio de la biblioteca Municipal Suárez de Puga desde el 16 de septiembre y durante la vigencia de la Resolución de la Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara de 16 de septiembre de 2020 por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión del COVID-19.
QUINTO.- Dése la máxima difusión al mismo mediante inserción en Boletín Oficial de la Provincial de Guadalajara y tablón de edictos, así como en la web municipal.
En Guadalajara, a 17 de septiembre de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas.