AYUNTAMIENTO DE ALBARES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Albares, de fecha 30 de junio de 2020, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de la piscina municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
« Artículo 6.- cuota tributaria:
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
ABONOS DE TEMPORADA:
Abono Familiares (para familias hasta con un hijo) 70 €
Abono Familiares (para familias a partir de 2 hijos) 80 €
Abonos Individuales 55 €
Abonos Individuales para Mayores de 65 años 35 €
ENTRADAS EN DIAS LABORALES:
Infantiles 2.00 €
Adulto 3.20 €
ENTRADAS EN SABADOS DOMINGOS Y FESTIVOS:
Infantiles 3.00 €
Adulto (a partir de 14 años) 4.50 €.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Albares, a 27 de agosto de 2020. El Alcalde, Francisco Tomás Pezuela Gutiérrez