AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA DEL FRESNO
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Suministro de Agua Potable a domicilio, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
"Artículo 6.- Cuota Tributaria:
Tarifas fijas:
- Cuota de conexión o enganche a la red: 200,00 €
- Cuota de servicio (fija) o mínimo de consumo: 25,00 €/año.
Tarifas variables:
En función de los metros cúbicos consumidos:
- De 0 m3 a 50 m3: 0,45 €/m3/año.
A partir de consumos por encima de 50 m3 todos los metros cúbicos consumidos tendrán un coste de 0,70 €/m3/año.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.
En Málaga del Fresno a 14 de Agosto de 2020. El Alcalde, Fdo. Juan Guillermo Camino Pérez