DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 31 de julio de 2020, adoptado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, sobre aprobación del Expediente de Modificación de Crédito al vigente Presupuesto General de 2020, núm. 19/2020, en la modalidad de Crédito Extraordinario financiado con bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas, y que se hace público resumido con el siguiente detalle:
ALTAS APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria |
Denominación | Importe (€) |
231 48020 | Convenio Como en casa. Cruz Roja | 90.000,00 |
231 48021 | Convenio Federación de asociaciones de mayores y pensionistas | 10.000,00 |
165 78001 | Convenio Obispado. Paneles Solares | 100.000,00 |
TOTAL | 200.000,00 |
BAJAS APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria |
Denominación | Importe (€) |
2411 22799 | DipuEmplea. Trabajos realizados por otras empresas | 90.000,00 |
430 48905 | Convenio Federación de asociaciones de mayores y pensionistas. Viajes Turísticos | 10.000,00 |
453 61922 | Carreteras. Conservación área 3. Guadalajara | 100.000,00 |
TOTAL | 200.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 1 de septiembre de 2020. El Presidente, José Luis Vega Pérez