AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
1806
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 28 de mayo de 2020 sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Añadir la siguiente disposición adicional:
“DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL.
Con efectos del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 se suspende temporalmente la aplicación de la presente ordenanza fiscal.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.
Azuqueca de Henares, 16 de julio de 2020. El Alcalde. José Luis Blanco Moreno