AYUNTAMIENTO DE COBETA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo inicial del Pleno del Ayuntamiento de 9 de septiembre de 2019, publicado en el Boletín oficial de la Provincia n º 85, de fecha 07 de mayo de 2020, relativo a la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Cementerio Municipal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro de la citada modificación.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Cobeta a 27 de julio de 2020. El Alcalde. Fdo. Pedro Luis Hernández Berbería
TEXTO MODIFICACION
Modificación del artículo 6 de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de Cementerio Municipal:
- Artículo 6.2 La tasa por enterramiento será de sesenta euros(60,00€)