AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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En cumplimiento del art. 169.1 por remisión del 179.4 TRLHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de Aprobación Inicial adoptado en fecha 20 de Julio de 2020, sobre el expediente 3/2020 de transferencia de créditos en los términos que se indican:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
11 | 913 | Amortización de Préstamos a L/P | 50.479,41 | 807.235,50 | 857.714,91 |
2. º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, resultante de la liquidación de 2019, en los siguientes términos:
Aplicación: económica | Descripción | Euros | ||
Cap. | Art. | Conc. | ||
8 | 87 | 870.00 | Remanente de Tesorería – Para gastos generales | 807.235,50 |
TOTAL INGRESOS | 807.235,50 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 LRBRL, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la LRJCA. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acuerdo impugnado.
Lo que se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia; a los efectos legales oportunos.
En Pioz, a 27 de Agosto de 2020. El Alcalde-Presidente, Fdo. Juan Antonio Pendás Zacarías