DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA
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BDNS (Identif.): 511116
Extracto del Acuerdo de 09 junio 2020 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 10), aprobando el expediente 2071/2020 Convocatoria de Becas para la realización de prácticas bibliotecarias y archivísticas en la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca de la Diputación Provincial de Guadalajara durante el año 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura).
Primero. Beneficiarios.-
1.- Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos, en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes:
- Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o de terceros países con residencia legal en España.
- Estar empadronados en el ámbito territorial de la provincia de Guadalajara o tener la última vecindad administrativa en dicho ámbito en el caso de residentes en el extranjero.
- Estar en posesión del título universitario de Licenciado/Graduado en Biblioteconomía y Documentación, en Información y Documentación, en Historia o en Humanidades
- Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario exigido con posterioridad al 1 de enero de 2014
- No haber sido adjudicatario de otra beca con anterioridad a esta convocatoria en la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca de esta Diputación.
- No percibir ayuda o beca con el mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.
- No podrán ser beneficiarios de las becas las personas en las que concurran algunas de las circunstancias señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2.- Quedarán excluidas del proceso de selección sin entrar en su valoración las solicitudes que no cumplan los requisitos previstos en el apartado anterior.
Segundo. Objeto.-
1.- El objeto de las presentes bases es establecer las normas que habrán de regir la convocatoria de seis becas para la realización de prácticas en la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca de la Diputación Provincial de Guadalajara.
2.- La finalidad de estas becas es complementar la formación recibida en los ciclos universitarios en materias de biblioteconomía, archivística y documentación en su sentido más amplio y aplicar un proceso formativo en la labor cotidiana de dicha Sección.
Tercero. Bases Reguladoras.-
Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el BOP de Guadalajara nº 59, de fecha 17 de mayo de 2004, y en la url: https://transparencia.dguadalajara.es/ordenanza/ordenanza-general-de-subvenciones/. Esta Convocatoria está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para el periodo 2020-2022, aprobado por el Pleno de la Corporación el 27 de febrero de 2020, y publicado en el BOP de Guadalajara nº 53, de fecha 17 de marzo de 2020 en la siguiente url: https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/2-anuncios/37592-PLAN-ESTRAT?GICO-DE-SUBVENCIONES-20202022
Cuarto. Cuantía.-
1.- El importe total de las seis becas es de 14.400 euros. La dotación de cada una de las becas será de 2.400 euros, con cargo a la partida 3322.48100 del vigente Presupuesto de la Diputación Provincial. El importe de las becas incluye los gastos de las cuotas al Sistema de la Seguridad Social correspondientes tanto al becario como a la Administración, según la legislación vigente.
2.- Los becarios desarrollarán las prácticas durante 3 meses, entre septiembre y diciembre de 2020, según la programación realizada por los responsables de la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca.
3.- La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo, ni funcionarial, ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad primordial y única.
4.- El tiempo de formación (beca) no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las Administraciones Públicas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.-
1.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”.
2.- Las solicitudes, junto con el resto de documentación necesaria, se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0. También podrán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara o en los registros a que hace referencia el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.- La documentación que acompañará a la solicitud se deberá presentar en original, copia autenticada o fotocopia compulsada y será la siguiente:
- Instancia de solicitud conforme al Anexo I de estas bases, debidamente cumplimentada
- Documento nacional de identidad (DNI) o documento equivalente
- Certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento de la localidad donde esté domiciliado
- Titulación académica exigida o resguardo de solicitud del título expedido por la Secretaría de la Facultad
- Currículum vitae, en el que se incluirán los datos a que hace referencia la base 5.2, estrictamente en ese orden, conteniendo también fotocopia compulsada o copia autenticada de la documentación requerida.
Sexto. Otros datos.-
1.- Se establece un órgano colegiado, denominado Comisión de Valoración, que se regirá de acuerdo con las previsiones contenidas en el capítulo II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. La Comisión de Valoración estará formada por la Diputada Delegada de Cultura y tres técnicos de la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca de la Diputación Provincial.
3. Serán funciones de la Comisión de Valoración:
- Evaluar las solicitudes presentadas y puntuarlas de conformidad con los criterios objetivos recogidos en el apartado siguiente.
- Elaborar la lista priorizada de los candidatos por orden de la puntuación obtenida, que elevará al órgano instructor.
4.- La Comisión de Valoración priorizará a los becarios conforme al siguiente baremo:
4.1. TITULACIÓN ACADÉMICA COMPLEMENTARIA
4.1.1.- Masters en las áreas de Documentación, Archivos y Bibliotecas 1 punto.
4.1.2.- Doctor en Ciencias de la Documentación 2 puntos.
La puntuación máxima a computar por Titulación Académica será de 3 puntos.
Sólo se computarán aquellas titulaciones que excedan de las exigidas como requisito.
4.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Cursos de formación y jornadas en Biblioteconomía, Archivística y Documentación, valorando únicamente los alegados que tengan relación con la materia objeto de la convocatoria, de acuerdo al siguiente baremo:
Hasta 12 horas = 0,05 puntos
De 13 a 50 horas = 0,10 puntos
De 51 a 100 horas = 0,25 puntos
Más de 100 horas = 0,50 puntos
La puntuación máxima a computar por Formación complementaría será de 2 puntos.
De producirse empate a puntos, éste se resolverá a favor del que tenga mejor puntuación en el apartado de Titulación complementaria. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.
Guadalajara, a 22 de junio de 2020. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Luis Vega Pérez