CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
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En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de la Tarifas de Utilización del Agua y de los Cánones de Regulación correspondientes al ejercicio 2021 y cumplido el trámite previsto en el art. 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E. 30-4-86), se formulan los presentes Cánones de regulación de aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación del Sistema de Cabecera del Tajo durante el año 2021.
- Usuarios de abastecimiento del Sudeste ...0,003139 €/m3
- Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo ...0,003139 €/m3
- Usuarios de riego de la cuenca del Tajo ...9,21 €/ha
- Usuarios de riego del Sudeste ...0,003139 €/m3
- Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo ...0,000076 €/ kwh
- Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo...0,000209 €/m3
Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por las obras de regulación de Entrepeñas y Buendía.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Cuenca, Toledo y Cáceres, y en el de la Comunidad de Madrid, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Avda. de Portugal, 81 - 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo se podrá consultar el indicado Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de Regulación de la cuenca del Tajo para 2021, en el siguiente enlace http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid,13 de agosto de 2020, La Secretaria General, Eva Maria Mediavilla de Maria